Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2017 (21/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Martes 21 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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ratifique a los miembros titular y alterno del Ministerio de Cultura ante dicha Comisión; Que, a través del documento de Visto, el Despacho Viceministerial de Interculturalidad propone la designación de las señoras Ximena Soledad Sokolic Ribeiro e Irene Delfina Janet Ramos Urrutia, como representantes titular y alterna, respectivamente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0052013-MC; y el Decreto Supremo Nº 001-2007-TR, que crea la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Otto Melvin Cebreros Tabory y de la señorita Haydee Yolanda Flores Ocaña, como representantes titular y alterno del Ministerio de Cultura, respectivamente, ante la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, efectuada a través de la Resolución Ministerial Nº 335-2014-MC. Artículo 2.- Designar a las señoras Ximena Soledad Sokolic Ribeiro e Irene Delfina Janet Ramos Urrutia, como representantes titular y alterno del Ministerio de Cultura, respectivamente, ante la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso creada por Decreto Supremo Nº 001-2007-TR. Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la Presidencia de la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, al Viceministerio de Interculturalidad, y a los interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1487912-1

Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2015-DE, se aprobó el Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa para el periodo 2016 ­ 2021, que comprende la visión, objetivos, estrategias e información que se considera pertinente, para lograr que las contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías que requieran los órganos bajo el ámbito de competencia de la Agencia garanticen la transparencia, la estandarización, la economía de escala y la interoperabilidad; Que, la Revisión 02 de la Directiva OA-DOPP-003 denominada "Procedimientos para la Formulación, Aprobación, Seguimiento, Monitoreo, Evaluación y Revisión del Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa 2016-2021", aprobada mediante Resolución Jefatural N° 090-2016-ACFFAA, en el subpárrafo 6.3. REVISIÓN del párrafo 6. MECÁNICA OPERATIVA, establece que el Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa será revisado de manera obligatoria de presentarse, entre otras, la causal relacionada a la derogación o modificación de las normas relacionadas a las contrataciones nacionales o extranjeras que signifiquen un cambio en la estructura de las actividades de ejecución del Plan Estratégico de las Fuerzas Armadas; Que, resulta necesario modificar el Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa para el periodo 2016 ­ 2021, a fin de adecuar el capítulo II MARCO ESTRATÉGICO y capítulo III PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO DE COMPRAS PARA EL PERIODO 2016-2021, a la normatividad vigente en materia de contratación pública; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Legislativo N° 1128, que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-DE; DECRETA: Artículo 1.- Modifícase los capítulos II MARCO ESTRATÉGICO y III PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO DE COMPRAS PARA EL PERIODO 2016-2021, del Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa para el periodo 2016 - 2021, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2015-DE, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Supremo como Anexo. Artículo 2.- La expedición del presente Decreto Supremo no generará mayores gastos al Estado. Artículo 3.- El presente Decreto Supremo será publicado en el Diario Oficial El Peruano y su Anexo en el Portal Institucional de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (www.acffaa.gob.pe). Artículo 4.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1488131-2

DEFENSA
Decreto Supremo que modifica el Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa para el periodo 2016 - 2021, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2015-DE
DECRETO SUPREMO Nº 002-2017-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1128 se crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Defensa, encargada de planificar, organizar y ejecutar los procesos de contratación de bienes, servicios, obras y consultorías a su cargo, que fortalezcan el planeamiento estratégico de compras y la adecuada ejecución de las contrataciones del sector Defensa; Que, el artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1128, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-DE, señala que el Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa es el documento de gestión elaborado por la Agencia y que es revisado anualmente tomando en consideración las variaciones que sufran los respectivos planes estratégicos administrativos y operativos de los órganos bajo el ámbito de competencia de la Agencia; Que, asimismo, el artículo indicado en el párrafo anterior precisa que la aprobación y/o modificación del Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa se efectuará mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Defensa;

Designan Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2017-DE Lima, 20 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1128, se crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de

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