Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2017 (21/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Martes 21 de febrero de 2017 /

El Peruano

artículo 1º de la presente Resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1488130-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial (UE-002-PJ), para financiar las intervenciones a cargo de la Unidad Coordinadora del PMSAJ en el Poder Judicial (UCP-PMSAJ-PJ)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0040-2017-JUS Lima, 15 de febrero de 2017 VISTOS, el Oficio N° 048-2017-UE-PMSAJ-MINJUS, del Director Ejecutivo del Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia PMSAJ ­ Primera Etapa; el Informe N° 027-2017-JUS/OGPP-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 166-2017-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30518, aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y con Resolución Ministerial N° 0359-2016-JUS se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el Año Fiscal 2017, a nivel de Unidad Ejecutora y Fuentes de Financiamiento, por la suma de S/ 495 592 785,00 (Cuatrocientos Noventa y Cinco Millones Quinientos Noventa y Dos Mil Setecientos Ochenta y Cinco con 00/100 Soles); Que, la Ley N° 30520, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2017, aprueba entre otros, los montos máximos y destinos generales de las operaciones de endeudamiento externo que puede acordar el Gobierno Nacional para el sector público durante el Año Fiscal 2017; Que, mediante Decreto Supremo N° 248-2011-EF se aprobó una operación de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo- BID, hasta por la suma de US$ 26 000 000,00 (Veintiséis Millones con 00/100 Dólares americanos) destinada a financiar parcialmente la Primera Fase del Programa "Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ) ­ Primera Etapa", a ser ejecutado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; autorizándose al MEF la suscripción de un Contrato Préstamo, a mérito del cual se formalizó el Contrato de Préstamo N° 2534/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), de fecha 09 de enero de 2012; Que, el artículo 3 del acotado Decreto Supremo señala que la Unidad Ejecutora de la Primera Fase del Programa "Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ) - Primera Etapa" será el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), que actuará por intermedio de la Unidad Ejecutora del Programa (UEPMSAJ-MINJUSDH), y el Poder Judicial (PJ), que actuará

por intermedio de la Unidad Coordinadora del PMSAJ en el PJ (UCP-PMSAJ-PJ) que a su vez contará con el apoyo de la Unidad Ejecutora Nº 2: Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial (UE-002-PJ); Que, mediante Resolución Ministerial N° 0030-2012JUS, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 003: Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia, en el Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (UE-PMSAJ-MINJUS); Que, el numeral 4.02 de la Cláusula Cuarta del Anexo Único del Contrato de Préstamo N° 2534/OCPE, establece que la UE-PMSAJ­MINJUS realizará las transferencias financieras a la Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial (UE-002-PJ) de los recursos necesarios según la programación descrita en los Planes Operativos Anuales (POA), quedando la UE -002-PJ y la Unidad Coordinadora del Programa en el Poder Judicial (UCP-PMSAJ-PJ) obligadas a realizar los reportes de las transacciones financieras y de contrataciones y adquisiciones, de conformidad con las políticas del Banco y las normas nacionales; Que, en el marco del Contrato de Préstamo N° 2534/ OC-PE, con fecha 06 de julio de 2012, se suscribió el Convenio Específico de Transferencia Financiera entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Poder Judicial, estableciéndose en la Cláusula Quinta que los recursos que se indican en la Cláusula Cuarta provenientes de la fuente de financiamiento "Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito" - serán transferidos por el MINJUS al Poder Judicial de acuerdo al Plan de Desembolsos que estará contenido en el Plan de Ejecución y el Plan Operativo Anual del PROGRAMA, previa emisión de la norma que autoriza la citada transferencia; Que, el Banco Interamericano de Desarrollo, mediante Carta N° 36/2017 de fecha 06 de enero de 2017, comunica que ha procedido a extender la fecha final de desembolso del Programa hasta el 29 de junio de 2018, y reasignar los recursos del Programa entre categorías de Inversión; Que, mediante Oficio N° 0225-2017-PJ-UCP-PMSAJ, el Coordinador (e) del Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia UCP-PMSAJ-PJ del Poder Judicial, solicita la transferencia financiera al Director Ejecutivo del Programa ACCEDE; Que, mediante el Informe N° 027-2017-JUS/OGPPOPRE, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos, informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito del Presupuesto Institucional 2017 del Pliego 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para financiar la transferencia financiera, hasta por la suma de S/ 5 602 748,00 (Cinco Millones Seiscientos Dos Mil Setecientos Cuarenta y Ocho con 00/100 Soles) del Programa "Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la Mejora de los Servicios Brindados a la Población Peruana (PMSAJ) - Primera Etapa", a favor de la Unidad de Coordinación de Proyectos del Poder Judicial (UE-002-PJ) para financiar las intervenciones a cargo de la Unidad Coordinadora del PMSAJ en el Poder judicial (UCP-PMSAJ-PJ); Que, el literal d) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza la realización, de manera excepcional, de las transferencias financieras que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de la normativa vigente; Que, en el numeral 15.2 del indicado dispositivo legal, establece que las citadas transferencias se realizan, en el caso de las Entidades del Gobierno Nacional mediante Resolución del Titular del Pliego; Con el visado del Director Ejecutivo del Programa Modernización del Sistema de Administración de Justicia PMSAJ ­ Primera Etapa, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado

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