Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2017 (23/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Jueves 23 de febrero de 2017 /

El Peruano

Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ OEFA; cuyo Sistema rige para toda persona natural o jurídica, pública o privada, principalmente para las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local que ejerzan funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental; Que, según los artículos 4° y 7° de la citada Ley, forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional y Local, las cuales cuentan con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalización ambiental, siendo la Autoridad Nacional del Agua una Entidad de Fiscalización Ambiental; Que, asimismo, el literal a) del numeral 11.2 del artículo 11° de la referida Ley, establece la función normativa del OEFA, que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fiscalización ambiental en el marco del SINEFA; así como aquellas necesarias para el ejercicio de la función de supervisión de entidades de fiscalización ambiental; Que, por Resolución de Consejo Directivo N° 004-2014-OEFA/CD, modificado por Resolución de Consejo Directivo N° 026-2016-OEFA/CD se aprobaron los "Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental", que en el literal c) de su artículo 3°, define al Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA, como el instrumento de planificación a través del cual cada Entidad de Fiscalización Ambiental ­ EFA, programa las acciones de fiscalización ambiental a su cargo a ser efectuadas durante el año calendario correspondiente, señalando que el ejercicio regular de la fiscalización ambiental a cargo de cada EFA no está limitado a lo que se establezca en su PLANEFA; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 32° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, la Dirección de Gestión de la Calidad de los Recursos Hídricos tiene por función, entre otras, elaborar, proponer y supervisar la implementación de normas en materia de protección y recuperación de la calidad de los recursos hídricos; Que, en este contexto, la Dirección de Gestión de la Calidad de los Recursos Hídricos con los documentos del visto, sustenta la aprobación de la propuesta de "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental de la Autoridad Nacional del Agua para el año 2017 ­ PLANEFA 2017", considerando las actividades de evaluación y supervisión previstas a desarrollar en el presente año por los Órganos Desconcentrados, las cuales se encuentran acordes al Plan Operativo Institucional 2017 de esta Autoridad con el objeto de garantizar el ejercicio adecuado de las competencias asignadas a esta Autoridad por la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos; Que, el Plan Operativo Institucional (POI) 2017 de la Autoridad Nacional del Agua se aprobó mediante Resolución Jefatural N° 330-2016-ANA de fecha 28 de diciembre del 2016, cuyo instrumento de programación y gestión operativa contempla, entre otros aspectos, las acciones de evaluación y supervisión ambiental, con sus respectivos planes de intervención, a realizarse por los Órganos Desconcentrados en el año 2017, las mismas que se vienen ejecutando actualmente y se encuentran articuladas al Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental 2017 que ha presentado la Dirección de Gestión de la Calidad de los Recursos Hídricos para su aprobación; Que, en el marco del numeral 4.2 del artículo 4° de los Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental, aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 004-2014-OEFA/CD, modificado por Resolución de Consejo Directivo N° 026-2016-OEFA/CD, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido el Memorando N° 291-2017-ANA-OPP/UP, otorgando su conformidad con la propuesta del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental para el año 2017, la misma que concuerda con las metas, acciones de supervisión y fiscalización a cargo de los Órganos Desconcentrados previstos en el Plan Operativo Institucional 2017;

Que, asimismo, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Consejo Directivo N° 026-2016-OEFA/CD, determina que el plazo para la aprobación de los Planes Anuales de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA, correspondiente al año 2017, será hasta el 30 de enero de 2017; Que, en consecuencia, corresponde aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA de la Autoridad Nacional del Agua correspondiente al año 2017, con eficacia anticipada al 30 de enero de 2017, debiéndose expedir el acto administrativo correspondiente; y, Estando a lo opinado por la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y con los vistos de la Oficina Asesoría Jurídica y de la Secretaria General, en uso de la facultad conferida a este Despacho por el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación del PLANEFA 2017 Aprobar, con eficacia anticipada al 30 de enero de 2017, el "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA 2017" de la Autoridad Nacional del Agua, correspondiente al año 2017, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Seguimiento del PLANEFA 2017 Disponer que la Dirección de Gestión de la Calidad de los Recursos Hídricos se encargue del seguimiento de la ejecución del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA 2017, aprobado en el artículo precedente, de acuerdo a sus funciones atribuidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG. Artículo 3°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional de la Autoridad Nacional del Agua, www.ana. gob.pe. Artículo 4°.- Publicación del Anexo que contiene el PLANEFA 2017 Disponer la publicación del Anexo señalado en el artículo primero de la presente Resolución, que contiene el "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA 2017", en el portal electrónico institucional de la Autoridad Nacional del Agua, www. ana.gob.pe, salvo lo relacionado a la programación de acciones de fiscalización, con la finalidad de asegurar la efectividad de las fiscalización ambiental a cargo de la entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1489097-1

Aprueban cuota máxima de comercialización de cueros y/o pieles de especímenes de fauna silvestre de las especies Pecari tajacu "sajino" y Tayassu pecari "huangana" provenientes de la caza de subsistencia (despojos no comestibles) por el periodo de un año calendario
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 046-2017-SERFOR/DE Lima, 22 de febrero de 2017

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