Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2017 (24/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Viernes 24 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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autorización expresa y por escrito de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social. i) Utilizar las instalaciones deportivas fuera del horario establecido. j) Propiciar, permitir o autorizar la venta de bebidas alcohólicas". "Artículo 11.- La conservación y mejoramiento físico de las instalaciones deportivas públicas que pertenezcan a la Municipalidad, hayan sido erigidas o cedidas a la misma, estarán a cargo del Comité de Administración que asuma la responsabilidad mediante los Convenios". "Artículo 12.- Las tarifas por el uso de instalaciones deportivas públicas serán propuestas, con el debido sustento, por la Gerencia de Desarrollo Humano y Social. Su aprobación será mediante Resolución de Alcaldía, previo informe técnico de Gerencia de Planificación y Presupuesto. Para su validez deberá publicarse en el Portal Institucional". "TÍTULO IX RESPONSABILIDAD DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN Artículo 13.- Los miembros del Comité de Administración son responsables, en conjunto, por las obligaciones y prohibiciones contenidas en el artículo 9º, salvo expresa constancia de oposición". "DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS (...) Segunda.- El incumplimiento de las obligaciones señaladas en el Convenio o en la normatividad o la configuración de alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 9º, será causal de resolución de pleno derecho del Convenio suscrito; debiéndose en estos supuestos comunicarse a la Organización Vecinal de la decisión de resolver el Convenio, quedando obligada a devolver las instalaciones deportivas entregadas en administración, dentro del plazo de 48 horas. En el supuesto que las circunstancias lo requieran, la Gerencia de Desarrollo Humano y Social designará a un Comité transitorio de Administración". Tercera.- Las organizaciones vecinales o personas que hayan celebrado Convenios y/o que se encuentren administrando losas deportivas públicas, deberán adecuarse a lo dispuesto en el presente Reglamento. A este efecto, la Gerencia de Desarrollo Humano y Social pondrá en su conocimiento lo dispuesto en la presente

disposición complementaria, para que dentro del plazo diez días hábiles se reformule o formule, en su caso, el Convenio de su propósito. La Gerencia de Desarrollo Humano y Social, emitirá informe a la Gerencia Municipal sobre las organizaciones vecinales y/o personas que no hubieren adecuado su administración al presente Reglamento, a efectos de proceder a la resolución del Convenio y/o administración; debiéndose proceder conforme a lo dispuesto en la disposición complementaria precedente". Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Humano y Social el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General, Gestión Documentaria y Registros Civiles la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática en la página web de la Corporación Edil. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil diecisiete. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1489431-1

CONVENIOS INTERNACIONALES

Entrada en vigencia del "Convenio Internacional para el Control y la Gestión del Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques, 2004"
Entrada en vigencia del "Convenio Internacional para el Control y la Gestión del Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques, 2004", adoptado el 13 de febrero de 2004, en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y ratificado mediante Decreto Supremo Nº 018-2016-RE, de fecha 12 de marzo de 2016. Entrará en vigor el 8 de septiembre de 2017. 1489145-1

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.

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