Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2017 (26/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Domingo 26 de febrero de 2017 /

El Peruano

Urbano para la Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca, a través del Procedimiento de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación, solicitando se inicie la difusión de la propuesta de modificación del Plan de Desarrollo Urbano referido; Que, Mediante Informe Nº 629-2016-KVFP-SGOPGODUR-MPC, con fecha 24 de Octubre del 2016, la Sub Gerencia de Obras Privadas, se ha seguido los procedimiento administrativos establecidos en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano para la Modificación del plan urbano a través del procedimiento de anexión al área urbana y Asignación de Zonificación, se ha cumplido con el periodo de difusión de la Propuesta de Modificación del Plan en la Municipalidad Provincial, por un periodo de 30 Calendarios, asimismo, no ha ingresado a la oficina de tramite documentario de la MPC expedientes administrativos presentados por personas naturales o jurídicas de la Provincia formulando observaciones o recomendaciones debidamente sustentadas y por escrito , dentro de los 30 días calendarios de difusión de la propuesta, se ha cumplido con la cancelación de estas tasas en la Municipalidad Provincial de Cañete por derecho de Anexión de Predio al área Urbana y Asignación de Zonificación, solicitado por Zaidan Saba Seleeba y Samira Sweiss Handal; Que, mediante Informe Legal Nº 11-2017-GAJMPC de fecha 09 de enero del 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye: 1) Que, es factible aprobar la Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, a través del procedimiento de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación, solicitada por los señores Zaidan Saba Seleeba y Samira Sweiss Handal, del predio de su propiedad ubicado en Papa León XIII Mz. P Lt. 03, con un área de 5,202.00 m2, distrito de Chilca, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, inscrita en la Partida Eléctronica Nº 90125788, de la Zona Registral Nº IX Sede Lima- Oficina Registral Cañete, en mérito a lo señalado en el Informe Nº 627-2016-KVFP-SGOP-GODUR-MPC de fecha 24 de octubre del 2016, de la Sub Gerencia de Obras Privadas de la Municipalidad Provincial de Cañete; Que, mediante Dictamen Nº 05-2017-CODURMPC de fecha 27 de enero del 2017, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, sugiere: 1) Aprobar la Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Chilca a tráves de los procedimientos administrativos de Anexión del Área Urbana y Asignación de Zonificación, solicitada por los señores Zaidan Saba Seleeba y Samira Sweiss Hadal, del predio ubicado en Papa León XIII Mz. P Lt.03, con un área de 5,202.00 m2, distrito de Chilca, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, inscrita en la Partida Eléctronica Nº 90125788, de la Zona Registral Nº IX Sede Lima- Oficina Registral Cañete, zonificación propuesta INDUSTRIA LIVIANA I-2; Que, por tales consideraciones y al amparo de lo dispuesto en el numeral 8) y 9) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, contando con el voto unánime; y con dispensa de la lectura y aprobación del acta; se aprobó la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO DE CHILCA, PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA, A TRAVÉS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN SOLICITADA POR LOS SEÑORES ZAIDAN SABA SELEEBA Y SAMIRA SWEISS HANDAL Artículo 1º.- Aprobar la Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Chilca, a través de los Procedimientos de Anexion al Area Urbana y Asignacion de Zonificacion solicitada por los señores Zaidan Saba Seleeba y Samira Sweiss Handal, del predio ubicado en Papa León XIII Mz. P Lote Nº 03, del distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 5,202.00 m2, debidamente inscrito en la Partida Eléctronica Nº 90125788, de la Zona Registral Nº IX Sede Lima- Oficina Registral Cañete, en mérito a lo señalado en el Informe Nº 627-2016-KVFP-SGOP-GODUR-MPC de fecha 24 de octubre del 2016, de la Sub Gerencia de Obras Privadas de la Municipalidad Provincial de Cañete;

cuyos parámetros normativos son los que se indican en el cuadro siguiente: Zonificación INDUSTRIA LIVIANA 1-2
FRENTE ALTURA DE ÁREA COEFICIENTE USO MÍNIMO EDIFICACIÓN LIBRE SEGÚN SEGÚN NO SEGÚN PROYECTO PROYECTO I2 MOLESTA 1,000 PROYECTO DE 20.00 ml DE DE (hasta NI ES m2 HABILITACIÓN HABILITACIÓN HABILITACIÓN 20%) PELIGROSA URBANA URBANA URBANA USOS LOTE

Artículo 2º.- Precisar que el Plano de Propuesta de Zonificación, lámina PZ.-01 y la Memoria Justificativa de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación debidamente aprobados por la Sub. Gerencia de Obras Privadas de esta Municipalidad, forman parte de la zonificación aprobada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Disponer que la Municipalidad Provincial de Cañete, incorpore el Plano de Propuesta de Zonificación, lámina PZ-01 al Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca, aprobada en el Artículo 1º, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática a tráves de la Sub Gerencia de Racionalización y Estadística e Informática, la presente Ordenanza se publique en el portal de la Municipalidad Provincial de Cañete, y a la Gerencia de Secretaría General en coordinación con las áreas correspondientes la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1490026-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARANGANI
Aprueban el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2017 de la Municipalidad y distribución del FONCOMUN
ACUERDO DE CONCEJO Nº 092-2016-CM-MDM-C/C Maranganí, 28 de diciembre del 2016. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARANGANÍ-PROVINCIA DE CANCHIS - CUSCO VISTO.- En la Sesión Extraordinaria de fecha 28 de diciembre de 2016, el Informe N° 399-OFIC/PLANPPTO/MDM/RHS/2016, de la Oficina de Planificación y Presupuesto, el Informe Legal N° 299-2016-ALE-MDMCC/RECG de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 28607 estipula que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad

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