Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2017 (26/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Domingo 26 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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predio ubicado en Papa León XIII Mz. O Lt. 07, con un área de 4,743.00 m2, Distrito de Chilca, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, inscrita en la Partida Eléctronica Nº 90116347, de la Zona Registral Nº IX Sede Lima - Oficina Registral Cañete, zonificación propuesta INDUSTRIA LIVIANA I-2; Que, por tales consideraciones y al amparo de lo dispuesto en el numeral 8) y 9) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, contando con el voto unánime; y con dispensa de la lectura y aprobación del acta; se aprobó la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO DE CHILCA, PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA, A TRAVÉS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN SOLICITADA POR LA EMPRESA FIBRAFIL S.A. Artículo 1º.- Aprobar la Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Chilca, a través de los Procedimientos de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación solicitada por la Empresa FIBRAFIL S.A., apoderado Zaidan Sweiss Bishara Nicolás, del predio ubicado en Papa León XIII Mz. O Lote Nº 07, del distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 4,743.00 m2, debidamente inscrito en la Partida Eléctronica Nº 90116347, de la Zona Registral Nº IX Sede Lima Oficina Registral Cañete, en mérito a lo señalado en el Informe Nº 626-2016-KVFP-SGOP-GODUR-MPC de fecha 24 de octubre del 2016, de la Sub Gerencia de Obras Privadas de la Municipalidad Provincial de Cañete; cuyos parámetros normativos son los que se indican en el cuadro siguiente: Zonificación INDUSTRIA LIVIANA 1-2
USOS LOTE FRENTE ALTURA DE COEFICIENTE MÍNIMO EDIFICACIÓN ÁREA LIBRE USO

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 30 de enero del 2017, y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en los Artículos 74º, 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, otorgándole potestad para administrar sus bienes y rentas, establece además que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley; Que, mediante Expediente Nº 5879-2016, de fecha 30 de mayo del 2016, los señores Zaidan Saba Seleeba y Samira Sweiss Handal,solicitan anexión al Area Urbana y Asignación de Zonificación del predio ubicado en Papa León XIII Mz. P Lote Nº 03, del distrito de Chilca, provincia de Cañete, departamento de Lima, con un área de 5,202.00 m2, debidamente inscrito en la Partida Eléctronica Nº 90125788, de la Zona Registral Nº IX Sede Lima- Oficina Registral Cañete; Que, según el Art. 42º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano aprobado por D.S. Nº 004-2011-VIVIENDA, señala que la aprobación de los planes, así como su actualización y/o modificación debe desarrollarse en cuarenta y cinco (45) días calendario, y ceñirse al procedimiento siguiente: 1. La Municipalidad Provincial exhibe el Proyecto del Plan en sus locales, en las Municipalidades Distritales involucradas de su jurisdicción y a través de su página web, durante treinta (30) días calendario. 2. En todos los casos, la Municipalidad Provincial, dentro del plazo señalado, realiza una audiencia pública sobre el contenido del Plan, convocando en particular a los organismos del Gobierno Nacional, Regional y Distrital involucrados en el ámbito local, así como a las universidades, organizaciones de la sociedad civil e instituciones representativas del sector empresarial, profesional y laboral de la jurisdicción. 3. En todos los casos, las personas naturales o jurídicas de la jurisdicción provincial y/o distrital, formulan sus observaciones y recomendaciones, debidamente sustentadas y por escrito, dentro del plazo establecido en el numeral 1) del presente artículo. 4. En el caso del PAT, el proyecto de Plan es remitido al respectivo Gobierno Regional para que dentro del plazo establecido en el numeral 1), emita opinión, incluidas sus observaciones y recomendaciones, si lo estima conveniente. En los casos de PDM, PDU o EU, el proyecto del Plan es remitido a las Municipalidades Distritales involucradas de su jurisdicción para que dentro del plazo establecido en el numeral 1) emitan su opinión incluidas sus observaciones y recomendaciones, si lo estiman conveniente; Que, el Art. 43º del Reglamento acotado, señala que concluidos los procedimientos establecidos en el artículo anterior, el Concejo Provincial, mediante Ordenanza, aprueba el Plan de Acondicionamiento Territorial, el Plan de Desarrollo Metropolitano, el Plan de Desarrollo Urbano, Esquema de Ordenamiento Urbano y/o Plan Específico, según corresponda. Cada uno de estos planes tendrá una vigencia de diez (10) años contados a partir de su publicación; vencido este plazo se procederá a su actualización; Que, mediante Informe Nº 275-2016-JVAH-SGOPGODUR-MPC, de fecha 31 de mayo del 2016, la Sub Gerencia de Obras Privadas, concluye que el expediente cumple con la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo

SEGÚN NO SEGÚN SEGÚN PROYECTO I2 MOLESTA 1,000 PROYECTO DE PROYECTO DE 20.00 ml DE (hasta NI ES m2 HABILITACIÓN HABILITACIÓN HABILITACIÓN 20%) PELIGROSA URBANA URBANA URBANA

Artículo 2º.- Precisar que el Plano de Propuesta de Zonificación, lámina PZ.-01 y la Memoria Justificativa de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación debidamente aprobados por la Sub Gerencia de Obras Privadas de esta Municipalidad, forman parte de la zonificación aprobada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Disponer que la Municipalidad Provincial de Cañete, incorpore el Plano de Propuesta de Zonificación, lámina PZ-01 al Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de Chilca, aprobada en el Artículo 1º, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática a tráves de la Sub Gerencia de Racionalización y Estadística e Informática, la presente Ordenanza se publique en el portal de la Municipalidad Provincial de Cañete, y a la Gerencia de Secretaría General en coordinación con las áreas correspondientes la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1490027-1 ORDENANZA Nº 06-2017-MPC Cañete, 31 de enero del 2017

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