Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2017 (26/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Domingo 26 de febrero de 2017 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo de la Municipalidad a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 085-2017-MDSA-A San Antonio, 20 de febrero del 2017 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO VISTO: El Informe Nº 022-2017-GA-SGRH/MDSA de la Subgerencia de Recursos Humanos y el Informe Nº 0292017-GAF/MDSA de la Gerencia de Administración y Finanzas; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, dispone la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del Sector Público y Privado por parte del Instituto de Radio y Televisión del Perú a través de Canal 7 y Radio Nacional del Perú; Que, el artículo 1 del Reglamento de la precitada norma, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de su programa "Red Cil Proempleo" proporcionará diariamente al Instituto de Radio y Televisión del Perú la Información vinculada con la oferta de trabajo del sector público y privado, a efectos del cumplimiento del artículo 1 de la Ley Nº 27736, la misma que será difundida por Canal 7 y Radio y Televisión del Perú, en el horario que disponga dicha entidad; Que, el artículo 2 del precitado dispositivo legal señala que todo organismo público y empresa del estado está obligado a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del

Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso, con excepción de los puestos clasificados como de confianza, conforme a la normatividad legal vigente; asimismo, establece que los organismos públicos y empresas del estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante resolución del Titular de la entidad, publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, con documento de Visto, la Gerencia de Administración y Finanzas propone como Responsable de remitir las ofertas de empleo de la Entidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a la Srta. ELISA ESTHER MELO ORE Subgerente de Recursos Humanos de la Gerencia de Administración y Finanzas. Que, en consecuencia y en cumplimiento de las Normas Legales señaladas, es necesario designar al Responsable de remitir las ofertas de empleo de la Entidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de la Municipalidad Distrital de San Antonio; Estando a las consideraciones expuestas, y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la Srta. ELISA ESTHER MELO ORE Subgerente de Recursos Humanos, como funcionario responsable de remitir a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de empleo de la Municipalidad Distrital de San Antonio, en el marco de la Ley Nº 27736 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Artículo Segundo.- Disponer que la Subgerencia de Tecnología de la Información publique la presente Resolución en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Antonio, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EVELING G. FELICIANO ORDOÑEZ Alcaldesa 1490371-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN

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