Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2017 (06/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Jueves 6 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Aprueban transferencias financieras y otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas solicitadas por el FONDECYT
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 086-2017-CONCYTEC-P Lima, 4 de julio de 2017 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 0082017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 2352017-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y los Informes Nº 133-2017-CONCYTECOGPP y Nº 011 -2017-CONCYTEC-OGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 044-2017-CONCYTEC-P se aprueba la Directiva Nº 003-2017-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016" (en adelante, la Directiva); Que, mediante Oficio Nº 235-2017-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación de transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/ 2'025,258.20, a favor de la entidad beneficiaria con una subvención especial y de los ganadores del Esquema Financiero EF-041 denominado: "Proyectos de Investigación Básica y Proyectos de Investigación Aplicada" - Convocatoria 2015-III, y del Esquema Financiero denominado E0 41 "Proyectos de Investigación Básica y Proyectos de Investigación Aplicada" - Convocatoria 2016-I, conforme a lo dispuesto en el Acta de N° 01-2014 - De Priorización de Propuestas del 19 de diciembre del 2014, y las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 011 y N° 114-2016-FONDECYTDE, respectivamente; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 008-2017 -FONDECYTUPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría

Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar transferencias financieras por un monto total de S/ 346,360.00, a favor de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco (S/ 191,960.00), el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET (S/ 131,400.00), y del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (S/ 23,000.00); así como para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/ 1'678,898.20, a favor de la Pontificia Universidad Católica del Perú (S/ 395,493.75), de la Universidad de Piura Facultad de Ingeniería (S/ 116,681.80), de la Universidad de Ingeniería y Tecnología (S/ 385,039.00), de la Universidad Peruana Cayetano Heredia (S/ 358,574.93), de la Fundación San Marcos para el Desarrollo de la Ciencia y la Cultura (S/ 129,776.00), de la Universidad Católica San Pablo (S/ 165,660.00) y de la Universidad Científica del Sur S.A.C. (S/ 127,672.72), para cofinanciar los proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el referido Informe Técnico Legal. Los referidos órganos adjuntan los Certificados de Crédito Presupuestario N° 0000000242, N° 0000000386, N° 0000000428 y N° 0000000431, copias del Acta de N° 012014 - De Priorización de Propuestas del 19 de diciembre del 2014, de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 011 y N° 114-2016 -FONDECYT-DE, así como copia del Convenio de Subvención N° 107-2014-FONDECYT (con su primera y segunda adenda), de los Convenios de Subvención N° 002, N° 003, N° 004, N° 005, N° 006, N° 007, N° 008, N° 009-2016-FONDECYT, del Convenio de Cofinanciamiento N° 018 -2016-FONDECYT, y de los Contratos de Cofinanciamiento N° 116, N° 117, N° 119, N° 120 y N° 121-2016-FONDECYT; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 008-2017 -FONDECYT-UPP-UAJUSM, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados convenios y contratos, y en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 133-2017-CONCYTECOGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, concluyendo que la aprobación de las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas solicitadas por el FONDECYT se enmarcan en la Directiva y cuentan con disponibilidad presupuestal para ser atendidas hasta por el importe total de S/ 2'205,258.20, con la cual se cofinanciarán los proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 008-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM; Que, con Informe Nº 011-2017-CONCYTEC-OGAJ, el Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 008-2017-FONDECYT-UPPUAJ-USM y en el Informe Nº 133-2017 -CONCYTECOGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva; Con la visación del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Directora Ejecutiva (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y del Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por la suma total de S/ 2'025,258.20 (Dos Millones Veinticinco Mil Doscientos Cincuenta y Ocho y 20/100 Soles); en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:

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