Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2017 (06/07/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 6 de julio de 2017 /

El Peruano

funciones como Profesional de Derecho de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud; Que, de acuerdo a los documentos de Vistos, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración de Recursos ha considerado viable dar por concluido el encargo conferido mediante Resolución N° 114-2017/SIS; asimismo, considera viable designar, bajo el Régimen Laboral Especial de Contratación Administrativa de Servicios ­ CAS, a la abogada Karla Romero Sánchez en el cargo de Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Con el visto bueno de la Secretaria General (e), del Director General de la Oficina General de Administración de Recursos y del Director General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la encargatura de las funciones de Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud al servidor CAP N° 050 Enrique Francisco Barboza Huapalla, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, bajo el Régimen Laboral Especial de Contratación Administrativa de Servicios, a la abogada Karla Romero Sánchez, en el cargo de Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud. Artículo 3.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y, en coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información, en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOISÉS ERNESTO ROSAS FEBRES Jefe del Seguro Integral de Salud 1540209-1

Sustituyen el "Anexo N° 01 - Pago Traslados de Emergencia - 2017", de la R.J. N° 1182017/SIS
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 140-2017/SIS Lima, 5 de julio de 2017 VISTOS: El Informe N° 026-2017-SIS/GNF-SGF/ MLR con Proveído N° 411-2017-SIS/GNF, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento y el Informe N° 006-2017-SIS/OGAJ/DCV con Proveído N° 335-2017SIS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 1182017/SIS, de fecha 8 de junio del 2017, se aprobó la transferencia financiera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud ­ SIS por la suma total de cinco millones novecientos cuarenta y cuatro mil seiscientos sesenta y un con 00/100 Soles (S/ 5 944 661,00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados,

a favor de Unidades Ejecutoras del sector salud de los Gobiernos Regionales y del Gobierno Nacional, para el financiamiento de las prestaciones administrativas por traslados de emergencia, conforme al Anexo que forma parte integrante de la citada resolución; Que, mediante Informe N° 026-2017-SIS/GNF-SGF/ MLR con Proveído N° 411-2017-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, respecto del Anexo en mención, señala la existencia de errores en los códigos de las Unidades Ejecutoras del pliego Ministerio de Salud, así como en la Red de Salud Condorcanqui de Amazonas; de igual modo, advierte que se ha omitido consignar el programa presupuestal para la incorporación de los montos transferidos. Asimismo, señala que se requiere modificar los importes transferidos a las Unidades Ejecutoras de la Región La Libertad, el nombre del pliego «Lima Región» y la forma de agrupación de los pagos a realizar. Que, en ese sentido, el órgano de línea señala que los errores identificados, si bien es cierto modifican los importes a transferir en dos (2) Unidades Ejecutoras de la Región La Libertad, tales errores no alteran el importe total a transferir a los pliegos, ni tampoco alteran el monto total por las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios ­ RO (S/ 5'920,794.00) ni Recursos Directamente Recaudados ­ RDR (S/ 23,867.00); Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 33 y 34.2 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA y modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA, le corresponde a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la gestión financiera de los recursos que administra el Seguro Integral de Salud, así como administrar los recursos para la prestación de servicios de salud; Que, las modificaciones propuestas por la Gerencia de Negocios y Financiamiento se encuentran enmarcadas dentro de las facultades otorgadas a dicho órgano de línea, las mismas que están sustentadas en el Informe N° 026-2017-SIS/GNF-SGF/MLR, por lo que corresponde sustituir el Anexo contenido en la Resolución Jefatural N° 118-2017/SIS, de fecha 8 de junio del 2017, por aquel que la Gerencia de Negocios y Financiamiento adjunta al Informe en mención, sin que ello implique variación de los montos globales a transferir, ni cambios sustanciales en el contenido del Anexo inicialmente aprobado; Con el visto bueno de la Secretaria General (e), del Director General (e) de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, de la Gerente (e) de la Gerencia de Negocios y Financiamiento y del Director General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA y modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Sustituir el «Anexo N° 01 ­ Pago Traslados de Emergencia ­ 2017» de la Resolución Jefatural N° 118-2017/SIS, de fecha 8 de junio del 2017, conforme al documento adjunto que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la Secretaría General efectúe la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, así como publicar en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud el contenido de la presente Resolución Jefatural y su Anexo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOISÉS ERNESTO ROSAS FEBRES Jefe del Seguro Integral de Salud 1540684-1

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