Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2017 (08/07/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Sábado 8 de julio de 2017 / El Peruano ACTOFECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Segunda renovación o contratación de nueva póliza26 de mayo de 2019 Tercera renovación o contratación de nueva póliza26 de mayo de 2020 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza26 de mayo de 2021 Quinta renovación o contratación de nueva póliza26 de mayo de 2022 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 5.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa REVISIONES TÉCNICAS DEL PERÚ S.A.C., a través de su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 6.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 7.- La empresa REVISIONES TÉCNICAS DEL PERÚ S.A.C., debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos: DOCUMENTOSFECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Planos de Ubicación y Distribución en este último caso con su respectiva Memoria Descriptiva del local del Centro de Inspección Técnica Vehicular – CITV suscrita por el representante legal. Treinta (30) días calendarios de otorgada la autorización. Título de propiedad, contrato de arrendamiento, cesión en uso, comodato o cualquier otro que acredite la posesión legítima y el atributo de usar y usufructuar la infraestructura inmobiliaria. Treinta (30) días calendarios de otorgada la autorización. Licencia de Funcionamiento emitido por la Municipalidad correspondiente.Noventa (90) días calendarios de otorgada la autorización. Relación del equipamiento requerido por el Artículo 34° del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, acompañada con los documentos que sustenten la propiedad y/o condición de arrendatario fi nanciero sobre los mismos.Noventa (90) días calendarios de otorgada la autorización. En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentación señalada se procederá de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 8.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa REVISIONES TÉCNICAS DEL PERÚ S.A.C., los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director GeneralDirección General de Transporte Terrestre 1540795-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 018-2017-VIVIENDA Mediante O fi cio Nº 872-2017-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 018-2017-VIVIENDA, publicado en la edición del día 25 de junio de 2017. En la Tabla Nº 6 “Acciones para el cumplimiento del Eje de Política 3”: DICE: “Tabla Nº 6 Acciones para el cumplimiento del Eje de Política 3 Lineamientos de políticaAcciones para el cumplimiento de los ejes de políticaResponsableIndicadores en construcción (...) (...) (...) (...) Promoción de la participación de la sociedad civil en la gestión empresarial. MVCS OTASS Número de audiencias públicas de rendición de cuentas. (...)”. DEBE DECIR: “Tabla Nº 6 Acciones para el cumplimiento del Eje de Política 3 Lineamientos de políticaAcciones para el cumplimiento de los ejes de políticaResponsableIndicadores en construcción (...) (...) (...) (...) Implementar modelos de gestión que involucren principios básicos del buen Gobierno Corporativo, así como mecanismos de transparencia en los prestadores. Promoción de la participación de la sociedad civil en la gestión empresarial. MVCS OTASS Número de audiencias públicas de rendición de cuentas. (...)”. 1541874-1 ORGANISMOS EJECUTORES ARCHIVO GENERAL DE LA NACION Designan responsables titular y alterno de reportar el estado de las investigaciones y procesos por infracciones administrativas vinculadas a actos de corrupción a la Coordinación General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción de la PCM, y funcionario titular responsable de brindar información pública que se solicite al Archivo General de la Nación RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 094-2017-AGN/J Lima, 13 de junio de 2017 VISTO, el Memorándum N° 178-2017-AGN/J, de fecha 5 de junio de 2017;