Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2017 (08/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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ACTO Segunda renovación o contratación de nueva póliza Tercera renovación o contratación de nueva póliza Cuarta renovación o contratación de nueva póliza Quinta renovación o contratación de nueva póliza

NORMAS LEGALES
FECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN 26 de mayo de 2019 26 de mayo de 2020 26 de mayo de 2021 26 de mayo de 2022

Sábado 8 de julio de 2017 /

El Peruano

del Decreto Supremo Nº 018-2017-VIVIENDA, publicado en la edición del día 25 de junio de 2017. En la Tabla Nº 6 "Acciones para el cumplimiento del Eje de Política 3": DICE: "Tabla Nº 6 Acciones para el cumplimiento del Eje de Política 3
Lineamientos de política (...) Acciones para el cumplimiento de los ejes de política (...) Promoción de la participación de la sociedad civil en la gestión empresarial. Indicadores en construcción (...) Número de audiencias públicas de rendición de cuentas.

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 5.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa REVISIONES TÉCNICAS DEL PERÚ S.A.C., a través de su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 6.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 7.- La empresa REVISIONES TÉCNICAS DEL PERÚ S.A.C., debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos:
DOCUMENTOS FECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN

Responsable (...) MVCS OTASS

(...)". DEBE DECIR: "Tabla Nº 6 Acciones para el cumplimiento del Eje de Política 3
Lineamientos de política (...) Acciones para el cumplimiento de los ejes de política (...) Indicadores en construcción (...)

Responsable (...)

Planos de Ubicación y Distribución en este último caso con su respectiva Memoria Descriptiva del local del Centro de Inspección Treinta (30) días calendarios Técnica Vehicular ­ CITV suscrita por el de otorgada la autorización. representante legal. Título de propiedad, contrato de arrendamiento, cesión en uso, comodato o cualquier otro que acredite la posesión legítima y el atributo de usar y usufructuar la infraestructura inmobiliaria. Licencia de Funcionamiento emitido por la Municipalidad correspondiente. Relación del equipamiento requerido por el Artículo 34° del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, acompañada con los documentos que sustenten la propiedad y/o condición de arrendatario financiero sobre los mismos.

Treinta (30) días calendarios de otorgada la autorización. Noventa (90) días calendarios de otorgada la autorización.

Implementar modelos de gestión que involucren Promoción de la principios básicos participación de la del buen Gobierno sociedad civil en la Corporativo, así gestión empresarial. como mecanismos de transparencia en los prestadores.

MVCS OTASS

Número de audiencias públicas de rendición de cuentas.

(...)". 1541874-1

Noventa (90) días calendarios de otorgada la autorización.

ORGANISMOS EJECUTORES

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentación señalada se procederá de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 8.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa REVISIONES TÉCNICAS DEL PERÚ S.A.C., los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1540795-1

ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
Designan responsables titular y alterno de reportar el estado de las investigaciones y procesos por infracciones administrativas vinculadas a actos de corrupción a la Coordinación General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción de la PCM, y funcionario titular responsable de brindar información pública que se solicite al Archivo General de la Nación
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 094-2017-AGN/J Lima, 13 de junio de 2017 VISTO, el Memorándum N° 178-2017-AGN/J, de fecha 5 de junio de 2017;

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 018-2017-VIVIENDA Mediante Oficio Nº 872-2017-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas

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