Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2017 (14/07/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 70

70

NORMAS LEGALES

Viernes 14 de julio de 2017 /

El Peruano

y los Gobiernos Locales, se autoriza el viaje mediante Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal respectivamente, señalando en todos los casos, que la resolución o acuerdo es publicado en el Diario Oficial el Peruano; asimismo, resulta pertinente precisar, que el viaje a la ciudad de Balikpapan, en la Provincia de Kalimantan del Este ­ Indonesia, no irrogará gastos a la Entidad, sin embargo, es competencia del Consejo Regional en virtud del aludido Reglamento Interno, autorizar el viaje del Gobernador Regional; Que, el Consejo Regional de Loreto, en virtud a los considerandos establecidos en este documento, y en pleno uso de sus prerrogativas constitucionales y legales, y con la dispensa del Dictamen y lectura de aprobación del Acta; aprobó por MAYORIA el siguiente Acuerdo Regional: Artículo Primero.- OTORGAR AUTORIZACIÓN AL GOBERNADOR REGIONAL DE LORETO LIC. ADM. FERNANDO MELENDEZ CELIS, PARA REALIZAR EL VIAJE DEL 25 AL 29 DE SETIEMBRE DEL 2017 A LA CIUDAD DE BALIKPAPAN, PROVINCIA DE KALIMANTAN DEL ESTE - INDONESIA, CON LA FINALIDAD DE ASISTIR A LA REUNION ANUAL 2017 SOBRE CLIMA Y BOSQUES A FIN DE ESTABLECER ALIANZAS CONCRETAS CON ECONOMÍAS VERDES, CON UN ENFOQUE EN LA PRODUCCIÓN SUSTENTABLE EN MATERIAS PRIMAS. Artículo Segundo.- EL VICE GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO MC. PEDRO PORTOCARRERO NOGUEIRA, ASUMIRÁ LAS FUNCIONES DEL GOBERNADOR REGIONAL DE LORETO, CON LAS MISMAS PRERROGATIVAS Y ATRIBUCIONES PROPIAS DEL CARGO, CONFORME LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 23° DE LA LEY N°27867, LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES Y SUS MODIFICATORIAS. Artículo Tercero.- ENCARGAR A LA SECRETARIA DEL CONSEJO REGIONAL DE LORETO, NOTIFICAR A LA GERENCIA GENERAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO, A LA OFICINA REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN PARA SU PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO, ASI COMO A LA OFICINA EJECUTIVA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL E INFORMÁTICA, A EFECTO DE PUBLICAR EL PRESENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, EN EL PORTAL WEB DEL GORE LORETO. POR TANTO: Notifíquese, regístrese y publíquese. Dado en la ciudad de Iquitos a los cuatro días del mes de Julio del dos mil diecisiete. En las instalaciones del Consejo Regional de Loreto. JAVIER ÁLAVA FLORINDEZ Consejero Delegado Consejo Regional de Loreto 1543145-1

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 890-2017-GM/MDA de la Gerencia Municipal que remite la opinión legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica contenida en el Informe Nº 326-2017/ GAJ/MDA sobre la propuesta de Ordenanza que aprueba el "Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Ancón para el período 2017-2021; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 82º numeral 11) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deporte y recreación "Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros poblados"; Que, el artículo 82º numeral 19) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deporte y recreación "Promover actividades culturales diversas"; Que, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 002-2014MC, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, establece que "Los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados deben asegurar la creación y sostenibilidad de, por lo menos, una biblioteca en su localidad, (...)"; Que, mediante los Informes Nº 06-2017-BM"Z. CC-SGEDYT/MDA y Nº 271-2017-SGEDYT/MDA la Subgerencia de Educación Deporte y Turismo remite el proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Ancón para el periodo 2017-2021, para su revisión y aprobación; obrando al respecto el Informe Nº 1015-2017-GDyS/MDA de la Gerencia de Desarrollo Económico y Social; Que, a través del Informe Nº 326-2017-GAJ/MDA, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Ancón para el periodo 2017-2021, por encontrarse dentro del marco legal vigente; Que, con Memorándum Nº 890-2017-GM/MDA, la Gerencia Municipal señala la necesidad de contar con un Plan Municipal del Libro y la Lectura, además de solicitar la emisión de una ordenanza municipal que apruebe dicho plan para el periodo 2017-2021; Estando a lo expuesto y de conformidad con los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 29792, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, el Concejo Municipal aprobó por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN PARA EL PERIODO 2017-2021 Artículo Primero.- APROBAR el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Ancón para el periodo 2017-2021, como instrumento obligatorio de planeamiento y de gestión de la política pública local de promoción del libro y de la lectura en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades y de la Ley de Democratización del Libro y Fomento de la Lectura vigentes, elaborado de manera concertada entre la Municipalidad Distrital de Ancón, las instituciones públicas locales, las organizaciones sociales y las organizaciones privadas. Artículo Segundo.- INCLUIR el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Ancón

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Aprueban el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de Ancón para el periodo 2017-2021
ORDENANZA Nº 373-2017-MDA Ancón, 11 de julio de 2017 EL CONCEJO DISTRITAL DE ANCÓN

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.