Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2017 (14/07/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 72

72

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

Viernes 14 de julio de 2017 /

El Peruano

Administración y Finanzas, de la Gerencia de Planificación Estratégica de conformidad con el artículo 9º, numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, aprobó por Unanimidad la siguiente Ordenanza Municipal; ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ­ ROF DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE Artículo Primero.- APROBAR, la modificación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado por Ordenanza Nº 420-MDA y modificatorias; en lo siguiente: La Sub Gerencia de Desarrollo Humano estará a cargo de un responsable de cumplir las siguientes funciones: hh. Diseñar, formular y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos en relación a la temática de las personas adultas mayores. ii. Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de derechos de la persona adulta mayor, así como de los derechos humanos en general, con equidad de género. jj. Regular las acciones del CIAM adecuando las normas nacionales a la realidad local. kk. Organizar la protección y participación de las Personas Adultas Mayores de acuerdo a las posibilidades económicas de la municipalidad. ll. Aplicar estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades y habilidades para superar la pobreza. mm. Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y de desarrollo social del Estado, propio y transferido, asegurando la calidad y focalización de los servicios, la igualdad de oportunidades y el fortalecimiento de la economía regional y local en favor de la población adulta mayor. nn. Difundir y promover los derechos del adulto mayor, propiciando espacios para su participación en la Municipalidad. oo. Promover, organizar y sostener de acuerdo a sus posibilidades, establecimientos de protección en especial a la población adulta mayor en situación de riesgo y vulnerabilidad, así como casas de refugio. Artículo Segundo.- DISPONER; la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano"; y encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Entidad, la publicación del íntegro de este documento de gestión en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe); y, en el Portal Institucional de la Entidad (www. muniate.gob.pe), conforme lo prescribe el artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM. Artículo Tercero.- Facúltese, al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ate, para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe el Reglamento del Centro Integral de Atención del Adulto Mayor ­ CIAM, así como las acciones necesarias para su implementación efectiva en beneficio de la población adulta mayor de la Comunidad. Artículo Cuarto.- Modificar la Ordenanza Nº 420MDA, a partir de la vigencia de la presente Ordenanza. POR TANTO; Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1543841-1

El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 07 de Julio del 2017, visto, el Dictamen Nº 004-2017-MDA/CPEAF de la Comisión de Planificación Estratégica, Administración y Finanzas, y; CONSIDERANDO: Que, en virtud a lo señalado en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30057, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que: "Las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, los cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencia...", consiguientemente están facultados a ejercer actos de gobierno y actos administrativos con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 420-MDA de fecha 21 de setiembre de 2016, se aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ate, modificada con Ordenanza Nº 437-MDA de fecha 25 de abril de 2017, publicadas en el Diario Oficial "El Peruano" de fecha 27 de setiembre del 2016 y 26 de abril del 2017, respectivamente; Que, con Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de los Organismos de la Administración Pública, cuyo literal f) del artículo 28º señala que se requiere la aprobación del ROF "Para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones"; Que, siendo necesario que los Órganos y Unidades Orgánicas, ocupen una posición en la Estructura Orgánica en concordancia con las funciones que se les asigne, que les permita cumplir adecuadamente con las políticas trazadas por la entidad, en concordancia con el Plan de Desarrollo Concertado Local del Distrito de Ate 2017-2021 y Plan Estratégico Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate 2015-2018, las mismas que deben ser plasmadas en el Reglamento de Organización y Funciones, que es la herramienta normativa interna, básica y fundamental de la gestión gerencial que garantiza la transparencia en la definición de las funciones, en el marco de una cultura de servicios de calidad; Que, el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar Ordenanzas; Que, mediante Dictamen Nº 004-2017-MDA/CPAF, la Comisión de Planificación Estratégica, Administración y Finanzas recomienda al Pleno del Concejo Municipal, aprobar el proyecto de Ordenanza que modifica la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado por Ordenanza Nº 420-MDA y sus modificatorias; indicando elevar los actuados al Concejo Municipal para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por mayoría de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA PARCIALMENTE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ­ ROF DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE Artículo 1º.- APROBAR, la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado por Ordenanza Nº 420-MDA y modificatorias. Artículo 2º.- MODIFÍQUESE, el inciso 07.02 incluyendo el numeral 07.2.3; el inciso 07.7 modificando

Modifican la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 447-MDA Ate, 7 de julio del 2017

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.