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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2017 (19/07/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de julio de 2017 El Peruano / SALUD Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Lima para financiar el mantenimiento de infraestructura de establecimientos de salud, en zonas declaradas en Estado de Emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 557-2017/MINSA Lima, 17 de julio del 2017Visto, el Expediente Nº 17-035670-004 que contiene el Informe Nº 253-2017-OGPPM-OP/MINSA, elaborado por la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se expide la Resolución Ministerial Nº 1008-2016/MINSA, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos para el Año Fiscal 2017 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2017, se aprobaron medidas extraordinarias y urgentes sobre materia económica y fi nanciera, de carácter excepcional y transitorio, necesarias para estimular la economía así como la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados; Que, mediante el numeral 2.1 del artículo 2 del precitado Decreto de Urgencia, se autorizó la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de S/ 4 400 000 000,00 (CUATRO MIL CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), correspondiéndole al Ministerio de Salud la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), para ser destinado al fi nanciamiento de acciones de mantenimiento de la infraestructura de los establecimientos de salud en zonas declaradas en estado de emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados; Que, asimismo, el artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 004-2017, autoriza al Ministerio de Salud durante el Año Fiscal 2017 a realizar transferencias fi nancieras, hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de las unidades ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales, a fi n de fi nanciar el mantenimiento de la infraestructura de los establecimientos de salud, en zonas declaradas en estado de emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados, producidos hasta la culminación de la referida ocurrencia determinada por el órgano competente. Dichas transferencias fi nancieras se autorizan mediante Resolución Ministerial, y se publican en el diario O fi cial El Peruano. Que, en el marco de lo establecido en el tercer párrafo del precitado artículo del Decreto de Urgencia Nº 004-2017, el Despacho Ministerial ha establecido “Lineamientos para el Financiamiento de Acciones de Mantenimiento de la Infraestructura de los Establecimientos de Salud en el Marco del Decreto de Urgencia Nº 004-2017”, para la correcta y oportuna aplicación del Decreto de Urgencia Nº 004-2017, en lo que corresponde al mantenimiento de establecimientos de salud; Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud ha recibido la opinión favorable de la Dirección General de Operaciones en Salud, en base al Informe Técnico elaborado por la Dirección de Equipamiento y Mantenimiento de la citada Dirección General, para proceder en el marco de lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 004-2017, para realizar acciones de mantenimiento de la infraestructura de diversos establecimientos de salud que se encuentran afectados y localizados en las zonas declaradas en estado de emergencia en el ámbito de la Región Lima, para su fi nanciamiento respectivo; Que, por su parte, el artículo 16 de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directora Nº 030-2010-EF/76.01 y modi fi catorias, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de la transferencia fi nanciera; Que, conforme a lo señalado en el documento del visto, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización ha procedido a revisar el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001: Administración Central, veri fi cándose que la citada unidad ejecutora cuenta con presupuesto disponible en la Categoría Presupuestal Programa Presupuestal 0068: Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5005978: Atención frente a lluvias y peligros asociados, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; por lo que, resulta necesario autorizar una transferencia fi nanciera del Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL Y 00/100 SOLES, (S/ 3 178 000,00), a favor del Pliego 463: Gobierno Regional de Lima, para fi nanciar acciones de mantenimiento de la infraestructura de sus establecimientos de salud; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Planeamiento Presupuesto y Modernización, del Director General de la O fi cina General de Administración, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, de la Viceministra de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA; y, la “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y modi fi catorias, y del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 004-2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud hasta por la suma de TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL Y 00/100 SOLES, (S/ 3 178 000,00), a favor del Pliego 463: Gobierno Regional de Lima, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, para fi nanciar el mantenimiento de la infraestructura de los establecimientos de salud, en zonas declaradas en Estado de Emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 011: Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora 001: Administración Central, Programa Presupuestal 0068: Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencia por Desastres, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5005978: Atención frente a lluvias y peligros asociados, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, para lo cual la O fi cina General de Administración deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.