Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2017 (19/07/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

32

NORMAS LEGALES

Miércoles 19 de julio de 2017 /

El Peruano

debiendo ser aprobadas mediante Resolución del Titular y publicadas en el diario oficial El Peruano; Que, con Memorando Nº 1221-2017/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 214-2017/VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, por la suma de VEINTIDÓS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 22 273 693,00), y la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Categoría Presupuestal 0083: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001778: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, por la suma de VEINTE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES (S/ 20 639 280,00), a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud", destinada al financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua y saneamiento; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la transferencia financiera detallada en el considerando anterior, hasta por la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 42 912 973,00), a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud", destinada al financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua y saneamiento; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y, el Decreto de Urgencia Nº 004-2017, Decreto de Urgencia que aprueba medidas para estimular la economía así como para la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud" Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 42 912 973,00), con cargo a los recursos asignados a la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano y la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, en la Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud", destinada al financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua y saneamiento. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y

Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, por la suma de VEINTIDÓS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 22 273 693,00), y de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Categoría Presupuestal 0083: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001778: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, por la suma de VEINTE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES (S/ 20 639 280,00). Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1545463-1

Modifican las RR.MM. N°s. 028 y 178-2017-VIVIENDA, referentes a la Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2017 y a la Cuarta Convocatoria para el otorgamiento de Bonos Familiares Habitacionales 2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 270-2017-VIVIENDA Lima, 18 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 028-2017-VIVIENDA, se convoca a los Grupos Familiares, en su condición de beneficiarios de atención extraordinaria del Bono Familiar Habitacional - BFH, constituida por la población damnificada con viviendas colapsadas o inhabitables, por emergencias o desastres, a participar en la Primera Convocatoria del Programa Techo Propio para el año 2017, en la Modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio, para el otorgamiento de hasta 1,149 BFH a aplicarse en los distritos de Chivay, Yanque, Madrigal, Coporaque, Ichupampa, Lari, Tuti, Achoma, Cabanaconde, Huambo, Tapay de la provincia de Caylloma, región Arequipa; Que, asimismo, se dispone la apertura de los Registros del Programa Techo Propio en la Modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio, para lo cual la población señalada en el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 028-2017-VIVIENDA, puede inscribirse en los centros autorizados del Fondo MIVIVIENDA S.A. conforme a los plazos establecidos en el artículo 7 de la citada Resolución Ministerial; Que, mediante Oficio N° 207-2017-DDC-ARE/MC del 14 de febrero de 2017, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Arequipa del Ministerio de Cultura, adjunta la delimitación de los Centros Poblados del Valle del Colca, relacionados con el Decreto Supremo N° 062-2016-PCM, que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Chivay, Ichupampa, Achoma, Yanque, Maca, Madrigal y Coporaque de la provincia de Caylloma, Arequipa; y el Decreto Supremo N° 065-2016-PCM, que declara el Estado de Emergencia en los distritos de Cabanaconde, Huambo, Lari, Tapay y Tuti de la provincia de Caylloma, departamento de Arequipa; Que, el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 028-2017-VIVIENDA dispone que para la Primera

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.