Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2017 (10/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 10 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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7. LEPTOSPIROSIS: Los bovinos han recibido un tratamiento con un antimicrobiano reconocido como efectivo contra Leptospira en dosis recomendada por el fabricante o en base a literatura científica (indicar el nombre del producto, la dosis usada, fechas del tratamiento y vía de administración). 8. RABIA SILVESTRE: Los bovinos han permanecido durante los seis (6) meses anteriores al embarque en una explotación en la que no fue registrado ningún caso de Rabia durante por lo menos, los doce (12) meses anteriores al embarque. 9. BRUCELOSIS BOVINA (certificar lo que corresponda): Los bovinos proceden de rebaños oficialmente libre de Brucelosis bovina, y resultaron negativos a una de las siguientes pruebas de diagnóstico (indicar fecha y el laboratorio): - Una prueba de Antígeno tamponado, o - ELISA competitiva; o - Técnica de Polarización Fluorescente (FPA) Efectuadas durante los treinta (30) días anteriores al embarque (estas pruebas no se considerarán validas cuando se haga en hembras que hayan parido durante los catorce (14) días antes de su ejecución). 10. RINOTRAQUEITIS INFECCIOSA BOVINA/ VULVOVAGINITIS PUSTULAR Los bovinos han sido vacunados con una vacuna inactivada, entre 21 días y no más de seis meses, antes del embarque (indíquese la fecha de vacunación, nombre comercial del producto, número de lote, vía de administración). 11. CAMPILOBACTERIOSIS (certificar lo que corresponda) GENITAL BOVINA

15. PARATUBERCULOSIS Los bovinos resultaron negativos a una prueba de ELISA durante los treinta (30) días anteriores al embarque (indicar fecha y el laboratorio). 16. DIARREA VIRAL BOVINA Los bovinos resultaron negativos a una prueba de Inmunoperoxidasa efectuada durante los treinta (30) días anteriores al embarque (indicar fecha y el laboratorio) 17. ESTOMATITIS VESICULAR Los bovinos proceden de (certificar corresponda): lo que

a) Un país libre desde su nacimiento; o b) Durante los veintiún (21) días anteriores al embarque en una explotación en la que no se ha registrado ningún caso de estomatitis vesicular durante ese período. 18. CARBUNCO BACTERIDIANO Los bovinos no mostraron signos clínicos de la enfermedad en el período de la cuarentena pre embarque. 19. LENGUA AZUL - Los bovinos han sido protegidos contra las picaduras de Culicoides por lo menos los 14 días anteriores al embarque y durante el transporte al lugar de salida; y - Los bovinos dieron resultados negativos a una prueba de ELISA o prueba de reacción en cadena de la polimerasa (PCR) realizada durante el aislamiento. 20. Los bovinos fueron tratados contra parásitos internos y externos dentro de los treinta días previos al embarque (indicar nombre del nombre del producto, dosis, laboratorio productor y fecha de tratamiento). 21. Los bovinos fueron examinados previos al embarque por un Veterinario Oficial del CFIA, quien ha comprobado que no presentaron evidencia de enfermedades infecciosas o contagiosas; tampoco se encontró heridas con huevos o larvas de moscas durante la inspección. 22. Los bovinos fueron transportados directamente del establecimiento de cuarentena al puerto de embarque en vehículos que fueron lavados y desinfectados y no tuvieron contacto con otros animales durante su movilización. PARÁGRAFO: I. Los certificados deberán ser emitidos en idioma español. II. Los bovinos no harán su tránsito o escala por un país infectado de Lengua Azul. III. Al llegar al país los bovinos permanecerán en cuarentena por un periodo de 30 días, en un lugar autorizado por el SENASA, sometiéndose a las medidas sanitarias que se dispongan. 1530841-2

a. Los bovinos machos o hembras nunca fueron usados para monta natural; o b. Los bovinos machos han montado únicamente hembras vírgenes; o c. Los bovinos machos/hembras que han sido montadas resultaron negativos a cultivos de semen y de muestras prepuciales/mucus vaginal para la detección del agente causal de campilobacteriosis genital bovina (indicar la prueba oficial donde se mencione la fecha y el laboratorio), durante la cuarentena. 12. TRICOMONIASIS (certificar lo que corresponda) a. Los bovinos machos o hembras nunca fueron usados para monta natural, o b. Los bovinos machos han montado únicamente hembras vírgenes; o c. Los bovinos machos o hembras que hayan sido montadas, resultaron negativos al examen microscópico directo y al cultivo de muestras prepuciales/mucus vaginal (indicar la prueba oficial donde se mencione la fecha y el laboratorio), durante la cuarentena. 13. TUBERCULOSIS Los bovinos proceden de un predio oficialmente libre de tuberculosis bovina y dieron resultados negativos (sin cambios visibles o palpables en el sitio de la inyección, entre dos lecturas hechas) a una prueba de tuberculina en el pliegue ano caudal con tuberculina bovina PPD (efectuada durante los treinta (30) días previos al embarque). 14. LEUCOSIS BOVINA a. Los bovinos proceden de un establecimiento donde no se ha registrado la enfermedad clínica o el examen post-mortem durante los dos (02) últimos años; y b. Los bovinos resultaron negativos a la prueba de ELISA efectuada durante los 30 días anteriores al embarque (indicar fecha y el laboratorio).

AMBIENTE
Formalizan incorporación de perfiles de puestos al Manual de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante R.M. Nº 068-2011-MINAM
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 024-2017-MINAM Lima, 9 de junio de 2017 Visto; el Memorando N° 408-2017-MINAM/SG de la Secretaría General; el Memorando N° 310-2017-MINAM/ VMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Memorando N° 340-2017-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión

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