Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2017 (10/06/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

22

NORMAS LEGALES

Sábado 10 de junio de 2017 /

El Peruano

Que, el literal b. del numeral 4.2 del artículo 4 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224, modificado por el Decreto Supremo N° 068-2017-EF, establece que la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada, dicta lineamientos técnico normativos, sobre aspectos establecidos en la Ley y el Reglamento, en materia de asignación de riesgos, garantías y cofinanciamiento, pasivos contingentes, informe multianual de inversiones en Asociaciones Público Privadas y parámetros generales para el diseño de Contrato de Asociaciones Público Privadas; Que, el numeral 14.1 del artículo 14 del citado Reglamento, modificado por el Decreto Supremo N° 0682017-EF, establece que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas es el instrumento de gestión elaborado por cada Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local que tiene como finalidad identificar los potenciales proyectos de Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos a fin de ser incorporados al proceso de promoción de la inversión privada en los siguientes tres (03) años a su emisión, para lo cual pueden solicitar asistencia técnica a PROINVERSIÓN o al Ministerio de Economía y Finanzas. Asimismo, el numeral 14.2 dispone que es responsabilidad del Comité de Promoción de la Inversión Privada la elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas; Que, en este contexto, resulta necesario aprobar los Lineamientos para la elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas para el año 2017, a fin de orientar la elaboración de dicho Informe, correspondiente al presente ejercicio fiscal; Que, el artículo 145 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 117-2014-EF, señala que la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada tiene entre otras funciones la de formular y proponer la política nacional para el desarrollo y promoción de la inversión privada en los diversos sectores de la actividad económica nacional; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el numeral 3) del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1224; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar los "Lineamientos para la Elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas para el año 2017", y sus respectivos anexos, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la Sección de Inversión Privada, en la misma fecha de la publicación oficial de la presente norma. Asimismo, dispóngase la publicación de los "Lineamientos para la Elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociación Público Privadas para el año 2017" y sus respectivos anexos, en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la Sección de Inversión Privada, en la misma fecha de la publicación oficial de la presente norma. Artículo 3.- Vigencia La presente Resolución Directoral entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAMILO CARRILLO PURÍN Director General Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada 1531198-1

EDUCACION
Modifican el Anexo de la R.M. Nº 111-2017-MINEDU, que aprobó el Cuadro que contiene el detalle de los eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el año 2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 336-2017-MINEDU Lima, 9 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo de la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en adelante la Ley, autoriza al Ministerio de Educación y a los gobiernos regionales, con cargo a su presupuesto institucional, a financiar el pago de pasajes y viáticos de los participantes en los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación que el Sector Educación organice y ejecute, según corresponda, los mismos que deberán ser autorizados mediante resolución del Ministerio de Educación que establezca los eventos a realizarse durante el 2017, así como la condición y cantidad de participantes por cada evento; Que, asimismo, la citada Disposición Complementaria Final establece que los viáticos que se otorguen en el marco de lo antes establecido se sujetan a los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-EF; Que, con Resolución Ministerial Nº 111-2017-MINEDU se aprobó el Cuadro que contiene el detalle de los eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el año 2017, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos serán financiados con cargo a los recursos del Pliego 010: Ministerio de Educación, el mismo que como Anexo forma parte de la citada Resolución, el cual fue modificado por Resoluciones Ministeriales N°s. 120-2017-MINEDU y 261-2017-MINEDU; Que, mediante el Oficio Nº 396-2017-MINEDU/VMGPDIGESE-DEBE y los Memorandos N°s. 193-2017-MINEDU/ SG-OGCI y 200-2017-MINEDU/CNE, la Dirección General Servicios Educativos Especializados, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales y el Consejo Nacional de Educación, respectivamente, en el ámbito de sus competencias, remiten a la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, el detalle de nuevos eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados por dichos órganos y ejecutados por el Ministerio de Educación durante el año 2017, así como la condición y cantidad de los participantes por cada concurso, evento y actividad, respecto de los cuales se requiere el financiamiento de pasajes y viáticos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional del Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en el segundo párrafo de la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley; Que, asimismo, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, a través del documento que se hace referencia en el párrafo precedente, solicita la exclusión de los eventos y actividades de formación y capacitación a su cargo, contenidos en el Anexo que fue aprobado por la Resolución Ministerial N° 111-2017-MINEDU y modificatorias, por cuanto no se realizarán durante el presente año; Que, con Memorando N° 529-2017-MINEDU/VMGIDIGC, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar sustenta la necesidad de modificar la información de los eventos y actividades de formación y capacitación a su cargo, contenidos en el Anexo que fue aprobado

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.