Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2017 (10/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 10 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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por la Resolución Ministerial N° 111-2017-MINEDU y modificatorias, referida a la reprogramación de fechas, nombre del evento o actividad, condición y cantidad de sus participantes y variación del presupuesto asignado para su realización, como consecuencia de los fenómenos climatológicos acontecidos en el país; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, mediante Informe N° 378-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, manifiesta que la documentación remitida por los órganos que se hace referencia en los considerandos precedentes, ha sido revisada y consolidada, habiéndose determinado el detalle de los nuevos eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados por los mencionados órganos y ejecutados por el Ministerio de Educación durante el año 2017, así como la condición y cantidad de sus participantes, respecto del cual se ha verificado que en el Pliego 010: Ministerio de Educación, a través de sus Unidades Ejecutoras 024 ­ Sede Central y 026 ­ Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, se cuenta con los recursos para atender el pago de pasajes y viáticos, resultando acorde con las disposiciones respecto del otorgamiento de viáticos por viajes en comisión de servicios a nivel nacional aprobados por Decreto Supremo Nº 007-2013-EF, concluyendo que resulta necesario modificar el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 111-2017-MINEDU, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 120-2017-MINEDU y 261-2017-MINEDU, con la finalidad de incorporar nuevos eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados por la Dirección de Educación Básica Especial de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, el Consejo Nacional de Educación y la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, y ejecutados por el Ministerio de Educación durante el año 2017; excluir del citado Anexo los eventos y actividades de formación y capacitación a cargo de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; y modificar la información contenida en el citado Anexo, respecto a la reprogramación de fechas, nombre del evento o actividad, condición y cantidad de participantes y variación del presupuesto asignado para la realización de los eventos y actividades de formación y capacitación a cargo de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley N° 26510; y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el Anexo de la Resolución Ministerial Nº 111-2017-MINEDU, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 120-2017-MINEDU y 261-2017-MINEDU, que aprobó el Cuadro que contiene el detalle de los eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el año 2017, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos serán financiados con recursos del Pliego 010: Ministerio de Educación, el mismo que como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www. minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1531184-1

Designan Directora de la Dirección de Relaciones Intergubernamentales de la Dirección General de Gestión Descentralizada, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 337-2017-MINEDU Lima, 9 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 589-2016-MINEDU, se designó al señor JOSE CARLOS DANIEL VERA CUBAS en el cargo de Director de la Dirección de Relaciones Intergubernamentales de la Dirección General de Gestión Descentralizada, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta necesario aceptar la referida renuncia y designar a la funcionaria que ejercerá el cargo de Directora de la Dirección de Relaciones Intergubernamentales; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor JOSE CARLOS DANIEL VERA CUBAS al cargo de Director de la Dirección de Relaciones Intergubernamentales de la Dirección General de Gestión Descentralizada, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora CLAUDIA MARIA SANCHEZ LANNING en el cargo de Directora de la Dirección de Relaciones Intergubernamentales de la Dirección General de Gestión Descentralizada, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1531184-2

ENERGIA Y MINAS
Aceptan renuncia de Presidente Directorio de PERUPETRO S.A.
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2017-EM Lima, 9 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, creó a la empresa PERUPETRO S.A., empresa estatal de derecho privado del Sector Energía y Minas, organizada como sociedad anónima de acuerdo con la Ley General de Sociedades; Que, el artículo 12 de la Ley de Organización y Funciones de PERUPETRO S.A., Ley Nº 26225, dispone

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