Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2017 (10/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Sábado 10 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, el señor Guillermo Santiago Thornberry Villarán ha formulado su renuncia al mencionado cargo, por lo que resulta necesario aceptar su renuncia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26225, Ley de Organización y Funciones de PERUPETRO S.A.; en el Decreto Supremo Nº 002-2002-EM que aprueba la adecuación del Estatuto Social de PERUPETRO S.A.; y en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia del señor Guillermo Santiago Thornberry Villarán en el cargo de miembro del Directorio de PERUPETRO S.A., en representación del Ministerio de Energía y Minas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1530634-1

derecho privado del Sector Energía y Minas, organizada como sociedad anónima de acuerdo con la Ley General de Sociedades; Que, el artículo 12 de la Ley Nº 26225, Ley de Organización y Funciones de PERUPETRO S.A., dispone que el Directorio del PERUPETRO S.A. estará integrado por cinco (5) miembros; cuyo Presidente será designado por Resolución Suprema y los cuatro (4) restantes por Resolución Ministerial; y, estará conformado, entre otros, por dos (2) miembros en representación del Ministerio de Energía y Minas; Que, encontrándose vacante un cargo de representante del Ministerio de Energía y Minas ante el Directorio de la empresa Perupetro S.A., es necesario designar al funcionario que lo desempeñará; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26225, Ley de Organización y Funciones de PERUPETRO S.A.; en el Decreto Supremo Nº 002-2002-EM que aprueba la adecuación del Estatuto Social de PERUPETRO S.A.; y en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Víctor Raúl Sanz Parra como miembro del Directorio de PERUPETRO S.A., en representación del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1530632-1

Designan miembros del Directorio de PERUPETRO S.A., en representación del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 246-2017-MEM/DM Lima, 7 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, creó a la empresa PERUPETRO S.A., empresa estatal de derecho privado del Sector Energía y Minas, organizada como sociedad anónima de acuerdo con la Ley General de Sociedades; Que, el artículo 12 de la Ley Nº 26225, Ley de Organización y Funciones de PERUPETRO S.A., dispone que el Directorio del PERUPETRO S.A. estará integrado por cinco (5) miembros; cuyo Presidente será designado por Resolución Suprema y los cuatro (4) restantes por Resolución Ministerial; y, estará conformado, entre otros, por dos (2) miembros en representación del Ministerio de Energía y Minas; Que, encontrándose vacante un cargo de representante del Ministerio de Energía y Minas ante el Directorio de la empresa Perupetro S.A., es necesario designar al funcionario que lo desempeñará; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26225, Ley de Organización y Funciones de PERUPETRO S.A.; en el Decreto Supremo Nº 002-2002-EM que aprueba la adecuación del Estatuto Social de PERUPETRO S.A.; y en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor José Luis Carlos Balta Chirinos como miembro del Directorio de PERUPETRO S.A., en representación del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1530635-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 248-2017-MEM/DM Lima, 7 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, creó a la empresa PERUPETRO S.A., empresa estatal de

INTERIOR
Establecen disposiciones para la prestación de servicios policiales extraordinarios por parte de la Policía Nacional del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 552-2017-IN Lima, 9 de junio de 2017 VISTOS: El Informe Nº 0040-2017-IN-PNP-SUBDIRGEN/ DIVSEEPI-DEPPOLPUB, del 2 de junio de 2017, complementado con el Informe Nº 0042-2017-IN-PNPSUBDIRGEN/DIVSEEPI-DEPPOLPUB, del 8 de junio de 2017, del Departamento de Políticas Públicas de la División de Supervisión, Evaluación de Estrategias y Planes Institucionales de la Subdirección General de la Policía Nacional Perú; el Oficio N° 001436-2017/IN/ OGPP, del 8 de junio de 2017, de la Oficina General de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000060-2017/ IN/OGPP/OMD, del 8 de junio de 2017, de la Oficina Modernización y Desarrollo Institucional de la Oficina General de Planificación y Presupuesto; y, el Informe N° 000911-2017/IN/OGAJ, del 8 de junio de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, señala que el Sector Interior comprende al Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú, a los Organismos Públicos y al Fondo de Aseguramiento adscrito a él; Que, conforme a los artículo 4 y 5 del referido Decreto Legislativo, el Ministerio del Interior ejerce competencia exclusiva a nivel nacional en materia de orden interno y orden público, formula, planea, dirige, coordina, ejecuta, supervisa y evalúa las políticas públicas nacionales y sectoriales, planes, programas y proyectos, aplicables a todos los niveles de gobierno, ejerciendo rectoría respecto de ellos y, en particular, supervisa y evalúa el funcionamiento de la Policía Nacional del Perú;

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