Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2017 (22/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Jueves 22 de junio de 2017 /

El Peruano

de Planeamiento e Inversiones, el Informe Nº 95-2017MTPE/4/12.03 de la Oficina General de Recursos Humanos, el Informe N° 759-2017-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Oficio Nº 21-2017-SUNAFIL/SG-OGPP de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1252 "Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública", tiene por finalidad orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del citado decreto legislativo, señala que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; así como, los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, conforme a lo establecido por el literal d) del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, le corresponde al Ministro como órgano resolutivo del sector, entre otros, designar al (los) responsable (s) de la (s) Unidad (es) Formuladora (s) de su sector; siempre que cumplan con el perfil profesional establecido por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 4.4 del artículo 4 de la Directiva N° 001-2017-EF/63.01 "Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones", aprobada por Resolución Directoral N° 001-2017EF/63.01, establece que el Titular de entidad como órgano resolutivo designa al órgano que realizará las funciones de Unidad Formuladora (UF), así como a su Responsable, quien debe cumplir con el perfil profesional establecido en el Anexo Nº 02 de dicha Directiva: Perfil Profesional del Responsable de la Unidad Formuladora; Que, asimismo, el numeral 4.5 del artículo 4 de la referida directiva, señala que la Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI) es la unidad orgánica de una entidad sujeta al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, designada por el Titular de la entidad como órgano resolutivo y registrada por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI); Que, mediante Oficio Nº 260-2017-MTPE/4/9 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto eleva el Informe Técnico Nº 154-2017-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, que da su conformidad a las propuestas de las Unidades Formuladoras del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, y sus responsables; así como de las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, adjuntando los Formatos Nº 02 y Nº 03 para sus Registros en el Banco de Inversiones; Que, la Oficina General de Recursos Humanos mediante Informe Nº 95-2017-MTPE/4/12.03, establece que la persona propuesta como responsable de la Unidad Formuladora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, cumple con los requisitos para su designación establecidos en el Perfil Profesional del Responsable de la Unidad Formuladora, contenida en el Anexo Nº 02 de la citada Directiva Nº 001-2017-EF/63.01; Que, la Oficina de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral mediante Informe Nº 251-2017-SUNAFIL/OGA.ORH, señala que la persona propuesta como responsable de la Unidad Formuladora de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, cumple con los requisitos para su designación conforme el Perfil Profesional del Responsable de la Unidad Formuladora, contenida en el Anexo Nº 02 de la referida Directiva Nº 001-2017EF/63.01;

Que, estando a lo antes señalado y según lo dispuesto por la normativa citada, corresponde al Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo designar a los órganos que realizarán las funciones de Unidades Formuladoras y Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, y a los responsables de las Unidades Formuladoras; Con las visaciones de los Jefes de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Legislativo Nº 1252 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2017-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a los órganos que realizarán las funciones de Unidades Formuladoras del Sector Trabajo y Promoción del Empleo; así como, a sus respectivos Responsables, según se detalla a continuación: · Oficina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y como responsable de dicha unidad al señor Economista Oliver Jesús Gutiérrez Esquicha. · Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, y como responsable de dicha unidad al señor Ingeniero Economista Juan Gabriel Rivera Casamayor. Artículo 2.- Designar a los órganos que realizarán las funciones de Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, según se detalla a continuación: · Oficina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. · Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral. Artículo 3.- La presente resolución será publicada en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1535932-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento para el Reaprovechamiento de los Lodos generados en las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales
DECRETO SUPREMO Nº 015-2017-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el inciso 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú señala que las personas tienen derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;

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