Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2017 (10/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Viernes 10 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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universidades, organizaciones de la sociedad civil e instituciones representativas del sector empresarial, profesional y laboral de la jurisdicción. 3. En todos los casos, las personas naturales o jurídicas de la jurisdicción provincial y/o distrital, formulan sus observaciones y recomendaciones, debidamente sustentadas y por escrito, dentro del plazo establecido en el numeral 1) del presente artículo. 4. En el caso del PAT, el proyecto de Plan es remitido al respectivo Gobierno Regional para que dentro del plazo establecido en el numeral 1), emita opinión, incluidas sus observaciones y recomendaciones, si lo estima conveniente. En los casos de PDM, PDU o EU, el proyecto del Plan es remitido a las Municipalidades Distritales involucradas de su jurisdicción para que dentro del plazo establecido en el numeral 1) emitan su opinión incluidas sus observaciones y recomendaciones, si lo estiman conveniente; Que, el Art. 43º del Reglamento acotado, señala que concluidos los procedimientos establecidos en el artículo anterior, el Concejo Provincial, mediante Ordenanza, aprueba el Plan de Acondicionamiento Territorial, el Plan de Desarrollo Metropolitano, el Plan de Desarrollo Urbano, Esquema de Ordenamiento Urbano y/o Plan Específico, según corresponda. Cada uno de estos planes tendrá una vigencia de diez (10) años contados a partir de su publicación; vencido este plazo se procederá a su actualización; Que, mediante Informe Nº 621-2016-JVAH-SGOPGODUR-MPC, de fecha 21 de octubre del 2016, la Sub Gerencia de Obras Privadas, concluye que el expediente cumple con la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano para la Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de San Vicente, a través del Procedimiento de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación, solicitando se inicie la difusión de la propuesta de modificación del Plan de Desarrollo Urbano referido; Que, Mediante Informe Nº 714-2016-KVFP-SGOPGODUR-MPC, con fecha 26 de diciembre del 2016, la Sub Gerencia de Obras Privadas, se ha seguido los procedimientos administrativos establecidos en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano para la Modificación del plan urbano a través del procedimiento de anexión al área urbana y Asignación de Zonificación, se ha cumplido con el periodo de difusión de la Propuesta de Modificación del Plan en la Municipalidad Provincial, por un periodo de 30 días calendarios, asimismo, no ha ingresado a la oficina de tramite documentario de la MPC expedientes administrativos presentados por personas naturales o jurídicas de la Provincia formulando observaciones o recomendaciones debidamente sustentadas y por escrito , dentro de los 30 días calendarios de difusión de la propuesta, se ha cumplido con la cancelación de estas tasas en la Municipalidad Provincial de Cañete por derecho de Anexión de Predio al área Urbana y Asignación de Zonificación, solicitado por la Empresa Lotizadora Iber Perú S.A.C.; Que, mediante Informe Legal Nº 16-2017-GAJMPC de fecha 10 de enero del 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye: 1) Que, es factible aprobar la Modificación del Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, a través del procedimiento de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación, para el predio de propiedad de LOTIZADORA IBER PERÚ S.A.C., con U.C. 10750, código P03079808, que cuenta con un área de 32,000.00 m2, jurisdicción del distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima; Que, mediante Dictamen Nº 01-2017-CODURMPC de fecha 26 de enero del 2017, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, sugiere: 1) Aprobar la Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de San Vicente a tráves de los procedimientos administrativos de Anexión del Área Urbana y Asignación de Zonificación, solicitada por la Empresa LOTIZADORA IBER PERU SAC, del predio ubicado en el Lote B1 ex Fundo Hualcará Nº Parcela 136, código catastral 10750, proyecto Fortaleza Valle Cañete, con un área de

3.20 Has, en la jurisdicción del distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrita en la Partida Electrónica Nº P03079808, de la Zona Registral Nº IX Sede Lima- Oficina Registral Cañete, Zonificación Residencial Densidad Media (R-3 R-4); Que, por tales consideraciones y al amparo de lo dispuesto en el numeral 8) y 9) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, contando con el voto unánime; y con dispensa de la lectura y aprobación del acta; se aprobó la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO DE SAN VICENTE, PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA, A TRAVÉS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN SOLICITADA POR LOTIZADORA IBER PERÚ S.A.C. Artículo 1º.- Aprobar la Modificación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de San Vicente, a través de los Procedimientos de Anexion al Area Urbana y Asignacion de Zonificacion solicitada por el señor Santiago Loo Lynch , del predio que cuenta con un área de 3.20 has., ubicado en el lote B1 Ex Fundo Hualcará Nº de Parcela 136 , Proyecto Fortaleza Valle Cañete, U.C. 10750, jurisdicción del distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima de propiedad de LOTIZADORA IBER PERU S.A.C. debidamente inscrito en la Partida Electrónica Nº P03079808 de la Zona Registral Nº IX Sede Lima- Oficina Registral Cañete; cuyos parámetros normativos son los que se indican en el cuadro siguiente: Zonificación Residencial Densidad Media (R-3 y R-4) cuyos párametros normativos son los que se indican en el cuadro siguientes:
ALTURA LOTE DENSIDAD FRENTE DE ÁREA MINIMO NETA MÍNIMO EDIFICALIBRE EN (M2) (HAB/HA) CIÓN 90.00240.00 160.00 -200.00 240.00300.00 6.00 8.00 ­ 10.00 8.00 3 PISOS 3 (1) 200 ­ 250 250 - 500 30 % 30 % ESTACIONAMIENTO MINIMO NO EXIGIBLE 1 CADA 2 VIVIENDAS 1 CADA 2 VIVENDAS 1 CADA 2 VIVIENDAS

USOS

UNIFAMILIAR BIFAMILIAR MULTIFAMILIAR (1)

4

600

30 %

CONJUNTO 1600.00 RESIDENCIAL

20.00

4-5 (3)

600

30 %

Artículo 2º.- Precisar que el Plano de Propuesta de Zonificación, lámina PZ.-01 y la Memoria Justificativa de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación debidamente aprobados por la Sub. Gerencia de Obras Privadas de esta Municipalidad, forman parte de la zonificación aprobada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Disponer que la Municipalidad Provincial de Cañete, incorpore el Plano de Propuesta de Zonificación, lámina PZ-01 al Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de San Vicente, aprobada en el Artículo 1º, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática a tráves de la Sub Gerencia de Racionalización y Estadística e Informática, la presente Ordenanza se publique en el portal de la Municipalidad Provincial de Cañete, y a la Gerencia de Secretaría General en coordinación con las áreas correspondientes la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1494325-1

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