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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2017 (17/03/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 34

34 Viernes 17 de marzo de 2017 / El Peruano Que, mediante Resolución Osinergmin N° 187- 2014-OS/CD se aprobó la norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas”, en base a la cual se reconocen los costos en que incurren las Empresas de Distribución Eléctrica (en adelante “Norma Costos FISE”) y en cuyo Artículo 14.1 se dispone que los Costos Estándares Unitarios considerarán las diferentes condiciones que las empresas desarrollan en sus actividades relacionadas con el Programa FISE y se estructurarán como costos e fi cientes que se reconocerán para cada una de dichas actividades; Que, si bien la aprobación de Costos Estándares Unitarios se prevé en la referida norma para una vigencia de dos años, sin embargo por efecto del Decreto Supremo 033-2016-EM, publicado el 16 de diciembre del 2016, tratándose de empresas concesionarias de propiedad del Estado, el Encargo Especial que han recibido para las actividades operativas de la compensación social y promoción para el acceso al GLP, concluye el 31 de diciembre del 2018; en consecuencia, sin exceder los límites del plazo previsto en la Norma Costos FISE, la nueva fi jación debe establecerse para el periodo comprendido entre el 16 de mayo del 2017 y 16 de mayo del 2019 o cuando concluya el Encargo Especial, según se trate de una empresa concesionaria privada o una empresa concesionaria de propiedad del Estado, respectivamente. Que, mediante la Resolución N° 012-2015-OS/ GRT se aprobaron los Costos Estándares Unitarios aplicables hasta el 15 de mayo del 2017, siendo necesaria la aprobación de los Costos Estándares Unitarios para el periodo siguiente, según los plazos indicados en el considerando precedente; Que, en cumplimiento de lo previsto en el numeral 15.1 de la Norma Costos FISE, diversas empresas han presentado su propuesta de Costos Estándares Unitarios. Por su parte, la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin procedió a revisar, analizar y sistematizar la información recibida, habiendo determinado los Costos Estándares Unitarios que corresponde ser aprobados para cada una de las Empresas Distribuidoras Eléctricas; Que, en cumplimiento de lo previsto en el Artículo 16.3 de la Norma Costos FISE, mediante Resolución Osinergmin N° …..-2017-OS/GRT, se dispuso la publicación en el diario o fi cial El Peruano y en la página web de Osinergmin, del proyecto de resolución que aprueba los Costos Estándares Unitarios de las Distribuidoras Eléctricas para la implementación y operatividad del FISE; estableciéndose en dicha resolución un plazo de diez días hábiles para que los interesados remitieran sus opiniones y sugerencias sobre el referido proyecto; Que, los comentarios y sugerencias presentados han sido analizados en los Informes N° …. y ……-2017-GRT, habiéndose acogido aquellos que contribuyen con el objetivo de la presente resolución, correspondiendo la aprobación fi nal de los Costos Estándares Unitarios; Que, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 14.1 de la Norma Costos FISE, para el reconocimiento de las actividades vinculadas con el Programa FISE, con excepción de Desplazamiento de Personal y Actividades Extraordinarias, Osinergmin aprobará los Costos Estándares Unitarios de cada una de las Zonas de Atención FISE a que se re fi ere el Artículo 5° de la citada norma, los cuales serán aplicables a cada Empresa Distribuidora Eléctrica; Que, fi nalmente se han emitido el Informe Técnico N° ….-2017-GRT y el Informe Legal N° ….-2017-GRT de la División de Distribución Eléctrica y de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, respectivamente, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el numeral 4 del Artículo 3°, de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM; en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM; y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modi fi catorias, complementarias y conexas; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar los Costos Estándares Unitarios de las Distribuidoras Eléctricas para la implementación y operatividad del FISE, de acuerdo al detalle contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- La presente resolución será vigente para el periodo comprendido entre el 16 de mayo del 2017 y 16 de mayo del 2019 o cuando concluya el Encargo Especial asignado a las empresas estatales, según se trate de una empresa concesionaria privada o una empresa concesionaria de distribución de energía eléctrica del Estado, respectivamente. Artículo 3°.- La presente resolución y su Anexo deberán ser publicados en el diario o fi cial El Peruano y consignados conjuntamente con los Informes N° 0124-2017-GRT y N° 123-2017-GRT en la página web de OSINERGMIN. ANEXO COSTOS ESTÁNDARES UNITARIOS POR ZONA DE ATENCIÓN FISE 1. Zona Rural Costos Estándares Unitarios Fijado para zona Rural (Soles) EmpresaFISE-14A Costo Unitario por EmpadronamientoCosto Unitario por Agente GLP Adinelsa 9.25 32.60 Chavimochic 2.66 0.00 Eilhicha 2.55 164.04 Electro Dunas 1.74 26.00 Electro Oriente Amazonas Cajamarca1.79 73.55 Electro Oriente Loreto 3.58 197.50 Electro Oriente San Martín 3.42 0.00 Electro Pangoa 2.24 14.00Electro Puno 8.72 Electro Puno Sandia 8.72 Electro Sur Este 8.69 39.45Electro Sur Este Chumbivilcas 14.79 52.45 Electrocentro 9.41 261.00 Electronoroeste 10.04 100.00Electronorte 9.39 164.36 Emseusac 0.01 0.00 Hidrandina 10.48 245.44Seal 7.75 Seal Condesuyos 12.92PROYECTO