Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2017 (18/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Sábado 18 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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VISTO, el escrito de registro Nº T-167726-2016 presentado por el señor MANUEL JHONY MEJIA CRUZADO sobre otorgamiento de autorización por Concurso Público para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Bagua-Bagua Grande, departamento de Amazonas; CONSIDERANDO: Que, el artículo 16 de la Ley de Radio y Televisión, aprobada por la Ley Nº 28278, y sus modificatorias, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por Concurso Público. El Concurso Público es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda es menor al número de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 21292015-MTC/28, se aprobaron las Bases del Concurso Público Nº 01-2015-MTC/28, para el otorgamiento de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora, en las modalidades comercial y educativa, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra el servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de BaguaBagua Grande, departamento de Amazonas; Que, con fecha 18 de marzo de 2016, se llevó a cabo el Acto Público Único: Recepción y Apertura de Sobres Nº 3 y 4 y el Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Público Nº 01-2015-MTC/28, adjudicándose la Buena Pro al señor MANUEL JHONY MEJIA CRUZADO, para la autorización del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de BaguaBagua Grande, departamento de Amazonas; Que, el artículo 19 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052015-MTC, establece que la autorización para prestar el servicio de radiodifusión es concedida mediante Resolución del Viceministro de Comunicaciones; Que, con Resolución Viceministerial Nº 078-2004MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para las localidades del departamento de Amazonas, entre las cuales se encuentra la localidad de Bagua-Bagua Grande; Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias para la referida banda y localidad, establece 2 KW. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según Resolución Ministerial Nº 358-2003MTC/03 que aprobó las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión y sus modificatorias, las estaciones que operen en el rango mayor a 1 KW., y máximo de 15 KW. de e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena y a una máxima altura efectiva de 90 metros, se clasifican como Estaciones de Servicio Primario Clase "C"; Que, mediante Informe Nº 3498-2016MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones considera que el señor MANUEL JHONY MEJIA CRUZADO, ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demás disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Público Nº 01-2015-MTC/28, así como con la presentación de la documentación técnica y legal requerida, por lo que resulta viable otorgar a la referida persona, la autorización y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, y sus modificatorias; el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modificatorias; las Bases del Concurso Público N° 01-2015-MTC/28, aprobadas mediante Resolución Directoral Nº 2129-2015-MTC/28; el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias para el Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Bagua-Bagua Grande, departamento de Amazonas, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 078-2004-MTC/03; las Normas Técnicas del Servicio

de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización al señor MANUEL JHONY MEJIA CRUZADO, por el plazo de diez (10) años para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de BaguaBagua Grande, departamento de Amazonas, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación: Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Características Técnicas: Indicativo : OCO-9I Emisión : 256KF8E Potencia Nominal del Transmisor : 1 KW. Potencia Efectiva Radiada (e.r.p.) : 1.472 KW. Clasificación de Estación : PRIMARIA CLASE "C" Ubicación de la Estación: Estudios : Jirón Francisco Pizarro s/n (Cuadra 5), distrito de Bagua Grande, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas. : Longitud oeste : 78º 26' 45.6'' Latitud sur : 05º 45' 16.6'' : Sector Rural ­ La Lomada, distrito de Bagua Grande, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas. : Longitud oeste : 78º 26' 06.1'' Latitud sur : 05º 46' 01.5'' : El área comprendida dentro del contorno de 66 dBv/m : RADIODIFUSIÓN SONORA EN FM : 105.9 MHz. : COMERCIAL

Coordenadas Geográficas Planta Transmisora

Coordenadas Geográficas Zona de Servicio

La máxima e.r.p. de la localidad de Bagua-Bagua Grande, departamento de Amazonas, es de 2 KW., de conformidad con lo establecido en su Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, aprobado por Resolución Viceministerial N° 078-2004-MTC/03. La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusión correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el artículo 52 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorización previa otorgada por la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorización y permiso concedidos se computará a partir de la fecha de notificación de la presente resolución, la cual además, será publicada en el Diario Oficial "El Peruano". En virtud a lo indicado en el numeral 26 de las Bases del Concurso Público N° 01-2015-MTC/28, los adjudicatarios que propusieron transmitir más del 30% de contenido local en su programación, no podrán transmitir un porcentaje inferior o igual al 30% del contenido local en su programación; caso contrario quedará sin efecto la autorización. Artículo 2°.- Si con posterioridad al otorgamiento de la presente autorización, la estación radiodifusora generara interferencias a los sistemas de radionavegación, el titular deberá adoptar las medidas correctivas a efectos de no ocasionar interferencias.

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