Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2017 (09/05/2017)


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NORMAS LEGALES

Martes 9 de mayo de 2017 /

El Peruano

objetiva descrita en el considerando anterior, como es el caso del fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte, quede consentido y, recién en ese escenario, pueda el Jurado Nacional de Elecciones convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos. 4. En tal sentido, en vista de que se tiene por acreditada la causal de vacancia contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la LOM, mediante la copia certificada del acta de defunción de fecha 23 de febrero de 2017 (fojas 7), y con la finalidad de no perjudicar la gobernabilidad de la gestión municipal, la misma que podría verse alterada con la innecesaria espera del plazo para que la decisión del concejo que declara la vacancia por fallecimiento quede consentida, corresponde dejar sin efecto la credencial que se otorgó como regidor distrital a Zacarías Camani Champi y convocar al suplente, de conformidad con el artículo 24, numeral 2, de la LOM, que establece que en caso de vacancia o ausencia del regidor lo reemplaza el suplente, respetando la precedencia establecida en su lista electoral, y en el supuesto de que no haya suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, que deben ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio. 5. Así las cosas, y teniendo en cuenta el acta de proclamación de resultados, emitida por el Jurado Electoral Especial de Canchis, con motivo de las elecciones municipales de 2014, para completar el número de regidores, corresponde convocar a Mercy Roselin Mamani Aparicio, identificada con DNI Nº 48259372, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Regional Acuerdo Popular Unificado, para que asuma, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Combapata. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Zacarías Camani Champi, como regidor del Concejo Distrital de Combapata, provincia de Canchis, departamento de Cusco, emitida con motivo de las elecciones municipales 2014, por la causal de fallecimiento establecida en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Mercy Roselin Mamani Aparicio, identificada con DNI Nº 48259372, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Combapata, provincia de Canchis, departamento de Cusco, y complete así el periodo de gobierno municipal 2015-2018, por lo que se le otorgará la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Marallano Muro Secretaria General (e) 1517867-4

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a CMAC Piura S.A.C. el traslado de agencia ubicada en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 1623-2017 Lima, 24 de abril de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por CMAC Piura S.A.C. para que se le autorice el traslado de su Agencia La Molina, ubicada en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 3287-2010 del 16.04.2010, se autorizó la apertura de la Agencia La Molina, ubicada en Av. La Fontana Mz. H Lote 2 (Av. La Fontana N° 1347 Puerta Principal del local Comercial 1° Piso) Urb. Pablo Boner, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; Que, en Sesión de Directorio del 30.03.2017 se acordó el traslado de la referida oficina; Que, la empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para el traslado de oficinas, conforme lo establece el Procedimiento N° 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el art. 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 de fecha 10.09.2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la CMAC Piura S.A.C. el traslado de su Agencia La Molina, ubicada en Av. La Fontana Mz. H Lote 2 (Av. La Fontana N° 1347 Puerta Principal del local Comercial 1° Piso) Urb. Pablo Boner, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, hacia su nueva ubicación en Av. Los Constructores N° 237-239, Mz. D Lote 11 Urb. Las Acacias de Monterrico, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1517864-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Fijan fechas y variación de costos de Matrimonios Civiles Comunitarios en el distrito de Comas durante el año 2017
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 498/MC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS

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