Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2017 (23/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Martes 23 de mayo de 2017
ACTIVIDAD

NORMAS LEGALES
AFORO HASTA 1,000 MÁS DE 1,000 HASTA 3,000 MAS DE 3,000 HASTA 5,000 MÁS DE 5,000 HASTA 15,000 SANCIÓN 0.75 DE LA UIT

11

CONCENTRACIONES PÚBLICAS DE ÍNDOLE SOCIAL Y POLÍTICA, ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DEPORTIVOS Y NO DEPORTIVOS ESCALA DE SANCIONES DE MULTA (SIN CONSIDERAR CRITERIOS DE GRADUALIDAD)

DESDE 1 UIT HASTA 2.5 UIT MÍNIMO 3 UIT HASTA 5 UIT MÍNIMO 5 UIT HASTA 7 UIT MÍNIMO 7 UIT HASTA 9 UIT MÍNIMO 9 UIT HASTA 11 UIT MÍNIMO 11 UIT

CONCENTRACIONES PÚBLICAS DE ÍNDOLE SOCIAL Y POLÍTICA, ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DEPORTIVOS Y NO DEPORTIVOS

MAS DE 15,000 HASTA 30,000 MAS DE 30,000 HASTA 45,000 MÁS DE 45,000

ANEXO V CALIFICACION DE CRITERIOS DE GRADUALIDAD EN MATERIA DE OTORGAMIENTO DE GARANTIAS PERSONALES E INHERENTES AL ORDEN PÚBLICO A fin de establecer el monto final de la multa, corresponde evaluar los criterios de gradualidad que la atenúan o agravan. A tal efecto, a continuación se precisa un listado enunciativo de supuestos con su respectiva calificación, dejándose a consideración de la autoridad, según lo amerite cada caso concreto, aplicar otros criterios de gradualidad establecidos en el numeral 10.1 del artículo 10.
LA GRAVEDAD DEL DAÑO CAUSADO AL INTERÉS PÚBLICO Y/O BIEN JURÍDICO PROTEGIDO

1

CALIFICACIÓN

SUSTENTO A mayor presencia de público mayor será el daño a los bienes jurídicos que tutela el Estado, afectando la seguridad, la paz social, el interés público, el orden público, entre otros elementos que afectan la institucionalidad de un Estado de Derecho y justifican la existencia de la organización administrativa del Estado. SUSTENTO Corresponde incrementar el monto de la sanción cuando el agente incumple la norma, pese a que por su propia experiencia ya conoce las disposiciones que debe observar. Y, más aún, si demuestra predisposición a incumplir. SUSTENTO La conducta infractora resulta más grave aún si el agente, quien se presume, iure et de iure, conoce la normatividad vigente, la incumple pese a que la Administración le brindó orientación. SUSTENTO La adecuación del agente a las disposiciones contenidas en la normatividad vigente, es un indicador de la voluntad de sujetarse a lo prescrito en las normas de competencia del Ministerio del Interior La obtención de un mayor beneficio al haber incumplido los términos de la resolución estimatoria es una circunstancia agravante. SUSTENTO La colaboración que brinda el infractor, desde la etapa de supervisión y durante el desarrollo de las investigaciones dota al procedimiento de una mayor dinámica, permite resolver con celeridad y disminuye los costos que se generan al Estado por la evaluación de procedimientos. Lo contrario dilata innecesariamente el desarrollo del procedimiento, prolonga su duración e incrementa los costos en los que el Estado se encuentra obligado a incurrir.

1.1

Se afectó potencial o realmente el orden público y la paz social.

+10%

2 2.1. 2.2. 2.3. 3

LA REINCIDENCIA EN LA COMISIÓN DE LA INFRACCIÓN No se verifica con anterioridad que el agente haya incurrido en la misma o en otra conducta infractora. Se verifica que con anterioridad el agente ha incurrido una vez en la misma o en otra conducta infractora. Se verifica que con anterioridad el agente ha incurrido más de una vez en la misma o en otra conducta infractora. LA EXISTENCIA O NO DE INTENCIONALIDAD EN LA CONDUCTA DEL PRESUNTO INFRACTOR El agente incurrió en infracción pese a haber sido orientado a efectos que cumpla con sus obligaciones, a través de comunicados, cartas, visitas, reuniones con la autoridad, entre otros. El agente incurrió en infracción pese a haber tenido conocimiento del incumplimiento de sus obligaciones a raíz de las resoluciones estimatorias que ha obtenido con anterioridad. LAS CIRCUNSTANCIAS DE LA COMISIÓN DE LA INFRACCIÓN

CALIFICACIÓN 0% +15% +30% CALIFICACIÓN

3.1.

+15%

3.2. 4

+20% CALIFICACIÓN

4.1.

En adelante, el agente se adecuó a la normatividad vigente a fin de obtener las garantías para concentraciones públicas de índole social y político o espectáculos públicos deportivo y no deportivo.

-15%

4.2.

El agente obtiene un beneficio adicional, real o potencial, al haber incumplido lo dispuesto en la resolución que estima la solicitud de garantías de concentraciones públicas de índole social y político o espectáculos públicos deportivo y no deportivo. CONDUCTA PROCESAL DEL ADMINISTRADO En relación a la aceptación de la imputación de cargos El agente se allana y/o reconoce los cargos imputados mediante la resolución de inicio. En relación al esclarecimiento de los actuados: El agente colabora con el esclarecimiento de los actuados, proporcionando información y/o documentos.

+15%

5 5.1. 5.2 a.

CALIFICACIÓN 10% - 50% En función al Aforo

5% - 25% En función al Aforo

b.

El agente no prestó una adecuada colaboración, obstaculizó la diligencia y/u ocultó información, bienes y/u otros elementos expuestos que sirven para acreditar la infracción, y/o entorpece el desarrollo de las investigaciones y/o el esclarecimiento de los actuados.

+15%

1524168-1

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