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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2017 (23/05/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 75

11 NORMAS LEGALES Martes 23 de mayo de 2017 El Peruano / ESCALA DE SANCIONES DE MULTA (SIN CONSIDERAR CRITERIOS DE GRADUALIDAD)ACTIVIDAD AFORO SANCIÓN CONCENTRACIONES PÚBLICAS DE ÍNDOLE SOCIAL Y POLÍTICA, ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DEPORTIVOS Y NO DEPORTIVOSHASTA 1,000 0.75 DE LA UIT MÁS DE 1,000 HASTA 3,000DESDE 1 UIT HASTA 2.5 UIT CONCENTRACIONES PÚBLICAS DE ÍNDOLE SOCIAL Y POLÍTICA, ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DEPORTIVOS Y NO DEPORTIVOSMAS DE 3,000 HASTA 5,000MÍNIMO 3 UIT HASTA 5 UIT MÁS DE 5,000 HASTA 15,000MÍNIMO 5 UIT HASTA 7 UIT MAS DE 15,000 HASTA 30,000MÍNIMO 7 UIT HASTA 9 UIT MAS DE 30,000 HASTA 45,000MÍNIMO 9 UIT HASTA 11 UIT MÁS DE 45,000 MÍNIMO 11 UIT ANEXO V CALIFICACION DE CRITERIOS DE GRADUALIDAD EN MATERIA DE OTORGAMIENTO DE GARANTIAS PERSONALES E INHERENTES AL ORDEN PÚBLICO A fi n de establecer el monto fi nal de la multa, corresponde evaluar los criterios de gradualidad que la atenúan o agravan. A tal efecto, a continuación se precisa un listado enunciativo de supuestos con su respectiva cali fi cación, dejándose a consideración de la autoridad, según lo amerite cada caso concreto, aplicar otros criterios de gradualidad establecidos en el numeral 10.1 del artículo 10. 1LA GRAVEDAD DEL DAÑO CAUSADO AL INTERÉS PÚBLICO Y/O BIEN JURÍDICO PROTEGIDOCALIFICACIÓN SUSTENTO 1.1 Se afectó potencial o realmente el orden público y la paz social. +10%A mayor presencia de público mayor será el daño a los bienes jurídicos que tutela el Estado, afectando la seguridad, la paz social, el interés público, el orden público, entre otros elementos que afectan la institucionalidad de un Estado de Derecho y justi fi can la existencia de la organización administrativa del Estado. 2 LA REINCIDENCIA EN LA COMISIÓN DE LA INFRACCIÓN CALIFICACIÓN SUSTENTO 2.1.No se veri fi ca con anterioridad que el agente haya incurrido en la misma o en otra conducta infractora.0%Corresponde incrementar el monto de la sanción cuando el agente incumple la norma, pese a que por su propia experiencia ya conoce las disposiciones que debe observar. Y, más aún, si demuestra predisposición a incumplir.2.2.Se veri fi ca que con anterioridad el agente ha incurrido una vez en la misma o en otra conducta infractora.+15% 2.3.Se veri fi ca que con anterioridad el agente ha incurrido más de una vez en la misma o en otra conducta infractora.+30% 3LA EXISTENCIA O NO DE INTENCIONALIDAD EN LA CONDUCTA DEL PRESUNTO INFRACTORCALIFICACIÓN SUSTENTO 3.1.El agente incurrió en infracción pese a haber sido orientado a efectos que cumpla con sus obligaciones, a través de comunicados, cartas, visitas, reuniones con la autoridad, entre otros.+15%La conducta infractora resulta más grave aún si el agente, quien se presume, iure et de iure, conoce la normatividad vigente, la incumple pese a que la Administración le brindó orientación.3.2.El agente incurrió en infracción pese a haber tenido conocimiento del incumplimiento de sus obligaciones a raíz de las resoluciones estimatorias que ha obtenido con anterioridad.+20% 4 LAS CIRCUNSTANCIAS DE LA COMISIÓN DE LA INFRACCIÓN CALIFICACIÓN SUSTENTO 4.1.En adelante, el agente se adecuó a la normatividad vigente a fi n de obtener las garantías para concentraciones públicas de índole social y político o espectáculos públicos deportivo y no deportivo.-15%La adecuación del agente a las disposiciones contenidas en la normatividad vigente, es un indicador de la voluntad de sujetarse a lo prescrito en las normas de competencia del Ministerio del Interior 4.2.El agente obtiene un bene fi cio adicional, real o potencial, al haber incumplido lo dispuesto en la resolución que estima la solicitud de garantías de concentraciones públicas de índole social y político o espectáculos públicos deportivo y no deportivo.+15%La obtención de un mayor bene fi cio al haber incumplido los términos de la resolución estimatoria es una circunstancia agravante. 5 CONDUCTA PROCESAL DEL ADMINISTRADO CALIFICACIÓN SUSTENTO 5.1.En relación a la aceptación de la imputación de cargos El agente se allana y/o reconoce los cargos imputados mediante la resolución de inicio.10% - 50% En función al AforoLa colaboración que brinda el infractor, desde la etapa de supervisión y durante el desarrollo de las investigaciones dota al procedimiento de una mayor dinámica, permite resolver con celeridad y disminuye los costos que se generan al Estado por la evaluación de procedimientos. Lo contrario dilata innecesariamente el desarrollo del procedimiento, prolonga su duración e incrementa los costos en los que el Estado se encuentra obligado a incurrir.5.2 En relación al esclarecimiento de los actuados: a.El agente colabora con el esclarecimiento de los actuados, proporcionando información y/o documentos.5% - 25% En función al Aforo b.El agente no prestó una adecuada colaboración, obstaculizó la diligencia y/u ocultó información, bienes y/u otros elementos expuestos que sirven para acreditar la infracción, y/o entorpece el desarrollo de las investigaciones y/o el esclarecimiento de los actuados.+15% 1524168-1