Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2017 (23/05/2017)


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NORMAS LEGALES

Martes 23 de mayo de 2017 /

El Peruano

Aprueban el Cuadro de Asignación de Personal Provisional 2017 (CAP-P 2017) de la Dirección Regional de Educación de Madre de Dios y las UGEL Manu, Tahuamanu y Tambopata
ORDENANZA REGIONAL Nº 06-2017-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día viernes 07 de abril del 2017, aprobó por unanimidad, la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia". Que, anteriormente en materia de elaboración y aprobación del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de las entidades del sector público, regían los Lineamientos impartidos por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM. En la actualidad, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, establece que el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP y el Presupuesto Analítico de Personal ­ PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE. Que, Reglamento General de la Ley SERVIR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­SERVIR-, se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades. Que, actualmente rige la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­CPE", aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE. Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR/PE, se formalizó la aprobación de la modificatoria de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/ GDSRH, que establece normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad, CPE, el cual incluye los lineamientos para la aprobación de un Cuadro para Asignación de Personal Provisional aplicable para supuestos de excepción y sólo en tanto las Entidades comprendidas en los mismos cumplan con las condiciones establecidas. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7.5 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional- CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector

público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057.Las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicar las entidades públicas de los tres niveles de gobierno se encuentran establecidas entre otros, en el Anexo 4 de la aludida Directiva. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.1 del Anexo Nº 4 de la mencionada Directiva antes mencionada, establece que cuando una norma sustantiva ordene la asignación de nuevas funciones o la reasignación de funciones existentes, la entidad involucrada está autorizada a tramitar la adecuación parcial de su Cuadro para Asignación de Personal (CAP) vigente; asimismo, el numeral 1.2 del referido Anexo Nº 4 dispone que aquellas entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación previstas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público u otra norma nacional con rango de ley, podrán hacer ajustes a su Cuadro para Asignación de Personal, con la aprobación de un Cuadro para Asignación de Personal Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público; asimismo, señala que en dicho contexto de excepción, las entidades podrán hacer ajustes a su CAP Provisional en el año fiscal. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 018-2010-GRMDD/CR, del 29 de julio del 2010, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el CAP de la Dirección Regional de Educación de Madre de Dios y de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) de Tambopata, Tahuamanu y Manu. Que, la propuesta de modificación del CAP Provisional de la Dirección Regional de Educación de Madre de Dios y sus UGEL, se sustenta en el supuesto de aplicación del numeral 1.3 del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH y la Resolución Vice Ministerial Nº 071-2016-MINEDU, que aprueba la norma técnica que orienta el procedimiento para la elaboración del CAP Provisional de las Direcciones Regionales de Educación y sus respectivas Unidades de Gestión Educativa Local. Que, asimismo, de conformidad con la Resolución Suprema Nº 204-2002-ED, que aprueba el ámbito jurisdiccional, organización interna y CAP de diversas Direcciones Regionales de Educación y sus respectivas UGEL, la propuesta establece los cargos directivos de las Jefaturas de las Áreas de Gestión Institucional, Área de Administración y Área de Asesoría Jurídica, considerados como cargos de confianza. Que, mediante Informe Nº 014-2017-SERVIR/GDSRH, de fecha 23 de enero del 2017, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, concluye que el Proyecto de CAP Provisional remitido por la Dirección Regional de Educación de Madre de Dios y las UGEL Manu, Tahuamanu y Tambopata se enmarca en una de las situaciones contempladas en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.3 del anexo 4 de la citada Directiva. En atención a ello, resultó válido evaluar la propuesta en el marco de las competencias del SERVIR en esa materia, resultando que el mencionado proyecto se ha elaborado tomando en cuenta la información sobre cargos estructurales, la clasificación de éstos, sus códigos y los límites porcentuales dispuestos en los dispositivos normativos vigentes y sus documentos de gestión, considerando pertinente la propuesta de la Dirección Regional de Educación de Madre de Dios y sus UGEL, por lo que se recomienda proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación del CAP Provisional. Que, el Proyecto del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Educación de Madre de Dios ha tomado en cuenta los límites porcentuales establecidos en las normas para empleados de confianza y directivos superiores de conformidad con el artículo 4 numeral 3) de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, aplicando también el Manual de Clasificación de Cargos del Ministerio de Educación, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0091-2012-ED y sus modificaciones, haciendo referencia al Codificador de Cargos del INAP aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 246-91-INAP/DNR, y también ha considerado cargos clasificados como Régimen Especial (RE); por lo que resulta técnicamente procedente, la aprobación del referido documento de gestión.

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