TEXTO PAGINA: 53
53 NORMAS LEGALES Jueves 25 de mayo de 2017 El Peruano / Artículo 7.- Publicación Publícase la presente Resolución Ministerial y el Anexo a que se re fi ere el artículo 4 de la misma, en el portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), y del Fondo MIVIVIENDA S.A. (www.mivivienda.com.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Cali fi cación de solicitudes de inscripción en el Registro de Proyectos para la presente Convocatoria Las solicitudes de inscripción en el Registro de Proyectos para la presente convocatoria, se efectúa en el marco de la normativa interna del Fondo MIVIVIENDA S.A. sobre el procedimiento para la cali fi cación prioritaria. Segunda.- Número de Entidades Técnicas En la presente convocatoria, la construcción de las 200 VIS la efectuarán cinco (05) Entidades Técnicas, correspondiéndoles a cada una cuarenta (40) VIS; por lo que los criterios de evaluación y selección de las Entidades Técnicas inscritas para esta convocatoria en el Registro de Entidades Técnicas, se establecerá mediante Resolución Directoral emitida por la DGPPVU la misma que será publicada en el plazo de dos (02) días de publicada la presente Resolución en el portal institucional del Fondo Mivivienda S.A. (www.mivivienda.com.pe) y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1524520-2 Designan representantes de la Sociedad Civil ante el Directorio de SEDA HUÁNUCO S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 180-2017-VIVIENDA Lima, 23 de mayo de 2017VISTOS; el Memorándum Nº 407-2017-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento sustentado en el Informe Nº 179-2017-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS- DS de la Dirección de Saneamiento y el Informe N°777-2017-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, en adelante Ley Marco, tiene por objeto, entre otros, establecer medidas orientadas a la gestión e fi ciente de los prestadores de los servicios de saneamiento, con la fi nalidad de bene fi ciar a la población, con énfasis en su constitución, funcionamiento, desempeño, regulación y control; Que, el artículo 52 de la citada Ley Marco, señala que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal está compuesto por tres (3) miembros, entre otros, por un (1) representante, titular y suplente, de la Sociedad Civil, propuesto por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sus estatutos o normas pertinentes; Que, los párrafos 53.3 y 53.4 del artículo 53 de la Ley Marco establece que, la designación del representante de la Sociedad Civil es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a través de Resolución Ministerial, considerando a los candidatos propuestos por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, la cual tiene mérito su fi ciente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la o fi cina registral correspondiente, siendo el único documento necesario para dicho fi n; Que, la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco Sociedad Anónima – SEDA HUÁNUCO S.A., presentó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a los candidatos propuestos por las entidades representantes de la Sociedad Civil ubicadas en su ámbito de responsabilidad, a fi n de que se evalúe y designe al representante titular y suplente ante el Directorio de la citada empresa prestadora pública de accionariado municipal; Que, en consecuencia, es necesario designar al representante titular y suplente de la Sociedad Civil en el Directorio de SEDA HUÁNUCO S.A., en atención a lo indicado en el Memorándum Nº 407-2017-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento sustentado en el Informe Nº 179-2017-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento y el Informe N°777-2017-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y, el Decreto Legislativo N°.1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar como representantes de la Sociedad Civil ante el Directorio de la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco Sociedad Anónima – SEDA HUÁNUCO S.A., a los señores: - Jorge Ernesto Romero Vela (representante titular). - Roger Wilfredo Céspedes Revelo (representante suplente). Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, a la Contraloría General de la República y a la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Huánuco Sociedad Anónima – SEDA HUÁNUCO S.A., para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1524520-3 Disponen la publicación en el portal institucional de proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Protección Ambiental para proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 181-2017-VIVIENDA Lima, 23 de mayo de 2017 VISTO, el Informe Nº 803-2017-VIVIENDA/VMCS- DGAA-DEIA, el Informe Nº 373-2017-VIVIENDA/VMCS-DGAA-DEIA y el Informe Nº 051-2017-VIVENDA-VMCS-DGAA de la Dirección General de Asuntos Ambientales, y los Informes Nº 579-2017-VIVIENDA/OGAJ y Nº 774-2017-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de