Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2017 (25/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Jueves 25 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Que, la Gerencia de Negocios y Financiamiento propone mediante Informe N° 003-2017-SIS/GNF-SGF/NMPN, con Proveído Nº 289-2017-SIS/GNF, que se realice la transferencia de los recursos financieros por el monto ascendente a S/ 18 642 746, 00 (dieciocho millones seiscientos cuarenta y dos mil setecientos cuarenta y seis con 00/100 soles), correspondiente a la transferencia adelantada para los meses de mayo, junio, julio y agosto 2017; Que en el caso del Hospital de San Juan de Lurigancho, se debe precisar que mediante Resolución Jefatural N° 043-2017/SIS se le requirió la devolución por Once millones ciento cincuenta y tres mil noventa y seis con 00/100 soles (S/ 11 153 096,00), quedando así la transferencia realizada en promedio por 03 meses de producción mensual, por lo que en esta transferencia se le estaría nivelando con 05 meses de producción promedio, en vista de lo cual a esta Unidad Ejecutora se le debe transferir recursos para los meses de abril, mayo, junio, julio y agosto del 2017; Que, en la Cláusula Séptima del referido Convenio se establece, entre otros, las específicas y conceptos donde deben ser ejecutados los recursos que se transfiere; así como el porcentaje de los recursos que deben ser destinados a la adquisición de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios (Prioridad I); Que, mediante Informe N° 009-2017-SIS/OGPPDODADZ con Proveído N° 160-2017-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, emite opinión favorable de la disponibilidad presupuestal y aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario N° 646-2017 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, para el financiamiento de las prestaciones de salud que se brindan a los asegurados del Seguro Integral de Salud en el Hospital San Juan de Lurigancho, en el Hospital de Apoyo Santa Rosa, en el Hospital José Agurto Tello de Chosica, en el Hospital de Huaycán, en el Hospital Carlos Lanfranco La Hoz, en el Hospital Hermilio Valdizán, en el Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas y en el Instituto Nacional de Oftalmología; Que, asimismo, mediante Informe N° 026-2017-SIS/ OGAJ-LBM, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal favorable para la transferencia financiera propuesta por la Gerencia de Negocios y Financiamiento, en el marco de los Convenios suscritos entre el Seguro Integral de Salud y las mencionadas Unidades Ejecutoras del Pliego Ministerio de Salud, para el Financiamiento de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados en los hospitales y/o institutos especializados, por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias; Que, corresponde a los Titulares de los Pliegos tramitar la incorporación de los recursos que se transfiere por la presente Resolución Jefatural, desagregándolos en el nivel funcional programático de acuerdo a los montos asignados en las categorías presupuestarias, debiendo emitir la resolución correspondiente dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución, así como efectuar su publicación en el Portal Institucional del Pliego dentro de los cinco (5) días de aprobada; Que, asimismo, con relación a las asignaciones presupuestarias que no resultan en productos (APNOP), los citados pliegos deben proceder a su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud establecidas en el Plan de Beneficios del SIS, así como acorde a la programación de actividades articuladas al Plan Operativo Institucional de cada Unidad Ejecutora y en el marco de la normatividad vigente; Con el visto de la Secretaria General, del Gerente (e) de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerente de la Gerencia de Riesgo y Evaluación de las Prestaciones, el Director (e) General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 15.2 del artículo 15° de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA.

Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS por la suma total de DIECIOCHO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES (S/ 18 642 746, 00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al Calendario mayo de 2017, a favor de las siguientes ocho (8) Unidades Ejecutoras del Pliego Ministerio de Salud: Hospital San Juan de Lurigancho, Hospital de Apoyo Santa Rosa, Hospital José Agurto Tello de Chosica, Hospital de Huaycán, Hospital Carlos Lanfranco La Hoz, Hospital Hermilio Valdizán, Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas e Instituto Nacional de Oftalmología, en el marco del Convenio suscrito con el Seguro Integral de Salud, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Dichos recursos corresponden al pago adelantado total al periodo mayo ­ agosto de 2017, y en el caso del Hospital de San Juan de Lurigancho corresponde al periodo abril ­ agosto de 2017, de acuerdo a lo expresado en la parte considerativa de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2.- Los titulares de los Pliegos, mediante Resolución, aprueban la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, respetando los montos asignados en las categorías presupuestarias, dentro de los diez (10) días calendarios de la publicación de la presente Resolución. La Resolución debe ser publicada dentro de los cinco (05) días de emitida, en el portal web institucional de cada pliego. Con relación a las asignaciones presupuestarias que no resultan en productos (APNOP), debe considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud establecidas en el Plan de Beneficios del Seguro Integral de Salud ­ SIS, así como acorde a la programación de actividades articuladas al Plan Operativo Institucional de cada Unidad Ejecutora y en el marco de la normatividad vigente. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en el Anexo de la presente Resolución Jefatural a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud - SIS, http://www.sis.gob.pe/ ipresspublicas/transferencias.html, Artículo 4.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como publicar en el Portal Institucional http://www.sis.gob.pe/Portal/paginas/normas.html el texto de la presente Resolución Jefatural y su Anexo. Regístrese, comuníquese y publíquese; EDMUNDO PABLO BETETA OBREROS Jefe del Seguro Integral de Salud 1524367-1

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Convocan a Elecciones de los miembros de los Consejos de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones para el periodo 20172019
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 00042-2017-PD/OSIPTEL Lima, 19 de mayo de 2017

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