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32 NORMAS LEGALES Sábado 27 de mayo de 2017 / El Peruano Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, debiendo publicarse en el diario o fi cial “El Peruano”; Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Napoleón Víctor Núñez Vargas, del 28 al 31 de mayo de 2017, a la ciudad de París – República Francesa, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Días Personas Total US$ Pasajes aéreos 1,873.00 x x 1 = 1,873.00Viáticos 540.00 x 1 x 1 = 540.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se re fi ere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1525919-3MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Iquitos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 162-2017-MIMP Lima, 25 de mayo de 2017CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial № 024-2012-MIMDES, entre otras acciones, se designó al señor AUGUSTO HUAYUNGA PACAYA como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia Pública de Iquitos; Que, por convenir al servicio, es necesario dar por concluida la citada designación, así como designar a la persona que lo reemplazará; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley № 26918, Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo; la Ley № 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo № 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo № 003- 2012-MIMP y modi fi catorias; y el Decreto Supremo № 004-2010-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor AUGUSTO HUAYUNGA PACAYA como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia Pública de Iquitos, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor EDGAR ALCIDES GÓMEZ ROCA como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia Pública de Iquitos. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO - LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1525432-1 Aprueban el Reglamento Único de Condecoraciones y Premios del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 165-2017-MIMP Lima, 26 de mayo de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, aprobada por Decreto Legislativo № 1098, establece que el MIMP es rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y poblaciones vulnerables; y tiene como fi nalidad diseñar, establecer, promover, ejecutar y supervisar políticas públicas a favor de las mujeres y de las poblaciones vulnerables consideradas como grupos de personas que sufren discriminación o situaciones de desprotección: niños, niñas, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, desplazados y migrantes internos, con el objeto de garantizar sus derechos con visión intersectorial;