Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2017 (27/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Sábado 27 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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ha propuesto la modificatoria del literal c) del subnumeral V.1 del numeral V y del subnumeral VII.2 del numeral VII de la Guía Técnica: Guía de Práctica Clínica para el Manejo de Pacientes con Intoxicación por Plomo, aprobado por Resolución Ministerial N° 511-2007/MINSA, a efecto de incorporar la toma de muestra de sangre capilar con la Voltamperometría sin dejar de lado la obtención de muestras de sangre venosa para análisis mediante absorción atómica en caso sea necesario, así como de evitar la confusión en el abordaje de los pacientes al establecer que el manejo en pacientes por encima y por debajo del valor referencia respectivo (niños menores de doce años y mujeres; adultos no expuestos ocupacionalmente y adultos expuestos ocupacionalmente), respectivamente; Que, asimismo, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública ha elaborado para su aprobación el Documento Técnico: Manual de Atención de Personas Expuestas a Plomo, cuya finalidad es contribuir a la prevención de la intoxicación y a la mejora de la calidad de vida de las personas expuestas a fuentes de contaminación por Plomo; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; Que, mediante Informe N° 296-2017-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud ha emitido la opinión legal correspondiente; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar la Guía Técnica: Guía de Práctica Clínica para el Manejo de Pacientes con Intoxicación por Plomo, aprobada por Resolución Ministerial N° 511-2007/ MINSA, de acuerdo al siguiente detalle: "(...) V. DIAGNÓSTICO V.1 CRITERIOS DE DIAGNÓSTICO (...) c) Dosaje de plomo en sangre. Mayor de 10 g/dl para niños y gestantes. Mayor de 20 g/dl para adultos no expuestos ocupacionalmente. Mayor de 40 g/dl para los expuestos ocupacionalmente (OPS/OMS, OIT)". "VII. MANEJO SEGÚN NIVEL DE COMPLEJIDAD Y CAPACIDAD RESOLUTIVA (...) VII.2. MANEJO EXPOSICIÓN SEGÚN CATEGORÍAS DE

El especialista definirá la necesidad de realizar toma de muestra para biomarcador de efecto, la cual será enviada al laboratorio de referencia definido por el Instituto Nacional de Salud (INS). En caso no exista evidencia de síntomas o signos compatibles, el control será anual mediante evaluación médica integral de la persona expuesta, siempre y cuando persistan factores de riesgo. Por encima del valor de referencia Si los resultados de la prueba de tamizaje muestran valores de plomo mayor o igual a 45 g/dl, tomar una muestra de sangre venosa y enviarla al laboratorio de referencia nacional (CENSOPAS) para la prueba de espectrofotometría por absorción atómica en horno de grafito, según protocolo vigente. Realizar una evaluación médica integral, a cargo del profesional de salud del establecimiento, previamente entrenado en el contenido del presente manual y la guía de práctica clínica para el manejo de pacientes con intoxicación por plomo. De encontrarse sintomatología compatible con intoxicación por Plomo y que no pueda ser explicada por otra patología, el médico tratante deberá realizar referencia al establecimiento de salud con mayor capacidad resolutiva para la evaluación especializada. El especialista definirá la necesidad de realizar toma de muestra para biomarcador de daño y efecto, la cual será enviada al laboratorio de referencia definido por el Instituto Nacional de Salud (INS). En caso sea necesaria la quelación debe priorizarse la hospitalización en establecimientos de salud con capacidad resolutiva y personal entrenado, así como asegurar el retiro de la persona de la zona con fuentes de exposición. Realizar el seguimiento con dosaje mensual de plomo hasta llegar a niveles por debajo del valor de referencia. Si el paciente no requiere tratamiento quelante, el manejo estará orientado al control de daños si estuvieran presentes. Al mismo tiempo, el médico tratante deberá orientar al paciente a los cuidados de su salud y prevención de exposición. En caso no exista evidencia de síntomas o signos compatibles, el control será mediante evaluación médica integral de la persona expuesta, donde el médico tratante determinará la necesidad de realizar el dosaje de acuerdo a la presente Guía Técnica". Artículo 2.- Dejar subsistentes las demás disposiciones contenidas en la Guía Técnica: Guía de Práctica Clínica para el Manejo de Pacientes con Intoxicación por Plomo, aprobada por Resolución Ministerial N° 511-2007/MINSA. Artículo 3.- Aprobar el Documento Técnico: Manual de Atención de Personas Expuestas a Plomo, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1525817-6

Por debajo del valor de referencia Realizar una evaluación médica integral, a cargo del profesional de salud del establecimiento de salud, previamente entrenado en el contenido de la presente Guía de Práctica Clínica. De encontrarse sintomatología compatible con intoxicación por plomo y que no pueda ser explicada por otra patología, el médico tratante deberá realizar referencia al establecimiento de salud con mayor capacidad resolutiva para la evaluación especializada.

Autorizan transferencia financiera a favor del pliego Gobierno Regional de Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 403-2017/MINSA Lima, 25 de mayo del 2017 Visto, el Memorándum N° 409-2017-DVMSP/MINSA del Viceministerio de Salud Pública y el Informe N° 150-2017-OGPP-OP/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;

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