Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2017 (12/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Domingo 12 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a Gas Natural Vehicular ­ GNV y de los Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV", aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo mediante el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC. Artículo 5.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa denominada BUREAU VERITAS DEL PERÚ SOCIEDAD ANÓNIMA, los gastos que origine su publicación. Artículo 6.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en el domicilio ubicado en Av. Camino Real N° 390, Oficina 1402, Torre Central del Centro Comercial Camino Real, distrito San Isidro, provincia y departamento de Lima, domicilio señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre

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Actualmente, DGTT. 1560742-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Autorizan Transferencia Financiera a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud", para el financiamiento de proyectos de inversión
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 434-2017-VIVIENDA Lima, 10 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante Resolución Ministerial Nº 426-2016-VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2017 del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 6 233 715 495,00); Que, el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 0042017, autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar Transferencias Financieras a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud", creado mediante la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017,

con cargo a su presupuesto institucional, en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua y saneamiento, disponiendo que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular, y se publica en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Memorándum Nº 2012-2017/ VIVIENDA-OGPP la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, haciendo suyo el Informe Nº 320-2017/ VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto a su cargo, emite opinión favorable y propone autorizar la Transferencia Financiera del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de TRES MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 3 000 000,00), en la Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud", para el financiamiento de proyectos de inversión en materia de agua y saneamiento, a que hace referencia el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 004-2017; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto destaca que la referida Transferencia Financiera será financiada con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Categoría Presupuestal 0083. Programa Nacional de Saneamiento Rural, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001778. Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias, en la Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito hasta por TRES MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 3 000 000,00); Que, por los fundamentos expuestos, es necesario aprobar la Transferencia Financiera del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de TRES MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 3 000 000,00), a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud", para el financiamiento de proyectos de inversión en materia de agua y saneamiento; De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 004-2017, Decreto de Urgencia que aprueba medidas para estimular la economía así como para la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud" Autorizar la Transferencia Financiera del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de TRES MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 3 000 000,00), en la Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud", creado mediante la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; para el financiamiento de proyectos de inversión en materia de agua y saneamiento. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Categoría Presupuestal 0083. Programa Nacional de Saneamiento Rural, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001778. Transferencia de

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