Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2017 (12/11/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Domingo 12 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

47

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. En la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los siete días del mes de noviembre del dos mil diecisiete. GERSON ROLANDO GRIJALVA SANTOS Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los siete días del mes de noviembre del dos mil diecisiete. TEODULO V. QUISPE HUERTAS Gobernador Regional 1585568-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ratifican la Ordenanza N° 319-MDPP de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra
ACUERDO DE CONCEJO N°380 Lima, 19 de octubre de 2017 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 19 de octubre de 2017, el Oficio Nº 001-090-00008906 del 06 de octubre de 2017 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 319-MDPP de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, que aprueba los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos AdministrativosTUPA de la citada municipalidad distrital; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533, modificada por la Ordenanza N° 1833, la municipalidad distrital recurrente aprobó la ordenanza objeto de la ratificación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, incluyendo los

documentos que lo sustentan, con carácter de Declaración Jurada, sujeto a revisión por las entidades competentes, y el citado organismo en uso de sus competencias, a través del Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos emitió el Informe Nº 266-181-00000570 de fecha 05 de octubre de 2017, según el cual se pronunció favorablemente respecto a 205 derechos de trámite relacionados a 202 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, que se encuentran listados en el Anexo A del referido Informe, aprobados en la Ordenanza materia de la ratificación. Que, el mencionado Informe se sustenta en los requisitos exigidos y las normas aplicables contenidas en las Ordenanzas Nº 1533 y N° 1833, la Directiva N° 001006-0000015, TUO de la Ley N° 27444, el Texto único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por D.S. N° 156-2004-EF, modificado por la Ley N° 30230, el D.S. N° 064-2010-PCM, entre otros dispositivos legales, debiéndose efectuar la publicación del texto de la Ordenanza Nº 319-MDPP en el Diario Oficial El Peruano y el Anexo de la Ordenanza con los derechos de trámite que cuenten con la opinión favorable y que sean ratificados, deberá ser publicado en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas-PSCE y en el respectivo Portal institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 43.2 y 43.3 del artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444. Que, los ingresos que la mencionada municipalidad prevé percibir como producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos, listados en el Anexo A del Informe en mención, financiará el 95.98% aproximadamente de los costos considerados en su costeo. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en el Dictamen Nº 156 -2017-MML-CMAEO. ACORDO: Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 319MDPP de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, en lo que se refiere a 205 derechos de trámite relacionados 202 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, cuyos costos han sido enviados y sustentados por mencionada municipalidad distrital, listados en el Anexo A del Informe N° 266-181-00000570 del Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, aprobados en la Ordenanza 319-MDPP, materia de la ratificación, en la medida que se han establecido teniendo en cuenta el marco legal vigente: Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444; Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y modificatorias; Ley Nº 29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias; D.S. Nº 003-2015-PCM, Reglamento de la Ley Nº 29022 y el Decreto Supremo Nº 058-2014-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones; así como también el Decreto Supremo Nº 0642010-PCM, que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en el TUPA, entre otras normas vinculadas con el establecimiento de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad aplicables al caso.

ANEXO A - INFORME Nº 266-181-00000570 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA - ORDENANZA Nº 319-MDPP
Nº SECRETARIA GENERAL SUBGERENCIA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Y ARCHIVO CENTRAL: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 1.1 Acceso a la información que posea o produzca la municipalidad a) Por copia (unidad) b) Por CD (unidad) SUBGERENCIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO CENTRAL: SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD 1.2 Copia certificada de documentos de archivo municipal a) Por primera hoja 12.20 12.29 99.27% 3 0.10 0.70 0.10 0.76 100.00% 92.11% 1 2 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD DERECHO ( I) COSTO ( C ) S/ S/ % COBERTURA (I / C) N° DERECHO TRAMITE

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.