Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2017 (08/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Domingo 8 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo Cuarto.- BENEFICIOS ADICIONALES.Los contribuyentes que mantengan deudas en cobranza coactiva, que se acojan a la presente Ordenanza gozarán del descuento adicional del 100% de las costas y gastos administrativos incurridos durante su cobranza, salvo los gastos y costos efectuados por concepto de peritaje y publicaciones en los diarios. Artículo Quinto.- REQUISITOS PARA ACOGERSE A LA PRESENTE ORDENANZA.- Los contribuyentes que deseen acogerse a la presente Ordenanza, deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1. En caso que el contribuyente haya presentado recurso impugnativo, respecto a la deuda materia de acogimiento, en la vía administrativa o judicial, este deberá presentar el cargo del desistimiento correspondiente. Sin perjuicio de lo antes señalado, con la cancelación de los montos adeudados, la administración tributaria considerará el desistimiento automático de los recursos impugnativos antes señalados por la sustracción de la materia. 2. El pago de las Costas y Gastos incurridos por concepto de peritaje y/o publicaciones en los diarios dentro del procedimiento de cobranza coactiva. DISPOSICIONES FINALES Primera.- DE LOS PAGOS REALIZADOS.- Los pagos realizados por los contribuyentes con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza son válidos, por lo que no son materia de devolución ni compensación. Segunda.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como la prórroga de la misma. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Estadística e Informática, Gerencia de Administración y Finanzas y Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional el cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZALES Alcalde 1573538-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PÍTIPO
Declaran de interés distrital la creación del Parque Arqueológico de Batán Grande
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de Pítipo, mediante documento de fecha 26 de setiembre de 2017, recibido el 6 de octubre de 2017) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 05-2016-MDP-A Pítipo, 26 de mayo del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PÍTIPO POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Pítipo en Sesión Ordinaria N 05 ­ 2016 ­ MDP/A, celebrada el día 26

de mayo del 2016, aprobó la "Ordenanza Marco de Creación del Parque Arqueológico de Batán Grande"; el Concejo Distrital de Pítipo así como el Museo Nacional de Sicán, comparten la filosofía y praxis de los modelos descentralizados de gestión participativa sostenible del patrimonio arqueológico en el país, a través del establecimiento de parques arqueológicos, como paisaje cultural que conserva el patrimonio natural y cultural bajo una estrategia de conservación y sostenibilidad a mediano y largo plazo con las comunidades rurales residentes en el entorno inmediato de los mismos. Las actividades ligadas a la conservación de la cultura tendrían más posibilidades de éxito si las poblaciones rurales y organizaciones locales están de acuerdo y participan en la gestión de las mismas; El distrito de Pítipo, que en su mayor extensión se localiza en la cuenca de La Leche, ámbito territorial e hidrológico lambayecano donde se conservan áreas significativas del Ecosistema del Bosque Seco Ecuatorial como sus humedales asociados, busca fortalecer el paisaje cultural, con la participación de la población rural en la conservación y sostenibilidad a fin de mantener procesos ecológicos y evitar reducir la biodiversidad nativa por ende evitar también la fragmentación de los ecosistemas, que en algún momento guardaban armonía bajo la ecología humana de tiempos prehispánicos, cuyos testimonios arqueológicos se encuentran intencionalmente localizados en áreas del paisaje natural asociadas a cerros, pampas, cuevas, fuentes de agua y otros componentes naturales sobresalientes del paisaje, que tuvieron una especial importancia tanto en la economía como en la ideología de la época. Son elocuentes de ello estos escenarios naturales que por la presencia humana ancestral se constituyen en Paisajes Culturales que hay que conservarlos como un parque arqueológico, muchos de ellos de connotación sagrada desde tiempos prehispánicos, hasta el día de hoy y que contribuyen a que el Perú reconozca la megadiversidad biológica y cultural como su principal riqueza y emplee este principio rector como guía de sus políticas de desarrollo; Científicamente los estudios especializados y sitemáticos a cargo de investigadores nacionales y extranjeros, bajo un enfoque multidisciplinario de la geomorfología, climatología, hidrología, biodiversidad, arqueología, historia, etnología y otras disciplinas, coadyuvarán a la obtención de una serie de resultados relevantes para un profundo conocimiento del paisaje cultural, e insumos muy valiosos, producto de la investigación, cuyo uso social servirán para la adecuada interpretación del área, política de conservación y manejo técnico a seguir en el Plan Maestro a establecerse en el Parque Arqueológico de Batán Grande. Socialmente la conservación de estos espacios servirá para la sana recreación, la educación y fortalecimiento de los valores culturales propios así como el respeto y cuidado del territorio y su biodiversidad asociada. Económicamente generarán beneficios para la población local bajo la práctica del turismo cultural, campamentos en áreas apropiadas para ello, casas ­ hospedaje, restaurantes típicos, albergues rurales y finalmente biocomercio. Políticamente la gestión descentralizada de los recursos naturales y culturales coadyuvarán a la gobernanza y co-gestión, insertando a la conservación en la gestión sostenible del territorio para ésta y futuras generaciones de residentes de la Cuenca de La Leche; Una preocupación fundamental en el establecimiento del Parque Arqueológico de Batán Grande, es porque viene destruyéndose de manera inexorable, tanto por invasiones, huaqueo, cambio de uso ilegal de bosque/ sitios arqueológicos en tierra de cultivo, como la venta ilegal a terceros de extensos terrenos, ricos en patrominio arqueológico y natural por comunidades campesinas que entregan terrenos para la explotación minera informal ("mármol" y canteras) así como tala indiscriminada, los mismos que conforman importantes componentes del Paisaje Cultural, entre las localidades de Mochumí Viejo y Tambo Real. Si se continúa con esa vorágine y anarquía

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