Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2017 (08/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Domingo 8 de octubre de 2017 /

El Peruano

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Educación de Tacna y de sus Unidades de Gestión Educativa Local
ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2017-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha quince de septiembre de dos mil diecisiete, en Sesión Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; asimismo, en su artículo 192 prescribe: "Los Gobiernos Regionales (...). Son competentes para: (...) 1. Aprobar su organización interna y su presupuesto. (...) 10. Ejercer las demás atribuciones inherentes a su función, conforme a ley". Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribuciones del Consejo Regional: "a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional (...) s. Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley". Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, en la Cuarta Disposición Complementaria Final establece: "Créase el cuadro de puesto de la entidad (CPE) como instrumento de gestión (...). Este instrumento reemplaza al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y al Presupuesto Analítico de Personal (PAP)". Que, el Cuadro de Asignación de Personal Provisional es un documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de transición del sector público al Régimen del Servicio Civil previsto en la Ley Nº 30057. Que, el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, Aprueban el Reglamento General de la Ley Nº 30057 - Ley del Servicio Civil, establece la progresiva implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades y en su Única Disposición Complementaria Derogatoria, derogó el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP así como su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 105-2013-PCM. Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, publicada en el diario oficial "El Peruano" con fecha 11 de noviembre de 2015, se aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSH sobre "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", estableciéndose en el Anexo Nº 04 sobre el CAP Provisional lo siguiente: "(...) 4. Sobre la aprobación del CAP Provisional. Para la aprobación del CAP Provisional se cumplirá lo siguiente: 4.1 La aprobación del CAP Provisional por las entidades de los tres niveles de gobierno está condicionada al Informe de Opinión Favorable que emita SERVIR. 4.2. La aprobación del CAP Provisional de las entidades se realiza como sigue y sólo si se encuentra en alguno de los supuestos previstos en el numeral 1 del presente anexo: (...) Por Ordenanza Regional. Gobierno Regional, sus programas y proyectos adscritos y las empresas pertenecientes al Gobierno Nacional". Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 071-2016-MINEDU de fecha 26 de mayo de 2016,

publicado en el Diario Oficial El Peruano, de fecha 27 de mayo de 2016, resolvió aprobar la Norma Técnica denominada "Norma que orienta el procedimiento para la elaboración del CAP Provisional de las DRE y UGEL, en regiones". Que, mediante Oficio Nº 149-2017-GR/GOB.REG. TACNA., de fecha 10 de marzo de 2017, recepcionado en la misma fecha, el Gobernador Regional solicita la aprobación del "Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Educación de Tacna y sus respectivas Ugel", para lo cual adjunta los informes y demás documentos que sustentan su pedido. Que, con el Informe Nº 002-2017-SERVIR/GDSRH de fecha 10 de enero de 2017 emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; el Informe Nº 024-2017-GRPPAT-SGDO/GOB.REG.TACNA de fecha 16 de febrero de 2017 emitido por la Sub Gerencia de Desarrollo Organizacional; el Informe Nº 248-2017-ORAJ/ GOB.REG.TACNA de fecha 22 de enero de 2017 emitido por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; el Oficio Nº 2644-2017-D-DGI-DRSET/GOB.REG.TACNA de fecha 12 de junio de 2017 emitido por la Dirección Regional de Educación de Tacna; el Oficio Nº 3055-2017-SERVIR/ GDSRH de fecha 31 de mayo de 2017 emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos ­ Autoridad Nacional del Servicio Civil; y demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 009-2017-COPPyAT-C.R., de fecha 08 de setiembre de 2017, sobre: "APROBACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE TACNA Y SUS RESPECTIVAS UGEL", dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 15 de setiembre de 2017. Que, teniendo en cuenta los informes que sustentan el pedido de aprobación del proyecto de los Cuadros para Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Educación de Tacna y sus respectivas UGEL (Tacna, Tarata, Candarave y Jorge Basadre); así como la opinión favorable de SERVIR y el Dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, corresponde aprobar la presente Ordenanza Regional. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL de la DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE TACNA, el cual consta de un total de cincuenta y cuatro (54) cargos, distribuidos en cincuenta y dos (52) ocupados y dos (02) previstos, de acuerdo al anexo, que forma parte de la presente Ordenanza Regional; así como de sus respectivas Unidades de Gestión Educativa Local, conforme al detalle siguiente: 1.1. La UGEL TACNA el cual consta de un total de cincuenta y tres (53) cargos, distribuidos en cuarenta y cinco (45) ocupados y ocho (08) previstos, de acuerdo al anexo, que forma parte de la presente Ordenanza Regional. 1.2. La UGEL TARATA el cual consta de un total de veinticinco (25) cargos, distribuidos en trece (13)

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