Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2017 (13/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Viernes 13 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Aprueban tasa por estacionamiento vehicular temporal en el Distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2017-MDCH. Chancay, 28 de abril del 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el proyecto de Ordenanza que aprueba la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el Distrito de Chancay para el año 2017. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Estado, las municipalidades son órganos de gobierno local que poseen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con los límites que la propia carta magna y su Ley Orgánica les impone; Que, a su vez el artículo 69º numeral 2 de la Carta Magna establece que los gobiernos locales son competentes para crear contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales con arreglo a Ley;

Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por mayoría aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN EL DISTRITO DE CHANCAY PARA EL AÑO 2017 Artículo Primero.- Aprobar la ORDENANZA QUE APRUEBA LA TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN EL DISTRITO DE CHANCAY PARA EL AÑO 2017, la misma que consta de 15 artículos, 03 Disposiciones Finales y los Cuadros (Anexos I y II) que sustentan la estructura de costo y la estimación de ingresos del servicio de estacionamiento vehicular, que como anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y sus Anexos en el Portal Municipal, conforme a los procedimientos establecidos en el artículo 44º inciso 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación

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