Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2017 (28/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Sábado 28 de octubre de 2017 /

El Peruano

General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en la ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia del médico cirujano José Enrique Pérez Lu, a la designación y asignación de funciones efectuadas mediante Resoluciones Ministeriales Nº 544-2016/MINSA y 155-2017/MINSA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Daniel Maldonado González, en el cargo de Director General (CAP­P Nº 652), Nivel F-5, de la Oficina General de Tecnologías de la Información del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ANTONIO D'ALESSIO IPINZA Ministro de Salud 1581383-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 192-2017-TR Lima, 26 de octubre de 2017 VISTOS: La Nota AP 094/2017 de la Embajada de la República Argentina en el Perú, el Oficio OF.RE (DGMDAS) Nº 2-11-B/126 de la Dirección General de Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Oficio 815-2017-MTPE/4/10 e Informe Nº 55-2017-MTPE/4/10 de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, el Informe Técnico Nº 0232017-MTPE/2/15 de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, los Oficios Nºs. 1294 y 1271-2017-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración y el Informe Nº 1279-2017MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Nota AP 094/2017, la Embajada de la República Argentina en el Perú adjunta la carta de invitación oficial del Gobierno Argentino al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para participar en la "IV Conferencia Mundial sobre la Erradicación Sostenida del Trabajo Infantil", a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 14 al 16 de noviembre de 2017; Que, el objetivo principal de la IV Conferencia es acelerar el ritmo hacia el logro de la erradicación del trabajo infantil, en concordancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo; por ello, la temática cubrirá tanto la erradicación sostenida del trabajo infantil como la eliminación del trabajo forzoso, y en ese marco, abordará la temática de la generación de empleo juvenil de calidad; Que, con la finalidad de brindar una respuesta de actuación multisectorial frente al trabajo infantil y al trabajo forzoso, se han conformado el Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil (CPETI) y la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso (CNLCTF), las que se encuentran integradas por

las entidades comprometidas en prevenir y erradicar ambas problemáticas sociales, y cuentan con sus respectivos planes de trabajo, en los cuales se definen las acciones a realizar y los responsables en su ejecución; Que, la supervisión del cumplimiento de lo señalado en los referidos planes se encuentra a cargo del Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, por ser el Presidente del Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y, alterno del Presidente de la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso; por otro lado, dicha Dirección General es responsable de formular políticas públicas y funciones sustantivas orientadas a la erradicación del trabajo infantil y del trabajo forzoso, entre otros, de acuerdo con el artículo 52 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2014-TR; Que, dada la importancia de la citada conferencia para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar el viaje en misión oficial, de los señores Augusto Enrique Eguiguren Praeli, Viceministro de Trabajo y Edgardo Sergio Balbín Torres, Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para que participen en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en la "IV Conferencia Mundial sobre la Erradicación Sostenida del Trabajo Infantil", del 13 al 17 de noviembre de 2017; Que, conforme el Oficio OF.RE (DGM-DAS) Nº 2-11B/126, la Dirección General de Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha señalado que la organización del evento va a cubrir el costo de hospedaje de un participante; por lo cual, conforme lo establece el anexo 5 de la Directiva General Nº 001-2017-MTPE/4, aprobada por Resolución del Secretario General Nº 012-2017-TR/SG, le corresponde a este participante por concepto de viáticos el 40% por día del monto señalado en el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Que, mediante los Oficios Nºs. 1271 y 1294-2017MTPE/4/11, la Oficina General de Administración señala que el citado viaje cuenta con la certificación presupuestal por concepto de pasajes y viáticos, conforme las Notas Nºs. 058 (pasajes), 2134 y 2150 (viáticos), adjuntando los cuadros resumen de pasajes y viáticos; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM antes citado, precisan que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; asimismo, para el caso de autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado, se otorgarán por resolución ministerial del respectivo sector; Con la visación del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias y la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores AUGUSTO ENRIQUE EGUIGUREN PRAELI, Viceministro de Trabajo y EDGARDO SERGIO BALBÍN TORRES, Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 13 al 17 de noviembre de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de acuerdo con el siguiente detalle:

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