Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2017 (28/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Sábado 28 de octubre de 2017 /

El Peruano

que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Manuel Alfonso Escudero Torres, al cargo de Director de la Dirección de Vivienda de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar a la señora Rosario Elena Gonzáles Seminario, Directora de la Dirección de Ordenamiento e Integración de Centros Poblados de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, el puesto de Directora de la Dirección de Vivienda de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en tanto se designe a su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1581333-1

Designan órganos que realizarán las funciones de Unidad Formuladora y Unidad Ejecutora de Inversiones del PMIB
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 410-2017-VIVIENDA Lima, 27 de octubre de 2017 VISTOS: el Informe N° 582-2017-VIVIENDA-VMVUPMIB y el Informe N° 604-2017-VIVIENDA-VMVU-PMIB, del Programa Mejoramiento Integral de Barrios ­ PMIB, el Memorándum Nº 1454-2017-VIVIENDA-OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 021-2014-VIVIENDA, se crea el Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB, en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, con el propósito de contribuir a mejorar la calidad de vida de la población urbana, mediante la actuación coordinada y concurrente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los Gobiernos Locales y la Comunidad Barrial; Que, por Decreto Legislativo N° 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como Sistema Administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del citado Decreto Legislativo establece como órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, los Órganos Resolutivos (OR), las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el literal d) del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2017-EF, dispone que corresponde al Titular del Sector designar al Responsable de la Oficina de Programación

Multianual de Inversiones, así como al Responsable(s) de la(s) Unidad(es) Formuladora(s) de su Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; siempre que cumplan con el perfil profesional establecido por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones; Que, el numeral 4.4 del artículo 4 de la Directiva N° 001-2017-EF/63.01 Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2017EF/63.01, modificada por la Resolución Directoral N° 004-2017-EF/63.01, establece, entre otros, que el Titular del Sector como Órgano Resolutivo designa al órgano que realizará las funciones de Unidad Formuladora (UF), así como a su Responsable, quien debe cumplir con el perfil profesional establecido en el Anexo Nº 02: Perfil Profesional del Responsable de la Unidad Formuladora (UF), de la mencionada Directiva; Que, asimismo, el numeral 4.5 del artículo 4 de la Directiva referida en el considerando precedente, establece que la Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI) puede ser cualquier órgano o entidad o empresa adscrita de un Sector del Gobierno Nacional, Gobierno Regional o Gobierno Local sujeto al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, incluyendo a los programas creados por norma expresa en el ámbito de éstos, que no requieren necesariamente ser Unidades Ejecutoras presupuestales, pero que por su especialidad realizan las funciones de UEI establecidas por la normatividad de dicho Sistema. La Unidad Ejecutora de Inversiones es designada por el OR y registrada por la OPMI para cada inversión en el aplicativo informático del Banco de Inversiones junto con su Responsable, mediante el Formato N° 03: Registro de la Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones, de la mencionada Directiva; Que, el Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB, mediante Informe N° 604-2017-VIVIENDAVMVU-PMIB remite el Informe Técnico Legal N° 004-2017-VIVIENDA/VMVU-PMIB-JherreraO y el Informe Técnico N° 110-2017/VMVU/PMIB-mzegarra, a través de los cuales; en el marco de lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1252; sustenta y propone se designe a la Unidad Técnica de Intervenciones Físicas del Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB como órgano que realizará las funciones de Unidad Formuladora y de Unidad Ejecutora de Inversiones, y como sus responsables, al señor José Rómulo Buleje Guillén y al señor Marco Aurelio Zegarra García, respectivamente, para lo cual remite el proyecto de resolución ministerial correspondiente; Que, con los documentos del visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento emite opinión favorable sobre la designación del órgano que realizará las funciones de Unidad Formuladora y Unidad Ejecutora de Inversiones, así como sus respectivos responsables; Que, estando a lo expuesto corresponde expedir la resolución ministerial designando a la Unidad Técnica de Intervenciones Físicas del Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB como órgano que realizará las funciones de Unidad Formuladora y de Unidad Ejecutora de Inversiones, y como sus responsables, al señor José Rómulo Buleje Guillén y al señor Marco Aurelio Zegarra García, respectivamente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Legislativo N° 1252; el Decreto Supremo N° 027-2017-EF que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252; y, la Directiva N° 001-2017-EF/63.01, Directiva para la Programación Multianual en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2017-EF/63.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la Unidad Técnica de Intervenciones Físicas del Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB como órgano que realizará las funciones de Unidad Formuladora del PMIB y como su responsable al señor José Rómulo Buleje Guillén.

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