Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2017 (02/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Sábado 2 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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EDUCACION
Autorizan Transferencia Financiera a favor del INEI para financiar la transferencia a la que hace referencia el numeral XVI Informes a entregar y Pagos, del Anexo A Términos de Referencia del Convenio Nº 450-2017-MINEDU-INEI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 481-2017-MINEDU Lima, 1 de setiembre de 2017 CONSIDERANDO Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante Resolución Ministerial Nº 676-2016-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 12 477 963 653,00 (DOCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento; Que, la Trigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza al Ministerio de Educación a suscribir convenios de colaboración interinstitucional en el marco de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, con el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, a fin de implementar las evaluaciones establecidas en la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial y las evaluaciones de logros de aprendizajes de los estudiantes de Educación Básica. Los costos realizados por el INEI en el marco de los convenios que suscriba con el Ministerio de Educación, se financian con cargo a los recursos que para tal efecto se aprueben a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática hasta por el monto de S/ 185 000 000,00 (CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), conforme a lo dispuesto en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; Que, el segundo párrafo de la Disposición Complementaria Final a la que se hace referencia en el considerando precedente, establece que el Ministerio de Educación queda autorizado para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática, mediante resolución de su titular, para cubrir los gastos requeridos en cumplimiento de los convenios a que se refiere la presente disposición, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego. La resolución del Titular del pliego Ministerio de Educación se publica en el Diario Oficial El Peruano; Que, con fecha 04 de agosto del 2017, el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, suscribieron el Convenio N°450-2017MINEDU-INEI, con el objeto de ejecutar las acciones necesarias y suficientes para implementar la Evaluación Censal de Estudiantes - ECE 2017 y la Evaluación Muestral ­ EM 2017, con el fin de obtener información confiable y oportuna de los logros de aprendizajes de los estudiantes de las instituciones públicas y privadas de Educación Básica Regular; estableciéndose además, que el Ministerio de Educación transferirá a favor del INEI hasta la suma de S/ 129 962 244,50 (CIENTO VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 50/100 SOLES), suma que cubre los costos y gastos administrativos efectivamente realizados por el INEI; Que, mediante Informe N° 035-2017-MINEDU/ SPE-UMC, la Oficina de Medición de la Calidad de

los Aprendizajes de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, sustenta y solicita se efectúe una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 24 540 617,50 (VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS DIECISIETE Y 50/100 SOLES) a favor del INEI al haber cumplido con entregar el Informe 1, conforme a lo establecido en el numeral XVI. Informes a entregar y Pagos, del Anexo A Términos de Referencia del Convenio Nº 450-2017-MINEDU-INEI; asimismo, mediante Informe N° 577-2017-MINEDU/SPE-OPEPUPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación emite opinión favorable respecto de la transferencia propuesta; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 24 540 617,50 (VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS DIECISIETE Y 50/100 SOLES), para financiar la transferencia a la que hace referencia el el numeral XVI. Informes a entregar y Pagos, del Anexo A Términos de Referencia del Convenio Nº 450-2017-MINEDU-INEI; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01; SE RESUELVE: Artículo 1.Autorízase una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma de S/ 24 540 617,50 (VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS DIECISIETE Y 50/100 SOLES) por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios a favor del Pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, para financiar la transferencia a la que hace referencia el numeral XVI. Informes a entregar y Pagos, del Anexo A Términos de Referencia del Convenio Nº 450-2017-MINEDU-INEI. Artículo 2.- Los recursos de la transferencia financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- La Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera en el marco del Convenio Nº 450-2017-MINEDU-INEI. Artículo 4.- Copia de la presente Resolución Ministerial se remite a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1561099-2

Encargan las funciones de Directora de la Dirección de Formación Inicial Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 483-2017-MINEDU Lima, 1 de septiembre de 2017

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