Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2017 (02/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Sábado 2 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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en Salud; del Secretario General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017JUS, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, con eficacia anticipada al 7 de julio de 2017, la designación del abogado Roberto Alexis Casado López, efectuada mediante la Resolución Jefatural Nº 93-2015/IGSS, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al médico cirujano Américo Sandoval Lara, en el cargo de Director Ejecutivo (CAP Nº 0063), Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Administración del Hospital Nacional Docente Madre Niño San Bartolomé del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCIA FUNEGRA Ministra de Salud 1561242-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan viaje de Consultor del Despacho Ministerial a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 151-2017-TR Lima, 31 de agosto de 2017 VISTOS: El Memorando Nº 141-2017-MTPE/1.1 de la Jefa de Gabinete de Asesores, el correo electrónico del señor Ministro del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de fecha 24 de agosto de 2017, el Oficio Nº 10282017-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración y el Informe N° 1040-2017-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2017-RE se declara de interés nacional la visita de Su Santidad el Papa Francisco al Perú en enero de 2018; así como sus actividades, reuniones y eventos preparatorios y conexos, que se llevarán a cabo los años 2017 y 2018; Que, el artículo 2 del citado decreto supremo crea la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel "Visita del Papa Francisco" (en adelante, Comisión de Alto Nivel), la cual está integrada, entre otros, por el señor Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, quien la preside; Que, mediante Acta de la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel de fecha 15 de agosto de 2017, se acordó que una delegación multisectorial conformada por uno/a o más representantes de cada sector que integra la referida Comisión, viaje a la República de Colombia para tomar conocimiento de los preparativos y la organización de la visita del Papa a ese país, con cargo al presupuesto de cada sector; Que, en ese sentido, la Jefa de Gabinete de Asesores, mediante Memorando Nº 141-2017-

MTPE/1.1, señala que el representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo tiene programada reuniones de coordinación con el Comando del Plan Operacional Colombiana de la Policía Colombiana y con las autoridades locales de los lugares donde el Papa se presentará, donde tratarán temas de seguridad e infraestructura; por ello, solicita se expida la resolución correspondiente para el viaje en comisión de servicio a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del señor Justo Raúl Bueno Torres, Consultor del Despacho Ministerial, quien ha sido designado por el titular del Sector, conforme el correo electrónico de fecha 24 de agosto de 2017; Que, a efectos de coordinar y revelar información que contribuya a los preparativos de la visita del Papa a nuestro país, resulta necesario autorizar el viaje del señor Justo Raúl Bueno Torres, Consultor del Despacho Ministerial a la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, mediante Oficio Nº 1028-2017-MTPE/4/11 la Oficina General de Administración, señala que el referido viaje cuenta con la certificación presupuestal por concepto de pasajes y viáticos, conforme las Notas Nº 058 (pasajes) y Nº 1858 (viáticos), adjuntando el cuadro resumen de pasajes y viáticos; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; precisan que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; asimismo, para el caso de autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado, se otorgarán por resolución ministerial del respectivo sector; Con la visación del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias y la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor JUSTO RAÚL BUENO TORRES, Consultor del Despacho Ministerial, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia del 04 al 11 de setiembre de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes US$ 931.30 Viáticos US$ 2,220.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado consultor deberá presentar al Despacho Ministerial un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1560740-1

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