Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2017 (13/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Miércoles 13 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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artículo que es función de este organismo constitucional autónomo diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos a su cargo; Asimismo, el artículo 159º de la LOE, dispone que corresponde a la ONPE determinar las características de las cédulas de sufragio, la impresión y distribución de las mismas, así como decidir acerca de las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el voto del elector; Teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 165º de la LOE, la ONPE tiene a su cargo el diseño de la cédula de sufragio correspondiente al proceso electoral en curso, es por ello que tiene la facultad de incorporar mecanismos de control para garantizar la seguridad y eficacia del proceso, para tal fin se ha considerado un diseño de cédula con la inclusión de un código de barras, siendo la principal ventaja de esta incorporación reconocer en forma única y no ambigua las cédulas de sufragio que se emplearán en las mesas de sufragio para la votación de los electores, garantizando el derecho al voto secreto. Cabe precisar que, este código será idéntico para todas las cédulas de un mismo distrito electoral; Igualmente, según lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 165º de la LOE, la ONPE debe publicar y presentar ante los personeros de los partidos políticos, organizaciones políticas y candidatos, dentro de los dos (2) días naturales después del cierre de inscripción de candidaturas el diseño de la cédula de sufragio correspondiente al proceso electoral en curso, con el objeto que los personeros acreditados puedan presentar impugnaciones respecto al diseño de la cédula de sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con el artículo 167º de la misma ley; Por otro lado, mediante la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 28581, Ley que establece normas que regirán para las Elecciones Generales del año 2006, se autorizó a la ONPE implementar de manera progresiva y gradual el voto electrónico con medios electrónicos e informáticos o cualquier otra modalidad tecnológica que garantice la seguridad y confidencialidad de la votación, la identificación del elector, la integridad de los resultados y la transparencia en el proceso electoral; Asimismo, de acuerdo al artículo único de la Ley Nº 29603, Ley que autoriza a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) a emitir las Normas Reglamentarias para la implementación gradual y progresiva del Voto Electrónico, se autoriza a la ONPE para que, de manera autónoma, establezca los procedimientos necesarios para la aplicación del voto electrónico presencial y no presencial; La Gerencia de Informática y Tecnología Electoral a través del Memorando de vistos, remite a la Gerencia de Gestión Electoral el Informe Nº 000485-2017-SGPELGITE/ONPE elaborado por la Sub Gerencia de Proyectos Electorales, el cual contiene las Especificaciones Técnicas del diseño de la cédula de votación electrónica para las Elecciones Municipales Diciembre 2017; Por su parte, con Resolución Nº 0162-2017-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones precisó en el marco de las Elecciones Municipales Diciembre 2017, que el día 11 de setiembre es la fecha límite para la presentación de la lista de candidatos ante el Jurado Electoral Especial; De acuerdo a lo señalado y teniendo en cuenta lo establecido en el literal d) y e) del artículo 68º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias; la Gerencia de Gestión Electoral, a través del Informe de vistos, ha propuesto a la Gerencia General la aprobación de los diseños y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para Voto Electrónico y Votación Manual correspondientes a las Elecciones convocadas; La Gerencia General, mediante el documento de vistos, presentó a la Jefatura Nacional la propuesta de diseño y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para las elecciones antes referidas, recomendando su aprobación y publicación correspondiente; por lo que, es necesario emitir la Resolución Jefatural que las apruebe; De conformidad con lo dispuesto en los literales b), g) y h) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como en los literales o) y s) del artículo 11º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias; Con los visados de la Secretaría General, de las Gerencias de Asesoría Jurídica, de Gestión Electoral,

de Informática y Tecnología Electoral, así como de la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el diseño de la cédula de votación electrónica para las Elecciones Municipales Diciembre 2017, cuyo formato aparece en los Anexos Nº 2 y 3, y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 1, los cuales forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Aprobar el diseño de la cédula de votación manual para las Elecciones Municipales Diciembre 2017, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 5, y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 4, los cuales forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Poner el contenido de la presente resolución en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y de las Organizaciones Políticas participantes. Artículo Cuarto.- Publicar el contenido de la presente Resolución Jefatural y sus anexos en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, www.onpe.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO CARLO MAGNO CASTILLO MEZA Jefe ANEXO Nº 1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL DISEÑO DE LA CÉDULA DE VOTACIÓN ELECTRÓNICA PARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES DICIEMBRE 2017 1. MEDIDAS: 1.1 La cédula de votación electrónica será visualizada en la superficie de un dispositivo electrónico con una dimensión mínima de 10 pulgadas en diagonal. 2. DESCRIPCIÓN: 2.1 Encabezado: conformado por el texto: "ELECCIONES MUNICIPALES DICIEMBRE 2017" en letras de color negro, el Escudo Nacional va en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE va en el extremo derecho ambos de color negro, todo sobre un fondo de color blanco. 2.2 Subtítulo: conformado por una fila en fondo de color blanco, consignando el nombre del distrito a la que pertenece escrito con letras en color negro. 2.3 Instrucciones para el elector: Lleva el texto: "PRESIONE SOBRE EL SIMBOLO, NUMERO U OPCION DE SU PREFERENCIA", en letras de color blanco y fondo de color negro. 2.4 Cuerpo de la cédula: cada una de las secciones o celdas presenta 2 partes claramente diferenciadas: 2.4.1 Nombres de las organizaciones políticas, en letras de color negro, al lado izquierdo. 2.4.2 Opción de respuesta: símbolos o números de las Organizaciones Políticas (los símbolos se muestran a todo color y los números de color negro); voto en blanco y voto nulo en letras de color negro al lado derecho, cada opción dentro de un recuadro de fondo de color blanco. Para efectos de la publicación, y de acuerdo a la cantidad de organizaciones políticas, se han considerado dos opciones de diseño: a. Anexo 2, el diseño será con fondo de color celeste, a una columna cuando la cantidad de organizaciones políticas para el presente proceso sea menor a 10. b. Anexo 3, el diseño será con fondo de color celeste, a dos columnas cuando la cantidad de organizaciones políticas para el presente proceso sea igual o mayor a 10. 2.5 Pie de página: consta de una franja horizontal en fondo de color blanco, en donde se visualiza un recuadro con fondo de color verde con el texto: "SIGUIENTE" en letras de color blanco.

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