Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2017 (13/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Miércoles 13 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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VISTOS: El Informe Nº90-2017-MP-FN-GG-OCPLAP y el Informe N°996-2017-MP-FN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0482011-PCM establecen que el CENEPRED así como el INDECI son organismos públicos ejecutores adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros, responsables de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, siendo que la nueva legislación, busca articular a los diversos actores sectoriales, regionales y locales, instituciones públicas y privadas del país, teniendo para el caso de los niveles regionales y locales, el mandato de ejecutar los procesos de la Gestión de Riesgos de Desastres; Que, el Artículo 13 de la Ley N° 29664 define al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), como organismo público ejecutor, que entre otras funciones, se encarga de promover que las instituciones públicas desarrollen e implementen políticas, instrumentos y normativas relacionadas con los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, el numeral 16.2 del Artículo 16 de la Ley N° 29664, establece que las entidades públicas deben constituir Grupos de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres, integrados por funcionarios de los niveles directivos superiores y presididos por la máxima autoridad ejecutiva, siendo esta función indelegable; Que, mediante el numeral 13.4 del Artículo 13 y el Artículo 16 del Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, Reglamento de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres señala que las entidades públicas constituyen y presiden los "Grupos de Trabajo" de la Gestión del Riesgo de Desastres, como espacios internos de articulación para la formulación de normas y planes, evaluación y organización de los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres; coordinando y articulando la gestión prospectiva, correctiva y reactiva en el marco del SINAGERD, los mismos que estarán integrados por los responsables de los órganos y unidades orgánicas competentes; Que, mediante la Directiva N°001-2012-PCM-SINAGERD, "Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres en los tres niveles de Gobierno", aprobada por Resolución Ministerial N°276-2012-PCM, lineamientos que son de aplicación para las Entidades Públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, mediante las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N° 1322-2011-MP-FN de fecha 14 de julio de 2011, N°1420-2012-MP-FN de fecha 11 de junio de 2012, N°1286-2013-MP-FN de fecha 13 de Mayo 2013 y N°3582-2014-MP-FN de fecha 03 de setiembre de 2014, respectivamente, se crearon las Unidades Ejecutoras 003 Gerencia Administrativa de Arequipa, 004 Gerencia Administrativa de Lambayeque, 005 Gerencia Administrativa de La Libertad, 006 Gerencia Administrativa de Cusco, 007 Gerencia Administrativa de Piura, 008 Gerencia Administrativa de San Martín y 009 Gerencia Administrativa de Amazonas para su incorporación en el proyecto de Presupuesto Institucional; Que, a través del Informe de vistos la Oficina de Planificación y Presupuesto propone la conformación del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio Público; Que, en consecuencia resulta necesario que en cumplimiento de las normas e informes antes indicados, se proceda a la conformación del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio Público, para la formulación de normas y planes, evaluación, organización y supervisión, fiscalización y ejecución de los procesos de Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia; Contando con los vistos de la Gerencia General, Oficina Central de Planificación y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°29664, el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, Directiva N°0012012-PCM-SINAGERD, aprobada mediante la Resolución Ministerial N°276-2012-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052,"Ley Orgánica del Ministerio Público". SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR el "Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Ministerio Público", como espacio interno de articulación para el cumplimiento de las funciones de la gestión del riesgo de desastres en su jurisdicción, el mismo que conforme a la Ley N° 29664 y su Reglamento, estará conformado por los siguientes funcionarios: · El Fiscal de la Nación, quien la preside · El Gerente General · El Secretario General · El Gerente Central de Logística · El Gerente Central de Infraestructura · El Gerente Central de la Oficina de Planificación y Presupuesto · El Gerente de la Oficina de Seguridad. Artículo Segundo.- El Grupo de Trabajo constituido en el Artículo Primero de la presente Resolución, asumirá las funciones establecidas en la Ley N° 26994, Ley de creación del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°0482011-PCM y la Directiva N° 001-2012-PCM-SINAGERD, "Lineamientos para la Constitución y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en los tres niveles de Gobierno", aprobada por Resolución Ministerial N°276-2012-PCM. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia General deberá establecer los mecanismos necesarios para la instalación, implementación y puesta en funcionamiento del Grupo de trabajo del Ministerio Público. Artículo Cuarto.- DISPONER se remita copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros ­ PCM, al Centro de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres- CENEPRED y al Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, para las acciones de coordinación como integrantes del SINAGERD. Artículo Quinto.- DISPONER se remita copia de la presente Resolución a los miembros del Grupo de Trabajo, a la Gerencia General, Oficina Central de Planificación y Presupuesto y a la Oficina de Asesoría Jurídica para conocimiento y fines pertinentes. Artículo Sexto.- DISPONER que la Oficina Central de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en el portal Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1564645-1

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Aprueban las "Instrucciones para el Sorteo de Asignación de Números a las Organizaciones Políticas locales de las Elecciones Municipales Diciembre 2017"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000217-2017-JN/ONPE Lima, 12 de septiembre de 2017 VISTOS: el Informe Nº 000049-2017-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral, el Informe Nº

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