Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2017 (14/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Jueves 14 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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VISTOS: La invitación de la Escuela de la Función Judicial del Ecuador y el OF. RE (SUD) Nº 4-2-B/56, dirigida a la Academia de la Magistratura, a fin de que se designe a los representantes para participar en el "Encuentro Regional: Formación y Gestión de Escuelas Judiciales. La experiencia de la cooperación franco-ecuatoriana", evento internacional que se realizará del 19 al 22 de setiembre del presente año, en la ciudad de Quito ­ Ecuador, viaje que ha sido debidamente autorizado por el Pleno del Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 49 - 2017, de fecha 14 de agosto de 2017, y; CONSIDERANDO: Que, mediante OF. RE (SUD) Nº 4-2-B/56, la Escuela Judicial de Ecuador cursó invitación a la Academia de la Magistratura para participar en el "Encuentro Regional: Formación y Gestión de Escuelas Judiciales. La experiencia de la cooperación franco - ecuatoriana", evento internacional que se realizará del 19 al 22 de setiembre del presente año, en la ciudad de Quito Ecuador. Que, el evento internacional en mención tiene como propósito el intercambio de experiencias y buenas prácticas relativas a la consolidación de una formación judicial de calidad con los países de la región, en cuyo evento se propone que la Academia de la Magistratura participe con una presentación respecto a la temática de la formación judicial, por lo tanto, la participación de la AMAG, es de vital importancia como parte de la cooperación para la comunidad jurídica a efectos de actualización y especialización. Que, en ese sentido, dada la importancia de fortalecer alianzas estratégicas para el logro de objetivos y metas institucionales, y fomentar las relaciones interinstitucionales internacionales para la realización de actividades de investigación conjunta, intercambio de publicaciones, organización de talleres, coloquios, congresos, seminarios, y demás actividades de cooperación, resulta necesaria la participación de representantes de la Academia de la Magistratura en dicho evento académico internacional. Que, mediante Acuerdo Nº 49-2017, de fecha 14 de agosto de 2017, el Pleno del Consejo Directivo de la AMAG acordó autorizar la participación de los señores Consejeros: Tomás Aladino Gálvez Villegas y Héctor Enrique Lama More Cesar, en el "Encuentro Regional: Formación y Gestión de Escuelas Judiciales. La experiencia de la cooperación franco - ecuatoriana". Que, de acuerdo a la invitación cursada, la Escuela Judicial de Ecuador, se compromete, únicamente, a asumir los gastos de boletos aéreos, alojamiento, alimentación y traslado interno de un comisionado, la misma que ha sido otorgada al señor Consejero del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, Tomás Aladino Gálvez Villegas, por lo que tomando en consideración las facilidades proporcionadas por los organizadores, la Academia de la Magistratura asumirá los otros gastos que irrogue el comisionado en el citado evento internacional que nos ocupa. Que, en mérito a lo expuesto líneas precedentes, y estando a que, los organizadores asumirán los gastos de boletos aéreos, alojamiento, alimentación y traslado interno del señor Consejero Tomás Aladino Gálvez Villegas; y dadas las facilidades proporcionadas, la Academia de la Magistratura deberá asumir los gastos que no serán cubiertos por los organizadores, siendo estos: el seguro médico viajero del comisionado en mención. Además, se deberá efectuar la compra de boletos aéreos, seguro médico viajero y la asignación de viáticos para el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al Presupuesto de la Academia de la Magistratura del Perú. Que, el numeral 10,1 del artículo 10º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2017, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la

Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. Que, estando a lo expuesto, de conformidad con la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; modificada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, y en ejercicio de las atribuciones, y con cargo a dar cuenta al Pleno del Consejo Directivo. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la participación de los señores Consejeros Tomás Aladino Gálvez Villegas y Héctor Enrique Lama More, en representación de la Academia de la Magistratura, para participar en el "Encuentro Regional: Formación y Gestión de Escuelas Judiciales. La experiencia de la cooperación franco ecuatoriana", evento internacional que se realizará del 19 al 22 de setiembre del presente año, en la ciudad de Quito - Ecuador. Artículo Segundo.- Los gastos de seguro médico viajero para el señor Consejero Tomás Aladino Gálvez Villegas y los gastos de boletos aéreos, asignación de viáticos y seguro médico viajero para el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, serán con cargo al Presupuesto de la Academia de la Magistratura del Perú correspondiente al presente ejercicio fiscal, de acuerdo al siguiente detalle: - Consejero Tomás Aladino Gálvez Villegas Seguro médico viajero Total S/ 207.00 S/ 207.00

- Consejero Héctor Enrique Lama More Boletos aéreos Seguro médico viajero Viáticos (19 al 21 de setiembre) Total S/ 4,239.50 S/ 207.00 S/ 2,264.00 S/ 6,710.50

Artículo Tercero.- Los funcionarios mencionados en el artículo primero presentarán un informe detallado al Consejo Directivo sobre el resultado de su participación en el evento internacional, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no libera ni exonera al pago de derechos ni de otro tributo, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GONZALO CHÁVARRY VALLEJOS Fiscal Supremo Presidente del Consejo Directivo 1564377-1 RESOLUCIÓN Nº 020-2017-AMAG-CD Lima, 11 de setiembre de 2017 VISTA: La carta S/N de la Academia de Intercambio y Estudios Judiciales ­ Argentina, dirigida al Presidente de la Academia de la Magistratura, doctor Pedro Gonzalo Chávarry Vallejos, para participar, en la ciudad de Buenos Aires, en Reuniones con Magistrados de la República de Argentina y una jornada sobre Evidencia

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