Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2017 (15/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Viernes 15 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1565770-2

la Sanidad Vegetal para el ejercicio fiscal 2017, para el siguiente producto y actividad que pueden ser ejecutados por los Gobiernos Regionales y Locales: Producto 3000380: Productores agrícolas con menor presencia de plagas priorizadas. Actividad 5000189: Control y/o erradicación de plagas priorizadas. Artículo 2º.- Disponer que la presente Resolución Jefatural se publique en el diario Oficial El Peruano y la difusión de los Anexos a los que se refiere en el cuarto párrafo de la presente Resolución se publique en el portal web institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.senasa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Jefe 1564954-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban el Modelo Operacional del Programa Presupuestal 0040 Mantenimiento y Mejora de la Sanidad Vegetal para el ejercicio fiscal 2017, para el Producto 3000380 y la Actividad 5000189
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0116-2017-MINAGRI-SENASA 8 de setiembre de 2017 VISTO: El Informe 0010-2017-MINAGRI-SENASA-OPDIPBARRON, del 25 de mayo de 2017, y; CONSIDERANDO: Que, el Título V del Decreto Ley N° 25902, crea al Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, como organismo público del Ministerio de Agricultura, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa, económica y financiera, constituyendo pliego presupuestal; Que, mediante la Directiva N° 003-2015-EF/50.01, se aprueba la Directiva para los Programas Presupuestales en el Marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, el cual establece en el artículo 10° que dado que un PP es diseñado tomando como punto de partida un Resultado Específico, las actividades y los productos de un PP pueden ser ejecutados tanto por entidades del Gobierno Nacional como por los Gobiernos Regionales y Locales en el marco de sus competencias. En estos casos, el responsable de la elaboración y remisión del Anexo N° 2 "Contenidos mínimos de un Programa Presupuestal" es el Gobierno Nacional; Que, el Anexo N° 2 del PP-0040 Mantenimiento y Mejora de la Sanidad Vegetal, diseñado por el Equipo Técnico y con la conformidad del Responsable Técnico del Programa Presupuestal, que fue presentado al Ministerio de Economía y Finanzas mediante Oficio N° 0020-2016-MINAGRI-SENASA-OPDI, contempla productos y actividades que pueden ser ejecutados por los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el Anexo N° 2 contiene los Modelos Operacionales que constituyen el procedimiento mediante el cual se estandariza, precisa y describen los contenidos del producto (bienes y servicios) entregados al grupo poblacional que recibe el producto y cómo se ejecutarán las actividades, así como la organización para la entrega del producto, la organización y criterios de programación, para cada nivel de gobierno; Con las visaciones de los Directores Generales de la Dirección de Sanidad Vegetal, de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional; y de las Directoras Generales de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Modelo Operacional del Programa Presupuestal 0040 Mantenimiento y Mejora de

Designan Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre - Sierra Central
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 208-2017-SERFOR/DE Lima, 13 de setiembre del 2017 VISTO: El Informe N° 533-2017-SERFOR/OGA-ORH de fecha 11 de setiembre de 2017, de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre ­ SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, siendo considerado como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, con Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, el cual establece que las Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre se incorporan al SERFOR, como órganos desconcentrados de actuación local, cuyo responsable es el Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre, quien es designado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva y depende jerárquica, funcional, administrativa y presupuestalmente de la Dirección Ejecutiva del SERFOR; Que, mediante el Informe del Visto, la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración opina favorablemente sobre la designación del señor Gastón Chucos Lazo en el cargo de Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre ­ Sierra Central, el cual se encuentra vacante; Con el visado del Secretario General y de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante el Decreto Supremo 007-2013-MINAGRI, y modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir del 15 de setiembre de 2017, al señor Gastón Chucos Lazo, en el cargo de Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre ­ Sierra Central, cargo considerado de confianza.

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