Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2017 (15/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de setiembre de 2017 /

El Peruano

Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Francia, y Carta N° 92/PER/AD del 06 de junio de 2017, los gastos de alojamiento y alimentación serán asumidos por el país anfitrión; en consecuencia, conforme a lo señalado en el Dictamen mencionado en el considerando precedente, por lo que debe otorgarse la Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero por un veinte por ciento (20%) del que corresponde a su grado y zona geográfica, en mérito a lo establecido en los artículos 1 y 3 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, del 12 de septiembre de 2014, que dispone el pago por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración del Sub Director de Desarrollo Profesional de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército del 17 de agosto de 2017, los gastos de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta y compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, que ocasione la participación del personal militar en el mencionado evento no serán asumidos por ningún organismo internacional, por lo que se efectuarán con cargo al presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, de conformidad a los incisos a) y c) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la presentación del personal militar nombrado en la fecha requerida, es necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y sus modificatorias; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército, y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, y su modificatoria; aprobada con el Decreto Supremo N°056-2013-PCM, el Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Cadete IV año EP Oscar Ricardo CORREA LAZO, identificado con DNI N° 70038537; de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi", para visitar la Escuela de Saint Cyr ubicada en Coetquidan, ciudad de Rennes, República Francesa, en el periodo comprendido del 18 de setiembre de 2017 al 08 de diciembre de 2017, así como autorizar su salida del país el 17 de setiembre de 2017 y su retorno al país el 09 de diciembre de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes de Ida y Vuelta: Lima ­ Coetquidan ­ Rennes ­ Lima (Clase Económica): US$ 1,840.00 x 01 persona US$ 1,840.00 ------------------Total a pagar en Dólares Americanos US$ 1,840.00

Compensación Extraordinaria (Alojamiento y alimentación) 824.72/30 x 13 dias x 01 persona (18-30 set17) x 20% 824.72 x 02 meses x 01 persona (oct - nov17) x 20% 824.72/31 x 08 dias x 01 persona (01-08 dic17) x 20% 71.47 329.88 42.57 -------------Total a pagar en Euros 443.92

Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicio en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las Disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente Artículo 4.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, de la presente Resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Articulo 5.- El personal militar designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1565485-1

Autorizan viaje de oficiales de la Fuerza Aérea del Perú a Panamá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1288-2017 DE/SG Lima, 13 de setiembre de 2017 VISTOS: La Carta DVMSP-CIP/142-2017 del 6 de julio de 2017, del Viceministro del Ministerio de Seguridad Pública de la República de Panamá; y, el Informe N° 077-2017-MINDEF/VPD/B/01.e de fecha 08 de setiembre de 2017, del Asesor Legal de la Dirección General de Relaciones Internacionales. CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta del visto, el Viceministro de Seguridad Pública de la República de Panamá, invita a dos (2) representantes del Ministerio de Defensa para que participen en la reunión del Grupo de Trabajo AdHoc "Perspectiva de Género como Eje Transversal de las Políticas de Defensa y Seguridad", a realizarse en la Ciudad de Panamá, del 20 al 22 de setiembre de 2017; Que, conforme a lo mencionado en el Informe N° 077-2017-MINDEF/VPD/B/01.e de fecha 08 de setiembre de 2017, del Asesor Legal de la Dirección General de Relaciones Internacionales. el Grupo de Trabajo Ad-Hoc se organiza para cumplir con los acuerdos alcanzados por los Ministros de Defensa y Seguridad durante la XII

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