Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2017 (15/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de setiembre de 2017 /

El Peruano

concluida la designación dispuesta en la Resolución Ministerial N° 042-2017-MIDIS; De conformidad con dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del representante titular dispuesta en la Resolución Ministerial N° 042-2017-MIDIS. Artículo 2.- Designar al Director/a de la Dirección de Diseño y Articulación de Políticas, como representante titular del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, creada mediante Decreto Supremo N° 1022012-PCM. Artículo 3.- Notificar la presente resolución al/a la representante designado/a en el artículo 2 de la presente resolución, a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y a la Oficina General de Recursos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. FIORELLA MOLINELLI ARISTONDO Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1565416-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del Pliego Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN
DECRETO SUPREMO Nº 272-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 016: Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN; Que, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1088 crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, como organismo de derecho público cuya finalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; asimismo se señala que sus competencias son de alcance nacional y constituye un pliego presupuestario; Que, el artículo 13 del referido Decreto Legislativo dispone que el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, cuenta con un sistema de información que integra todos los datos y la información relevante de los procesos de planificación estratégica, el cual constituye el soporte de los procesos de planificación, seguimiento y evaluación de la gestión estratégica del Estado, así como de la publicidad de los mismos para el cumplimiento del principio de transparencia; asimismo, dispone que el CEPLAN, es el que determina los mecanismos, los procedimientos, los alcances, las responsabilidades y las atribuciones para su implementación, velando por la no duplicidad de esfuerzos entre las entidades del Estado y, en consecuencia, promoviendo la complementariedad de esfuerzos; Que, a través del Informe N° 053-2017-CEPLAN/OPP el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del CEPLAN solicita una demanda adicional hasta por la suma de UN MILLÓN Y 00/100 SOLES (S/ 1 000 000,00), que

permita mejorar el nivel de servicio ofrecido por el citado pliego a sus usuarios, bajo el enfoque de articulación de Sistemas Administrativos Transversales (SAT), y contribuir a incorporar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en el planeamiento estratégico nacional, mediante la construcción de una visión concertada de futuro del país, siendo necesario el afinamiento del Presupuesto Operativo Institucional ­ POI 2018, elaborado por las instituciones de los tres niveles de gobierno; señalándose que la asignación presupuestal del año 2017 autorizada al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, se encuentra destinada a la ejecución de los gastos rígidos y operativos de la entidad, no existiendo saldos de libre disponibilidad para su financiamiento, en virtud de lo cual mediante Oficio N° 017-2017-CEPLAN/PCD el Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN, solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos solicitados no han sido autorizados en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y el citado pliego no cuenta con saldos de libre disponibilidad para su financiamiento, por lo que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de UN MILLÓN Y 00/100 SOLES (S/ 1 000 000,00) a favor del pliego Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, para los fines indicados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de UN MILLÓN Y 00/100 SOLES (S/ 1 000 000,00) a favor del pliego Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN para mejorar el nivel de servicio ofrecido actualmente por el citado pliego a sus usuarios, bajo el enfoque de articulación de Sistemas Administrativos Transversales (SAT), y contribuir a incorporar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en el planeamiento estratégico nacional, mediante la construcción de una visión concertada de futuro del país, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General En Soles

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS 1 000 000,00 -----------------1 000 000,00 ==========

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