Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2018 (07/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Sábado 7 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, Clasificar la información de carácter secreto y reservado y/o designar a los funcionarios encargados de tal clasificación; Que, por Resolución Rectoral Nº 133-2011-UNDAC-R., de fecha 6 de setiembre de 2011 se designó al Ing. Percy Ramírez Medrano - Director de la Oficina General de Informática y Estadística, como responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia de la UNDAC; Que, por Resolución Rectoral Nº 731-2017-UNDAC-R., de fecha 9 de noviembre de 2017 se designó, a partir del 31 de octubre de 2017 al Mg. Juan Antonio Carbajal Mayhua como Director General de Informática y Estadística, quien conformará la dependencia del Rectorado de la UNDAC (...); Que, la Ley 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública", modificada por la Ley Nº 27297, de fecha 03 de febrero del año 2003, en su artículo 8º señala que: "...Dichas entidades identificarán bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en virtud de la presente Ley. En caso de que éste no hubiera sido designado las responsabilidades administrativas y penales recaerán en el Secretario General de la Institución a quienes haga sus veces"; Que, dentro del marco normativo señalado en los considerandos precedentes, resulta conveniente designar, a partir de la fecha al Mg. Juan Antonio Carbajal Mayhua - Director General de Informática y Estadística, como responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia de la UNDAC, en virtud de la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública" y su Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública", modificada por Ley Nº 27927, al Artículo 03º del Reglamento de la Ley de Transparencia aprobado mediante D. S. Nº 072-2003-PCM, los artículos 3º y 8º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el artículo 11º, incisos 11.1 al 11.10 de la Ley Universitaria Nº 30220, el Estatuto vigente y con cargo a dar cuenta al Honorable Consejo Universitario; y, El Rector, en uso de las facultades que le confiere la ley. RESUELVE.Artículo Primero.- Designar, a partir de la fecha al Mg. Juan Antonio Carbajal Mayhua - Director General de Informática y Estadística, como responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, en virtud de la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública", su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes. Artículo Segundo.- Dar las gracias al Mg. Percy Ramírez Medrano, por los servicios realizados en la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la UNDAC desde el 6 de setiembre de 2011 hasta el 30 de octubre de 2017. Artículo Tercero.- Publíquese la presente Resolución Rectoral en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a lo establecido en el Art. 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM. Regístrese, comuníquese y archívese. FELIPE YALI RUPAY Rector OSCAR ABEL FIGUEROA MEJÍA Secretario General 1633874-2

Aprueban Estatuto de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE TAYACAJA DANIEL HERNÁNDEZ MORILLO RESOLUCIÓN COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 011-2018-CO-UNAT Pampas, 31 de enero de 2018 VISTO: La hoja de trámite N° 010-PRESIDENCIA y el OFICIO N° 001-2018-VPAC/UNAT; y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 18° en el cuarto párrafo: establece que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico y económico. Las Universidades se rigen por sus propios estatutos y reglamentos en el marco de la Constitución y de las leyes; el mismo que es concordante con el Artículo 8° de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, establece que las universidades tienen autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, mediante Ley Nº 29716 promulgada el 23 de junio de 2011, se creó la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo, como persona jurídica de derecho público interno, con sede en la ciudad de Pampas, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 127-2017-MINEDU de fecha 14 de Julio de 2017, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo; Que, el segundo párrafo del artículo 29° de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, prescribe: "(...)". Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 001-2017-CO-UNAT, de fecha 01 de julio de 2016, se aprueba el Estatuto de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 083-2016-CO-UNAT, de fecha 16 de octubre de 2017, se conforma la Comisión Revisora del Estatuto de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo, para adecuar el Estatuto conforme lo establece la Ley Universitaria N° 30220; integrada por el Dr. Darío Emiliano Medina Castro Presidente de la Comisión Organizadora, Dr. Damián Manayay Sánchez Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora, Dr. Manuel Alfredo Ñique Álvarez Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, Abog. Adalberto Cruz García Secretario General y la Mg. Miriam Janet Torres Amado Asesora Jurídica; Que, la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo, está en proceso de Licenciamiento, en tal sentido se requiere la adecuación del Estatuto en concordancia con la Ley Universitaria N° 30220; Que, mediante el OFICIO N° 001-2018-VPAC/UNAT, el Vicepresidente Académico remite un ejemplar del Estatuto de la UNAT para su revisión y aprobación por parte de la Comisión Organizadora; Que, en Sesión permanente de Comisión Organizadora de 18 de enero de 2018, se acordó APROBAR el Estatuto de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo; Estando en los considerandos precedentes, en uso de las atribuciones que le concede la Ley Universitaria N°

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