Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2018 (07/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Sábado 7 de abril de 2018

NORMAS LEGALES GOBIERNOS LOCALES

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las condiciones de excepción dispuestas en el numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009JUS, dispone la publicación de la presente circular: Actualización del capital social mínimo de las empresas supervisadas correspondientes al trimestre abril - junio de 2018 (en soles)
CAPITAL SOCIAL MÍNIMO (*) A. Empresas de Operaciones Múltiples 1. Empresas Bancarias. 2. Empresas Financieras. 3. Caja Municipal de Ahorro y Crédito. 4. Caja Municipal de Crédito Popular. 5. Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa EDPYME. 6. Cooperativas de Ahorro y Crédito autorizadas a captar recursos del público. 7. Caja Rural de Ahorro y Crédito. B. Empresas Especializadas 1. Empresas de Capitalización Inmobiliaria. 2. Empresas de Arrendamiento Financiero. 3. Empresas de Factoring. 4. Empresas Afianzadora y de Garantías. 5. Empresas de Servicios Fiduciarios. 6. Empresas Administradoras Hipotecarias C. Bancos de Inversión D. Empresas de Seguros 1. Empresas que opera en un solo ramo (de riesgos generales o de vida). 2. Empresas que opera en ambos ramos (de riesgos generales y de vida). 3. Empresas de Seguros y Reaseguros. 4. Empresas de Reaseguros. E. Empresas de Servicios Complementarios y Conexos 1. Almacén General de Depósito. 2. Empresas de Transporte, Custodia y Administración de Numerario. 3. Empresas Emisora de Tarjetas de Crédito y/o Débito. 4. Empresas Emisoras de Dinero Electrónico 5. Empresas de Transferencia de Fondos. 4,389,954 17,991,614 1,219,831 2,439,663 1,219,831 4,879,326 6,707,274 17,075,840 10,368,567 7,196,645 4,389,954 2,439,663 2,439,663 2,439,663 4,404,086 26,832,693 26,832,693 13,493,710 13,493,710 7,196,645 1,219,831 1,219,831 1,219,831

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Modifican el TUPA de la Gerencia de Cultura a fin de incorporar el procedimiento administrativo de actualización de inscripción en la Base de datos de Grupos de Cultura Viva Comunitaria y Aliados
ORDENANZA N° 2084 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 27 de marzo de 2018, los Dictámenes Nos. 31-2018-MMLCMAEO, 18-2018-MML-CMAL y 03-2018-MMLCMEC de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización, de Asuntos Legales y de Educación y Cultura; y, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 9 numeral 8), artículo 40 y numerales 2) y 4) del artículo 157 de la Ley Orgánica de Municipalidades; Ha dado lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE ACTUALIZACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN LA BASE DE DATOS DE GRUPOS DE CULTURA VIVA COMUNITARIA Y ALIADOS Y MODIFICA EL TUPA DE LA GERENCIA DE CULTURA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA ORDENANZA N° 1673 Artículo Primero.- Aprobación del Procedimiento de Actualización de Inscripción en la Base de Datos de Grupos de Cultura Viva Comunitaria y Aliados Aprobar el procedimiento para la actualización de inscripción en la Base de Datos de Grupos de Cultura Viva Comunitaria y Aliados, en adecuación a la Ordenanza N° 1673, la misma que consta de dos títulos, ocho artículos, dos disposiciones complementarias finales y dos Anexos, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Modificación del TUPA Modificar el Texto Único del Procedimiento Administrativo (TUPA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 1874, en el rubro de la Gerencia de Cultura de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el cual se procede a incorporar el procedimiento administrativo de actualización de inscripción en la Base de datos de Grupos de Cultura Viva Comunitaria y Aliados, conforme consta en el Anexo 02: Formularios (Formulario GC-03 y Formulario GC-04), que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Vigencia La presente Ordenanza, el procedimiento que aprueba y sus anexos, entrarán en vigencia a partir de los 60 días calendario siguientes a su publicación en el Diario Oficial El Peruano, a fin de que los obligados cuenten con un plazo suficiente para su actualización. Artículo Cuarto.- Publicación La Ordenanza y sus anexos serán publicados en el Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe); en el caso del TUPA, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (ww.serviciosalciudadano.gob.pe). También será

(*) Para las empresas supervisadas consideradas en el cuadro anterior, salvo las Empresas Administradoras Hipotecarias y las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico, factor de actualización para el trimestre abril 2018 ­ junio 2018 en base a la Variación IPM octubre 1996 ­ marzo 2018: 1.7991614 Para las Empresas Administradoras Hipotecarias, factor de actualización para el trimestre abril 2018 ­ junio 2018 en base a la Variación IPM marzo 2007 ­ marzo 2018: 1.2953193 Para las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico factor de actualización para el trimestre abril 2018 ­ junio 2018 en base a la Variación IPM diciembre 2012 ­ marzo 2018: 1.0754430

Atentamente, SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1633888-1

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