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31 NORMAS LEGALES Sábado 28 de abril de 2018 El Peruano / Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente: Tipo de Cofi nancia- mientoInstitución ProgramaTotal des- embolso autorizado S/ Transferencia FinancieraUniversidad Nacional de IngenieríaMaestría en Ciencias con men- ción en Matemática Aplicada38,994.23 264,782.12 Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de AmazonasMaestría en Producción Animal108,901.58 247,450.00 Universidad Nacional de TrujilloMaestría en Arqueología Sudamericana mención en Modelización, Experimentación y Técnicas Analíticas9,709.77 238,930.23 Universidad Nacional de IngenieríaMaestría en Ciencias con mención en Química117,609.18 261,467.50 Universidad Nacional de IngenieríaMaestría en Ciencias con mención en Energética126,730.80 264,445.00 Universidad Nacional de IngenieríaMaestría Procesamiento Digital de Señales e Imágenes224,566.91 Universidad Nacional de IngenieríaDoctorado en Física208,695.75 173,774.00 Universidad Nacional Agraria La MolinaPrograma doctoral en ciencia de alimentos95,364.30 210,204.12 291,529.37 TOTAL S/ 2’883,154.86 Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1642384-1 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 063-2018-CONCYTEC-P Lima, 27 de abril de 2018 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 006-2018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, el O fi cio Nº 160-2018-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, el Informe Nº 118-2018-CONCYTEC-OGPP, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2018-CONCYTEC-P de fecha 14 de febrero de 2018, se aprueba la Directiva Nº 02-2018-CONCYTEC- OGPP denominada “Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones 2018, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, (en adelante, la Directiva); Que, el Numeral 6.1 de la Directiva, dispone que el FONDECYT es responsable de la conducción y ejecución de los instrumentos fi nancieros, que comprende entre otros, la selección de ganadores, así como la determinación de los montos cuya transferencia fi nanciera se solicita aprobar o cuya subvención se solicita autorizar; Que, el segundo párrafo del referido Numeral señala que el FONDECYT es responsable de veri fi car cada uno de los aspectos técnicos y legales que se consignen en los Informes Técnicos-Legales que remita al CONCYTEC; Que, mediante O fi cio Nº 160-2018-FONDECYT- DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación de transferencias fi nancieras a favor de las instituciones que suscribieron convenios en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica con el FONDECYT, conforme a lo siguiente: Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 759,475.72); Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas (S/ 149,435.12); Universidad Nacional de San Martín Tarapoto (S/ 131,880.00), y de la Universidad Nacional de Ingeniería (S/ 62,000.00), por un importe total ascendente a S/ 1’102,790.84, señalando además que con dichos recursos se co fi nanciarán proyectos de investigación, en el marco de las convocatorias de los Esquemas Financieros “Círculos de investigación en ciencia y tecnología”, “Equipamiento para la investigación cientí fi ca” y “Proyectos de investigación básica y aplicada”; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 006-2018-FONDECYT- UPP-UAJ-USM (en adelante el Informe Técnico Legal), mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar transferencias financieras a favor de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 188,579.54 y S/ 159,109.59); de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 161,438.00 y S/ 115,340.00); de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas (S/ 41,995.00); de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 9,350.00); de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas (S/ 53,000.43 y S/ 54,439.69); de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 18,300.00 ); de la Universidad Nacional de San Martín Tarapoto (S/ 84,240.00 y S/ 47,640.00); de la Universidad Nacional de Ingeniería (S/ 62,000.00); de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 31,865.00 y S/ 54,936.00); y de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 20,557.59) por el importe total ascendente a S/ 1’102,790.84, para cofinanciar proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el Informe Técnico Legal. Los citados órganos adjuntan copia del Certificado de Crédito Presupuestario N° 00000001169; del Certificado de Crédito Presupuestario N° 000000171; y Certificado de Crédito Presupuestario N° 0000000175, y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 154-2015-FONDECYT-DE; de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 171-2015-FONDECYT-DE; y de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 160-2015-FONDECYT-DE; Que, el Numeral 4.1 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y presupuestalmente realizar las Transferencias Financieras para cofinanciar los proyectos de las instituciones aprobadas mediante convenios suscritos por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, asimismo, el Numeral 4.2, señala que es viable técnica y legalmente realizar las transferencias financieras para cofinanciar los proyectos de las instituciones aprobados mediante convenios suscritos