Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2018 (28/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Sábado 28 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:
Tipo de Cofinanciamiento Institución Universidad Nacional de Ingeniería Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas Universidad Nacional de Trujillo Transferencia Financiera Universidad Nacional de Ingeniería Universidad Nacional de Ingeniería Universidad Nacional de Ingeniería Universidad Nacional de Ingeniería Universidad Nacional Agraria La Molina Programa Maestría en Ciencias con mención en Matemática Aplicada Maestría en Producción Animal Maestría en Arqueología Sudamericana mención en Modelización, Experimentación y Técnicas Analíticas Maestría en Ciencias con mención en Química Maestría en Ciencias con mención en Energética Maestría Procesamiento Digital de Señales e Imágenes Doctorado en Física Programa doctoral en ciencia de alimentos Total desembolso autorizado S/ 38,994.23 264,782.12 108,901.58 247,450.00 9,709.77 238,930.23 117,609.18 261,467.50 126,730.80 264,445.00 224,566.91 208,695.75 173,774.00 95,364.30 210,204.12 291,529.37 2'883,154.86

TOTAL S/

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1642384-1 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 063-2018-CONCYTEC-P Lima, 27 de abril de 2018 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 006-2018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, el Oficio Nº 160-2018-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, el Informe Nº 118-2018-CONCYTEC-OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2018-CONCYTEC-P de fecha 14 de febrero de

2018, se aprueba la Directiva Nº 02-2018-CONCYTECOGPP denominada "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones 2018, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", (en adelante, la Directiva); Que, el Numeral 6.1 de la Directiva, dispone que el FONDECYT es responsable de la conducción y ejecución de los instrumentos financieros, que comprende entre otros, la selección de ganadores, así como la determinación de los montos cuya transferencia financiera se solicita aprobar o cuya subvención se solicita autorizar; Que, el segundo párrafo del referido Numeral señala que el FONDECYT es responsable de verificar cada uno de los aspectos técnicos y legales que se consignen en los Informes Técnicos-Legales que remita al CONCYTEC; Que, mediante Oficio Nº 160-2018-FONDECYTDE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación de transferencias financieras a favor de las instituciones que suscribieron convenios en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica con el FONDECYT, conforme a lo siguiente: Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 759,475.72); Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas (S/ 149,435.12); Universidad Nacional de San Martín Tarapoto (S/ 131,880.00), y de la Universidad Nacional de Ingeniería (S/ 62,000.00), por un importe total ascendente a S/ 1'102,790.84, señalando además que con dichos recursos se cofinanciarán proyectos de investigación, en el marco de las convocatorias de los Esquemas Financieros "Círculos de investigación en ciencia y tecnología", "Equipamiento para la investigación científica" y "Proyectos de investigación básica y aplicada"; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 006-2018-FONDECYTUPP-UAJ-USM (en adelante el Informe Técnico Legal), mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar transferencias financieras a favor de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 188,579.54 y S/ 159,109.59); de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 161,438.00 y S/ 115,340.00); de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas (S/ 41,995.00); de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 9,350.00); de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas (S/ 53,000.43 y S/ 54,439.69); de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 18,300.00 ); de la Universidad Nacional de San Martín Tarapoto (S/ 84,240.00 y S/ 47,640.00); de la Universidad Nacional de Ingeniería (S/ 62,000.00); de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 31,865.00 y S/ 54,936.00); y de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 20,557.59) por el importe total ascendente a S/ 1'102,790.84, para cofinanciar proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el Informe Técnico Legal. Los citados órganos adjuntan copia del Certificado de Crédito Presupuestario N° 00000001169; del Certificado de Crédito Presupuestario N° 000000171; y Certificado de Crédito Presupuestario N° 0000000175, y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 154-2015-FONDECYT-DE; de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 171-2015-FONDECYTDE; y de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 160-2015-FONDECYT-DE; Que, el Numeral 4.1 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y presupuestalmente realizar las Transferencias Financieras para cofinanciar los proyectos de las instituciones aprobadas mediante convenios suscritos por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, asimismo, el Numeral 4.2, señala que es viable técnica y legalmente realizar las transferencias financieras para cofinanciar los proyectos de las instituciones aprobados mediante convenios suscritos

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