Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2018 (05/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Domingo 5 de agosto de 2018 /

El Peruano

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modificatorias, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por el Derecho de Vía de la Obra: "Autopista del Sol (Trujillo ­ Chiclayo ­ Piura ­ Sullana)" y el valor de la Tasación del mismo ascendente a S/ 2,651.90, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del

Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble afectado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda a levantar las cargas o gravámenes que existan sobre el bien inmueble; los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "AUTOPISTA DEL SOL (TRUJILLO ­ CHICLAYO ­ PIURA ­ SULLANA)".
No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CÓDIGO: PAS-EV05-VEN-021 IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AREA AFECTADA: 668.08 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE AFECTADA: WGS84 DISTANCIA VERTICES LADO (m) ESTE (X) NORTE (Y) · Por el Norte: Punto de interseccion Oeste - Este · Por el Sur: Colinda con propiedad de terceros, con 17.45 m. A A-B 52.09 666787.3229 9178965.8562 · Por el Este: Colinda con propiedad de la Cooperativa Agraria B B-C 22.71 666791.1134 9178913.9083 de Trabajadores San Pedro LTDA N° 019, con 52.09 m y C C-D 17.45 666790.4534 9178891.2083 22.71 m. Jose Custodio MINISTERIO DE · Por el Oeste: Colinda con propiedad de terceros, con 72.59 Abanto D D-A 72.59 666773.3465 9178894.6373 TRANSPORTES Y m. Martos y 1 COMUNICACIONES María Eresvita PARTIDA REGISTRAL: N° 04001666 perteneciente a la - PROVIAS Romero Oficina Registral de San Pedro - Zona Registral N° V, Sede NACIONAL Cabrera Trujillo. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 13.09.2017 (Informe Técnico N° 6680-2017-ZR -V-ST/OC), expedido por la Oficina de Catastro de la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 09.10.2017, expedido por la Oficina Registral de San Pedro, Zona Registral N° V - Sede Trujillo.

2,651,90

1677367-1

Otorgan concesión única a Cable Géminis E.I.R.L. para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 604-2018 MTC/01.03 Lima, 2 de agosto de 2018

VISTA, la solicitud presentada con escrito de registro Nº T-138345-2018, por la empresa CABLE GEMINIS E.I.R.L., sobre otorgamiento de concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones a todo el territorio de la República del Perú; precisando que el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico será el servicio a prestar inicialmente; y,

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