Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2018 (11/08/2018)


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NORMAS LEGALES

Sábado 11 de agosto de 2018 /

El Peruano

proceso inmediato, el 2° Juzgado Penal Unipersonal en adición tramita procesos por delitos medioambientales; y el 4° Juzgado Penal Unipersonal tramita procesos por delitos de corrupción de funcionarios. Cuarto. Que, por lo expuesto en el Informe N° 048-2018-MYE-ST-UETI-CPP/PJ, emitido por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene ennecesario dictar las disposiciones que permita coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Quinto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 564-2018 de la vigésima sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Prado Saldarriaga, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer, a partir del 15 de agosto de 2018, las siguientes medidas administrativas en el Distrito Judicial de Cusco: 1.1. Ampliar la competencia territorial de los Juzgados Penales Unipersonales de Anta y Calca hacia la Provincia de Cusco, en apoyo a la descarga procesal de los Juzgados Penales Unipersonales de dicho Distrito Judicial, solo para procesos comunes. 1.2. Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco a realizar el Cronograma de Itinerancia y Redistribución, por única vez, de los procesos comunes a los Juzgados Penales Unipersonales de Anta y Calca; debiendo conocer estos procesos hasta su culminación, los que tendrán turno cerrado para el ingreso de expedientes nuevos de la Provincia de Cusco; debiendo poner en conocimiento de la Oficina de Control de la Magistratura y/o Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Cusco. 1.3. Ampliar la competencia territorial del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial A y el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente, para todo el Distrito Judicial de Cusco. 1.4. Distribuir la carga procesal del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial A y el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente hasta equilibrarla, permitiendo, a partir de la referida fecha, el ingreso aleatorio de nuevos procesos. La redistribución señalada no incluye aquellos procesos que se encuentren con juicio iniciado; debiendo poner en conocimiento de la Oficina de Control de la Magistratura y/o Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Cusco, de la redistribución establecida. Artículo Segundo.- Desestimar la propuesta de ampliación de competencia territorial del Juzgado de Investigación Preparatoria de Espinar, a la Provincia de Canchis. Artículo Tercero.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco, realice una revisión cuantitativa y/o cualitativa de la carga procesal física del Juzgado de Investigación Preparatoria de Sicuani, Provincia de Canchis, a fin de sincerar la carga procesal del órgano jurisdiccional al haber una diferencia considerable de expedientes en la carga final del año 2017 (294 expedientes en trámite) y la carga inicial del año 2018 (639 expedientes en trámite).

Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial realice las adecuaciones al Sistema Integrado Judicial SIJ, para su operatividad en las competencias territoriales establecidas. Artículo Quinto.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco, así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Oficina de Control de la Magistratura, Ministerio Público, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA Presidente 1680003-1

Aprueban informe preliminar de la Comisión de Trabajo para Evaluar la Gestión Administrativa de la Corte Superior de Justicia del Callao
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 245-2018-CE-PJ Lima, 8 de agosto de 2018 VISTO: El Oficio N° 005-2018-CTEGA-CSJCL-PJ, cursado por el señor doctor Héctor Enrique Lama More, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y Presidente de la Comisión de Trabajo para Evaluar la Gestión Administrativa de la Corte Superior de Justicia del Callao. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 199-2018-CE-PJ, del 10 de julio de 2018, entre otras medidas, se declaró en emergencia al Distrito Judicial del Callao, por el plazo de 60 días calendario; y, se constituyó una Comisión de Trabajo para Evaluar la Gestión Administrativa del mencionado Distrito Judicial, a fin que coordine con la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial las medidas que resulten necesarias para superar la crisis, dentro del marco de sus competencias. Segundo. Que el Presidente de la referida Comisión de Trabajo presenta el informe preliminar resultado de la labor realizada que contiene 22 recomendaciones, con el propósito de contribuir a la superación de las deficiencias identificadas, para su posterior implementación. Asimismo, se advierte que es de público conocimiento, que la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial ha suspendido e iniciado procedimiento disciplinario a jueces y personal jurisdiccional del Distrito Judicial del Callao, vinculado a presuntos actos de corrupción y tráfico de influencias. Tercero. Que, al respecto, resulta necesario precisar que mediante resolución de fecha 6 de agosto de 2018, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta a este Órgano de Gobierno, ha remitido el mencionado informe a la Contraloría General de la República y a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, para su conocimiento y acciones de su competencia. Cuarto. Que, estando al hallazgo de deficiencias y a la actuación de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, que denotan presunta omisión de control en los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas del Distrito Judicial del Callao, este Órgano de Gobierno considera necesario que la

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