Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2018 (11/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Sábado 11 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 7 de junio de 2018 (fojas 7), Indalecio Palomino Huayhua, regidor del Concejo Distrital de Independencia, provincia de Pisco, departamento de Ica, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, siendo esta concedida en Sesión de Concejo Extraordinaria, del 8 de junio de 2018 (fojas 4 a 6), por el periodo de 30 días, comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que el regidor presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como en aplicación supletoria del numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, resulta procedente convocar a Juan Pablo Martínez Napanga, identificado con DNI Nº 22299212, candidato no proclamado de la organización política Partido Regional de Integración, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Chincha, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Indalecio Palomino Huayhua, regidor del Concejo Distrital de Independencia, provincia de Pisco, departamento de Ica, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Juan Pablo Martínez Napanga, identificado con DNI Nº 22299212, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Independencia, provincia de Pisco, departamento de Ica, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1679777-2

JOSÉ LEONARDO ORTIZ - CHICLAYO LAMBAYEQUE JEE CHICLAYO (ERM. 2018017483) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 RECURSO DE APELACIÓN Lima, once de julio de dos mil dieciocho VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Catherine Johana Santa Cruz Pozo, personera legal titular de la organización política Perú Patria Segura, en contra de la Resolución Nº 00130-2018-JEE-CHYO/JNE, del 20 de junio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo, que declaró improcedente su solicitud de inscripción de lista de candidatos para Concejo Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, en el marco de las Elecciones Municipales 2018. ANTECEDENTES Con fecha 19 de junio de 2018, Catherine Johana Santa Cruz Pozo, personera legal titular de la organización política Perú Patria Segura, presentó la lista de candidatos para el Concejo Distrital de José Leonardo Ortíz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque (fojas 3 y 4). Así, el Jurado Electoral Especial de Chiclayo (en adelante, JEE), mediante Resolución N.° 00130-2018-JEECHYO/JNE, de fecha 20 de junio de 2018 (fojas 107 y 108), resolvió en su artículo único, declarar improcedente la citada solicitud de inscripción de lista de candidatos, toda vez que Catherine Johana Santa Cruz Pozo no se encuentra acreditada como personera legal de la referida organización política. Dicha resolución fue notificada el 24 de junio de 2018 (fojas 109). Con fecha 26 de junio de 2018 (fojas 113 a 115), Catherine Johana Santa Cruz Pozo presentó un recurso de apelación contra la Resolución Nº 00130-2018-JEECHYO/JNE, argumentando un error involuntario y sistemático, originado por Pedro Martín Sagástegui Bardales, personero legal titular de Perú Patria Segura, inscrito en el Registro de Organizaciones Políticas (en adelante, ROP), por haber señalado como personero legal titular al candidato a la alcaldía provincial de Lambayeque. Además, el 20 de junio del año en curso, el personero legal nacional presentó una carta, en la que indicaba que no podía ingresar al sistema, y el 23 de junio presentó los originales de la carta de acreditación y solicitud de reconocimiento de personeros. Mediante la Resolución Nº 00469-2018-JEE-CHYO/ JNE, de fecha 26 de junio de 2018, el JEE calificó la apelación y concedió el recurso de apelación presentado y ordenó que se remitan los actuados al Jurado Nacional de Elecciones. CONSIDERANDOS Sobre la normatividad aplicable 1. El Jurado Nacional de Elecciones es un organismo constitucional autónomo; tiene como fin supremo garantizar el respeto de la voluntad popular, manifestada en los procesos electorales; contribuye en la consolidación del sistema democrático y la gobernabilidad del país a través de sus funciones constitucionales y legales, con eficacia, eficiencia y transparencia. 2. El pleno del Jurado Nacional de Elecciones emite resoluciones administrando justicia en materia electoral en instancia final, definitiva, y no son revisables. Contra ellas no procede recurso alguno. Asimismo, aprecia los hechos con criterio de conciencia y resuelve con arreglo a ley y a los principios generales del Derecho, conforme reza en el artículo 178, numeral 4 concordante con el artículo 181 de la Constitución Política del Perú. 3. Conforme al literal c del artículo 8 del Reglamento sobre la Participación de Personeros en Procesos Electorales, aprobado por Resolución Nº 0075-2018-JNE, se tiene que el personero ante el JEE es acreditado por el personero legal inscrito en el ROP. Asimismo, señala que los personeros legales ante el JEE son un personero legal titular y un personero legal alterno. Este último actúa

Revocan resolución que declara improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque
RESOLUCIÓN Nº 0646-2018-JNE Expediente Nº ERM.2018018436

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